director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos desarrolla sus funciones en el marco del Acuerdo suscrito entre el Gobierno colombiano y las Naciones Unidas. Este acuerdo consagra el mandato de observar la situación de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como asesorar y brindar cooperación a las autoridades colombianas y a la sociedad civil para la promoción y la protección de estos derechos
Para la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es muy satisfactorio poder presentar hoy, junto con el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo, cuatro nuevas publicaciones útiles para la labor en pro de los derechos humanos. Son ellas:
1. “Manual de calificación de conductas violatorias. Derechos humanos y derecho internacional humanitario”
2. “Guía de derechos humanos y procedimiento disciplinario para personeros municipales”
3. “Guía de mecanismos constitucionales de protección de derechos humanos”
4. “Guía práctica de pruebas para las investigaciones disciplinarias por violaciones de los derechos humanos e infracciones del derecho internacional humanitario”.
Antes de brevemente comentar el contenido de estas publicaciones, quisiera compartir con Ustedes unas pocas reflexiones sobre la función vital que tiene el Ministerio Público.
Cumple el Ministerio Público en Colombia, por mandato constitucional, una misión importantísima para la plena observancia de las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado colombiano al hacerse parte de los instrumentos de derechos humanos y derecho internacional humanitario. En efecto, según lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución le corresponde “la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas”.
La Ley Fundamental ha asignado al Ministerio Público la llamada por los constitucionalistas occidentales función fiscalizadora. Hace 44 años, en sus famosas Lecciones de derecho constitucional colombiano, apuntó el profesor Álvaro Copete Lizarralde: “…Las personas a quienes está encomendado el cumplimiento de las diversas funciones del Estado tienen la obligación de poner toda su actividad al servicio de la comunidad. Por encarnar al Estado, estas personas asumen responsabilidades (…). No pueden obrar sino dentro de la órbita que les señala la ley, esto es, no pueden extralimitarse en sus funciones; no pueden omitir el cumplimiento de las que se les asignan; no les es lícito en manera alguna derivar provecho personal de su gestión de los negocios públicos. Todas estas reglas pueden, en un momento dado, ser violadas, produciendo un quebrantamiento para el orden social. Por ello dentro del Estado moderno se ha ido caracterizando con lineamientos precisos una cuarta función, la fiscalizadora, que tiene por objeto la vigilancia de los funcionarios con miras a la defensa de la comunidad”.
La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y los personeros distritales y municipales tienen a su cargo un control de múltiples perfiles sobre las autoridades de los diversos órganos y ramas del poder público: un conjunto de actividades de comprobación, verificación, examen y cotejo cuya efectiva puesta en práctica es, sin duda alguna, necesaria para que la República de Colombia haga efectivos de forma integral sus deberes de respeto, protección y garantía de los derechos de la persona en todo tiempo y lugar, aun en aquellas situaciones excepcionales a que se refieren el artículo 4º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En otras palabras, los diversos controles del Ministerio Público sobre las actuaciones de las autoridades —control que asume, según el caso, naturaleza disciplinaria o defensorial— son contribuciones positivas y necesarias para que el Estado colombiano haga realidad las obligaciones en materia de derechos humanos.
Vale la pena recordar que las obligaciones de garantía exigen a los poderes públicos prevenir y penalizar toda conducta delictiva, independientemente de que ella provenga de servidores públicos o de personas de condición particular. Las obligaciones garantistas del Estado con respecto a los derechos humanos no sólo implican para sus agentes el deber de guardarlos y protegerlos frente a las manifestaciones de abuso criminal del poder, sino también frente a las agresiones de individuos que proceden sin tener nexos funcionales o criminosos con el aparato estatal.
Por lo demás, la obligación de garantizar los derechos humanos exige a los servidores del Ejecutivo, a los legisladores y a los jueces adoptar todas las medidas necesarias para dejar atrás, y superar, aquellas maneras de pensar, de sentir o de proceder que afectan negativamente el respeto por los derechos humanos. Es deber del Estado tomar medidas para cambiar patrones socioculturales de conducta que provocan la discriminación, la marginación, la intolerancia o el prejuicio.
La cabal vigilancia del cumplimiento estricto de esas obligaciones del Estado exige del Ministerio Público altos niveles de independencia y de imparcialidad. Es de celebrar que el Ministerio Público siga desarrollando meritorios esfuerzos para la prevención y protección de los derechos de las personas. Mantener y seguir desarrollando la independencia y la imparcialidad aseguran que este órgano de control pueda continuar gozando de la confianza pública en el ejercicio de sus competencias. Estas se desarrollan hoy en medio de las dificultades propias de un país cuya vida afectan la violencia generalizada y la degradación del conflicto armado interno.
La Oficina valora que el Ministerio Público haya asumido una valiosa tarea garantista en el ámbito específico del control de constitucionalidad de las normas relacionadas con la limitación o la restricción excepcional del ejercicio de los derechos humanos. Para la sociedad colombiana es muy importante el hecho de que la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo vengan actuando en este campo bajo la firme convicción de regirse por los principios del Estado de Derecho y la democracia. Esto en cuanto a todas las tareas orientadas a mantener el orden público, a restablecerlo donde llegue a ser turbado, a prevenir y conjurar la criminalidad violenta, sea ella o no terrorista, a fortalecer la seguridad pública y a garantizar a los ciudadanos la pacífica convivencia.
La Oficina que dirijo ha ofrecido permanente apoyo a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y a los personeros distritales y municipales para que sus funciones de vigilancia se enriquezcan con un conjunto de pautas normativas y procedimientos de derechos humanos y derecho internacional humanitario.
Por ello me es grato resumir ante ustedes el contenido de los libros que hoy presentamos, producidos y publicados en asocio con la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
“El Manual de calificación de conductas violatorias. Derechos humanos y derecho internacional humanitario” es fruto de un proyecto de la Oficina con la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas de la Defensoría del Pueblo. Este manual pretende ser una herramienta de fácil consulta sobre los estándares nacionales e internacionales cuya transgresión da lugar a las principales violaciones de los derechos humanos e infracciones del derecho internacional humanitario.
La obra, compuesta de veinticinco capítulos, ofrece un examen básico de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de mayor importancia. A partir del reconocimiento internacional y de la consagración constitucional de cada derecho, se presenta un análisis del mismo, teniendo en cuenta los desarrollos jurisprudenciales y doctrinales que en torno de su contenido han realizado los organismos intergubernamentales de derechos humanos y la Corte Constitucional de Colombia. Cada capítulo finaliza con una tipología de las violaciones que pueden afectar el derecho allí tratado. Al final de esta publicación se incluyen, como anexos, un listado de los principales instrumentos de derechos humanos y de derecho humanitario que actualmente se encuentran en vigor en Colombia, y una bibliografía básica.
El Manual nace para responder a una necesidad de los funcionarios encargados de atender y tramitar quejas en la Defensoría del Pueblo: la de tener a su disposición un instrumento que permita calificar las quejas conforme a los parámetros nacionales e internacionales de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. La adecuada calificación de los casos y su inclusión en una base de datos le permitirá a la Defensoría del Pueblo contar con estadísticas confiables y precisas de las violaciones de derechos humanos y de las infracciones al derecho internacional humanitario. Una edición adicional de esta Manual ha sido financiada por la Comisión Europea para ser entregada a los personeros municipales.
Dos de las otras publicaciones son productos del Programa Nacional de Capacitación en Derechos Humanos a personeros municipales, proyecto cofinanciado generosamente por la Comisión Europea y adelantado por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Una de ellas es la “Guía de derechos humanos y procedimiento disciplinario para personeros municipales”, que fue elaborada junto con la Procuraduría General de la Nación. La otra es la “Guía de mecanismos constitucionales de protección de derechos humanos”, elaborada junto con la Defensoría del Pueblo.
La “Guía de derechos humanos y procedimiento disciplinario” busca enmarcar la función disciplinaria de los personeros municipales en el ámbito de la tarea que desarrollan estos funcionarios en el ejercicio, la defensa y la promoción de los derechos humanos. Su primera parte consta de una descripción sencilla y pedagógica de las principales conductas constitutivas de violaciones de los derechos humanos e infracciones del derecho internacional humanitario que deben ser conocidas por las personerías y que están señaladas como faltas gravísimas en el nuevo Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002). Su segunda parte, describe el procedimiento ordinario y el verbal, el inicio de la acción disciplinaria, su desarrollo y su culminación, la práctica probatoria, la formulación de cargos y los correspondientes recursos. Es importante destacar que en el análisis de estos temas se recogen la experiencia y la interpretación que de las normas pertinentes hace la Procuraduría General de la Nación.
La “Guía de mecanismos constitucionales de protección de derechos humanos” es una cartilla que presenta las acciones judiciales consagradas por la Constitución Política de 1991 para la guarda de los derechos en ella enunciados: la acción de hábeas data, la acción de hábeas corpus, la acción de tutela, la acción de cumplimiento, las acciones populares y las acciones de grupo. También se ocupa esta cartilla del ejercicio del derecho fundamental de petición. Cada una de las acciones judiciales tiene un aparte con cuatro secciones. La primera sección trata de los aspectos generales de la acción respectiva, analizando los conceptos básicos sobre su noción, sus características, sus requisitos de procedibilidad y la oportunidad para interponerla. La segunda sección, dedicada a la jurisprudencia, ofrece recientes decisiones de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado sobre los derechos más reclamados por estos medios. La tercera sección, que se ocupa de la normatividad, contiene las disposiciones legales y constitucionales más relevantes para el ejercicio de cada una de las acciones. La cuarta y última sección incluye algunos modelos de formatos para la implementación de estos mecanismos judiciales, a manera de guía práctica y de apoyo a las acciones de los personeros o de orientación básica para la comunidad.
La cuarta publicación, lleva por título el de “Guía práctica de pruebas para las investigaciones disciplinarias por violaciones de los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario”. Publicada en asocio de la Procuraduría General de la Nación, es un instrumento práctico dirigido a los funcionarios encargados de investigar esas violaciones e infracciones. En ella se establecen directrices y parámetros de actuación que aseguren el adelantamiento exitoso de las investigaciones disciplinarias en forma pronta, exhaustiva e imparcial. En su concepción y desarrollo se ha pretendido potenciar aquellos conocimientos teóricos y prácticos útiles para los investigadores, en particular los referidos al derecho probatorio, con el fin de reforzar la rigurosidad en la conducción de las investigaciones. Para lograr este objetivo, se han seleccionado las faltas de mayor ocurrencia en las investigaciones disciplinarias de derechos humanos, analizando cada una de ellas en detalle, señalando la normativa internacional y nacional aplicable, indicando los objetivos de la investigación, y precisando las pruebas que, en la medida de lo posible, deben ser practicadas para conducir a la demostración de la falta.
La Oficina confía en que estas cuatro publicaciones serán de utilidad no sólo para los servidores del Ministerio Público, sino también para los operadores de justicia y otros funcionarios del Estado, tanto en lo civil como en lo militar, para trabajadores de organizaciones no gubernamentales, y para abogados, periodistas, estudiantes y miembros de la comunidad en general.
En el valiosísimo trabajo realizado para preparar estas publicaciones intervinieron varios funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo que en todo momento dieron su concurso solícito y eficaz a los consultores de la Oficina. A todos ellos quiero expresar el más cordial reconocimiento. De manera particular la Oficina agradece al editor de estos cuatro libros, Alejandro Valencia Villa, quien no sólo supervisó el trabajo editorial, sino que participó de manera decisiva en su elaboración.
Es de esperar que estos trabajos contribuyan a una mejor defensa de los derechos de los colombianos. La Oficina continúa de esta forma fortaleciendo la promoción y protección de los derechos humanos mediante sus tareas de cooperación y de asistencia técnica en el ámbito competencial del Ministerio Público. Así confía, dentro de los términos de su mandato, en ofrecer al Estado y a la sociedad civil significativas posibilidades para seguir adelante en la construcción y la consolidación del orden justo y de la pacífica convivencia.
Muchas gracias.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/08/po0446.pdf