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Pronunciamientos

En el Encuentro Nacional e Internacional de Derechos Humanos, Paz y Democracia

By 9 de septiembre de 2003diciembre 14th, 2021No Comments
Intervención del señor Michael Frühling,
Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Es muy grato para mí, en nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, dirigirme a los participantes en este Encuentro Nacional e Internacional de Derechos Humanos, Paz y Democracia, convocado por importantes organizaciones no gubernamentales con el apoyo de Diakonia-Acción Ecuménica Sueca.

Me parece relevante el hecho de que este acto de instalación se cumpla hoy, 9 de septiembre, fecha en la cual ha dispuesto la Ley 95 de 1985 que sea celebrado el Día colombiano de los derechos humanos.

Es también significativo el hecho de que el encuentro resuma el contenido de sus deliberaciones en el lema Colombia insiste en los Derechos Humanos. Esta frase recoge y expresa, con mucho vigor, las ideas y los sentimientos de quienes aquí nos congregamos para reflexionar sobre las realidades de un país que en la actualidad vive, al mismo tiempo, dos problemas: el de una larga crisis en materia de respeto por los derechos y libertades fundamentales, y el de una reiterada transgresión de la normativa internacional de los conflictos armados.

Tanto los colombianos como todos aquellos llegados a su tierra para acompañarlos, apoyarlos o asistirlos debemos seguir persistiendo en creer, con firmeza y entusiasmo, que el reconocimiento y la garantía efectivos de los derechos humanos son, aquí y en cualquier otro lugar del mundo, la condición necesaria e ineludible para la plena realización de la justicia y del Estado de derecho, y para la búsqueda eficaz del desarrollo. Esa insistencia constructiva se la debemos al presente y al futuro de Colombia. Esa insistencia se la debemos a las víctimas de la injusticia, la arbitrariedad, la brutalidad y el terror. Esa insistencia se la debemos a la humanidad toda.

El país padece un conflicto armado interno ya muy degradado. Su sistema político democrático está bajo el ataque de grupos armados ilegales que con múltiples actos de ferocidad – y, muchas veces con actos de terrorismo- no sólo hacen patente su menosprecio por las normas del derecho internacional humanitario, sino su falta de respeto por los derechos básicos de toda persona a la vida, a la integridad, a la libertad y a la seguridad. Ante esta situación es importante que la democracia se defienda con los métodos propios del Estado de Derecho. La normativa de los derechos humanos debe guiar toda acción estatal en defensa del orden democrático y de los principios y valores que aseguran el respeto por la dignidad de toda persona.

En este orden de ideas tiene también la mayor importancia que sigan los esfuerzos por encontrar — a través de diálogos y negociaciones — soluciones políticas para superar el conflicto armado interno. En este trabajo, la misma normativa de los derechos humanos debe guiar la búsqueda y el hallazgo de esas soluciones.

En el día de hoy quiero hacer una breve reflexión sobre el tema de la importancia que tienen las recomendaciones formuladas a Colombia, en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario, por los órganos y mecanismos internacionales competentes. Tales recomendaciones sólo buscan ayudar al país en su esfuerzo por superar las adversas circunstancias que afronta, desde hace varios años, en los dos ámbitos ya mencionados. Fueron precisamente esas graves circunstancias las que en 1996 llevaron a la suscripción del Acuerdo en virtud del cual se estableció en Colombia la Oficina cuya dirección me ha correspondido desde octubre del año pasado.

Las recomendaciones internacionales tienen un peso importante y un valor significativo para los Estados Partes de aquellos tratados que, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, implican para las autoridades nacionales de esos estados —entre los cuales se halla Colombia— la obligación de respetar, proteger y garantizar en todo tiempo los derechos humanos. Frente a ciertas recomendaciones de índole internacional cabe recordar que la propia Corte Constitucional colombiana reconoce una fuerza especial a la interpretación que de esos pactos hacen los órganos e instrumentos a cuyo cargo está, en la esfera supraestatal, la protección y la promoción de los derechos reconocidos en sus estipulaciones . En cuanto reflejos de la doctrina y de la jurisprudencia internacionales sobre la naturaleza, el contenido y el alcance de los derechos convencionalmente enunciados, las recomendaciones han de ser acogidas y aplicadas por las autoridades del Estado, servir de base para la presentación de proyectos legislativos y aun orientar las órdenes judiciales impartidas para la guarda inmediata de derechos fundamentales vulnerados o amenazados.

Las recomendaciones son, pues, algo más que consejos bien intencionados o sugerencias hechas al paso. Las recomendaciones son una manifestación del profundo interés que anima a los órganos competentes de la comunidad internacional cuando observan y analizan lo que en Colombia está ocurriendo. Pero su formulación implica, también, la apertura de posibilidades y oportunidades para que el Estado colombiano emprenda la adopción de medidas cuya aplicación eficaz le permita ir solucionando los problemas, superando los escollos y haciendo menos difícil su coyuntura.

En el Acuerdo celebrado para el establecimiento de la Oficina del Alto Comisionado se estipula que a ella corresponde, entre otras tareas, preparar informes analíticos sobre la situación nacional. En estos informes, que desde 1998 se presentan anualmente ante la Comisión de Derechos Humanos durante su período de sesiones, el Alto Comisionado no sólo da cuenta de los hechos y de las tendencias apreciados por su Oficina en desarrollo de sus funciones de observación. En ellos también se formulan recomendaciones que adicionan, complementan o explicitan las provenientes de otras autoridades internacionales, como la propia Comisión y los diversos relatores y grupos de trabajo de la ONU.

En su último informe sobre Colombia, correspondiente al año 2002 y presentado ante la Comisión de Derechos Humanos en el pasado mes de abril, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos formuló 27 recomendaciones concretas dirigidas al Estado, a la sociedad civil y a los grupos armados ilegales . Esas recomendaciones se agruparon en seis temas: 1º) Prevención y protección; 2º) Conflicto armado interno; 3º) Estado de derecho e impunidad; 4º) Políticas económicas y sociales; 5º) Promoción de una cultura de derechos humanos, y 6º) Asesoramiento y cooperación técnica de la Oficina.

Estas recomendaciones del Alto Comisionado señalan caminos para que el país busque un mejoramiento significativo en la prevención razonable y la investigación seria de las violaciones de los derechos civiles y políticos, en la superación del conflicto armado mediante una solución política del mismo, en la aplicación de los principios y reglas cuya observancia irrestricta puede impedir que la contienda siga degradándose, en el desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales, en el fortalecimiento de las instituciones democráticas, en la lucha contra los aspectos normativos y fácticos de la impunidad, y en el fomento de modos de pensar y de sentir favorables a la tolerancia y opuestos al fanatismo y al prejuicio.

Es bueno tener presente que varias de las recomendaciones del Alto Comisionado se dirigen a los grupos armados ilegales. Estas recomendaciones los instan a respetar el derecho a la vida de todos los civiles, a abstenerse de ataques contra la población civil, ataques indiscriminados, reclutamiento de menores y actos de terrorismo. Ellas los instan, igualmente, a liberar, de inmediato y sin condiciones, a todas las personas tomadas como rehenes, y a abstenerse de la práctica inaceptable del secuestro. También esas recomendaciones los instan, con la misma energía, a no emprender acciones con las cuales se afecte el goce de los derechos humanos de la población civil y se disminuya la capacidad del Estado colombiano para cumplir su obligación de protegerlos y garantizarlos.

Al hacer sus recomendaciones el Alto Comisionado expresó su firme convicción de que la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario podría “experimentar una sensible mejora” si ellas eran tomadas en consideración y aplicadas durante el año 2003 por aquellos a quienes iban dirigidas. Por otra parte, al intervenir ante la Comisión de Derechos Humanos el Alto Comisionado hizo notar que su Oficina en Colombia estaba en la mejor y más amplia disponibilidad para seguir acompañando al Estado colombiano en la aplicación de lo recomendado, e invitó a la comunidad internacional a dar su apoyo concreto a este cometido .

Resulta difícil esperar que sin el cumplimiento de estas recomendaciones pueda Colombia enfrentar las dificultades y los retos hoy planteados a su aparato estatal y a su misma sociedad civil en lo relacionado con el desarrollo del Estado de derecho, el respeto de los derechos humanos y la observancia del derecho humanitario. Así, por ejemplo, para afrontar esas dificultades y esos retos se necesita mejorar y perfeccionar los programas de protección de defensores de derechos humanos, testigos y víctimas, respetar plenamente los principios humanitarios de limitación, distinción y proporcionalidad, lograr que no haya vínculos entre servidores públicos y miembros de los grupos paramilitares, legislar en el campo penal sin abrir la puerta de la impunidad, y asegurar que las normativas constitucionales y legales en materia de seguridad pública y antiterrorismo sean compatibles con las pautas internacionales sobre el tema.

Una de las funciones cumplidas por la Oficina que me honro en dirigir es la de “velar por que las recomendaciones y decisiones formuladas por los órganos de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas sean consideradas por las entidades públicas que tienen atribuciones y responsabilidades al respecto, así como asesorarlas en la adopción de medidas específicas para su aplicación”. En cumplimiento de esa tarea, a lo largo del último medio año la Oficina ha desarrollado un proceso de fluida interlocución con las autoridades colombianas para dar seguimiento a la observancia de las recomendaciones formuladas por el Alto Comisionado.

Dentro de ese proceso de interlocución la Oficina tiene frecuentes contactos con la Vicepresidencia de la República, los ministerios de relaciones exteriores, defensa e interior y justicia, la Fiscalía General, la Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo, con cuyos directivos y colaboradores se ha pasado revista a los factores que posibilitan o dificultan al Estado colombiano poner de manifiesto su compromiso con los derechos humanos a través de la aplicación concreta de las ya aludidas recomendaciones.

Siendo aún temprano para hacer un balance sobre los logros de esa interlocución, pero también recordando que faltan solamente cuatro meses para concluir este año, cabe por ahora decir que en el cumplimiento de las recomendaciones, formuladas —según palabras del propio Alto Comisionado— “como una herramienta principal para poder contribuir a aliviar y mejorar ya durante el año 2003 la situación” , el Estado colombiano no se ha mostrado, hasta el momento, tan rápido y expedito como era de desear y de esperar. Con respecto a la mayor parte de las recomendaciones no se registran todavía hechos concretos y significativos que permitan considerarlas realizadas a satisfacción.

En lo que se refiere a la recomendación relacionada con “no introducir en el ordenamiento jurídico colombiano normas que faculten a los miembros de las fuerzas militares para ejercer funciones de policía judicial” , la Oficina ha constatado que en el proyecto de reforma constitucional sometido a consideración del Congreso hay una propuesta contraria a lo recomendado por el Alto Comisionado. Así ha tenido oportunidad de manifestarlo tanto al Gobierno como a las cámaras legislativas. Sin embargo, para aprobar ese proyecto faltan cuatro debates en el Congreso, lo cual podría ser aprovechado para no incumplir la recomendación sobre la materia.

También es oportuno subrayar que el Estado no siempre, hasta el momento, ha recordado la recomendación atinente a “profundizar la interlocución con la Oficina, beneficiándose plenamente con su mandato de asesoría y cooperación técnica” . Tenemos la esperanza de que tanto el ejecutivo como las otras entidades del Estado aprovechen más los servicios brindados por la Oficina.

En cuanto a las recomendaciones dirigidas a los grupos armados ilegales, es de lamentar que ellas no hayan tenido acogida alguna entre sus destinatarios. El país sigue padeciendo, por parte de esos grupos, graves actos de violencia que causan una victimización intensa de los civiles.

En la Declaración formulada por su Presidenta en el pasado mes de abril, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas instó al Gobierno de Colombia a dar pleno cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el Alto Comisionado y por ella misma en su período número 59 de sesiones. Exhortó, además, a la sociedad civil colombiana a cooperar con la Oficina del Alto Comisionado en el cumplimiento de esas recomendaciones . Este llamamiento sigue en pie, y es de esperar que, en los próximos meses y antes de concluir el año, tengamos noticias alentadoras sobre lo que para atenderlo hayan hecho tanto las autoridades nacionales como las organizaciones no gubernamentales pro derechos humanos. En particular, es de mucha importancia que el Gobierno y el Estado colombianos logren avanzar decididamente en la ejecución de las recomendaciones que les competen.

La cooperación de los defensores de los derechos humanos tiene la mayor importancia para la Oficina del Alto Comisionado. Conocemos muy bien las difíciles condiciones en que cumplen sus tareas muchos de estos defensores. Por ello la Oficina ha saludado la expedición de la Directiva 09 del Ministerio de Defensa, del 8 de julio del año en curso. En ese documento se dan pautas a todos los miembros de la fuerza pública para cumplir con efectividad los deberes de proteger y garantizar los derechos y libertades fundamentales de los sindicalistas y de los defensores de los derechos humanos.

La Oficina ha subrayado la importancia de esa iniciativa de la señora Ministra de Defensa, y espera que el cumplimiento estricto de esas pautas ministeriales contribuya a un mejor cumplimiento del deber estatal de asegurar la realización efectiva del derecho de todos los colombianos a promover y proteger los derechos humanos.

Esa instrucción ministerial, por lo demás, reafirma la sostenida vigencia de la Directiva Presidencial 007 de 1999, en la que se resalta “la importancia de las organizaciones nacionales o internacionales que tienen por objetivo velar por la realización de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, y se recuerda que ellas “contribuyen a consolidar la democracia, y se constituyen en elementos de control de las actuaciones del Estado y de los particulares, y en fuente de iniciativa en la búsqueda de la paz y del reconocimiento de la Dignidad del Hombre.”

Precisamente en estos días nos parece de la mayor importancia que el Gobierno se asegure de que todos los servidores públicos respeten la mencionada directiva presidencial.

Debo recordar también que en la Declaración de Londres, hecha pública el 10 de julio del presente año, los altos representantes de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, los Estados Unidos de América, Japón, México, Noruega, Suiza, los 15 países de la Unión Europea y la Comisión Europea, se ha tomado nota, con satisfacción, de la promesa del Gobierno colombiano de llevar a la práctica las recomendaciones del Alto Comisionado, y se le ha apremiado a aplicarlas pronta y diligentemente.

Colombia insiste en los derechos humanos. De esta insistencia constructiva debe hacer parte principal una voluntad firme y constante de lograr que las recomendaciones internacionales en el campo de los derechos humanos sean puestas en práctica, con la asesoría de la Oficina, con la participación invaluable de las organizaciones de la sociedad civil y con el firme respaldo de la comunidad internacional.

Muchas gracias.

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2003/09/po0327.pdf


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