Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Deseo agradecer a la Iniciativa de Mujeres por la Paz, a la Red Nacional de Mujeres y a UNIFEM por este espacio concedido a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en el marco de la II Agora: Voces y Pensamientos de las Mujeres en: «La Verdad, la Justicia y la Reparación».
La Oficina desea felicitar a todas las mujeres y a sus organizaciones por esta importante iniciativa que permite reflexionar, desde su mirada, sobre un tema trascendental como es el esclarecimiento de las violaciones de los derechos humanos, en particular los de las mujeres, y la búsqueda de mecanismos destinados a hacer efectivos los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación.
Antes de abordar el tema que nos convoca quisiera referirme brevemente al mandato de la Oficina y al trabajo que ésta está realizando en pro de los derechos de la mujer como parte integral de todas sus actividades.
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos fue establecida en virtud del acuerdo suscrito entre el Gobierno de Colombia y las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1996 y sus actividades se iniciaron con la apertura de su sede en Bogotá en abril de 1997. En la actualidad la Oficina cuenta con tres Suboficinas Regionales en Bucaramanga, Cali y Medellín.
La presencia de la Oficina en Colombia es el resultado del interés y de la preocupación de la comunidad internacional por la crítica situación en el país. Es igualmente producto de la búsqueda de un mecanismo efectivo de cooperación internacional con las autoridades y la sociedad colombiana para enfrentar dicha situación. El mandato de la Oficina se traduce entonces en un recurso valioso para el Estado con el fin de brindar una contribución, apoyando e impulsando los esfuerzos por mejorar el respeto y goce de los derechos y libertades fundamentales de las colombianas y los colombianos, para avanzar en el camino hacia la paz.
La Oficina tiene como mandato la observación, sistemática y analítica, de la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario (DIH) en todo el país. Asesora en estos temas tanto al Gobierno como a las autoridades del Estado y a la sociedad civil y les ofrece cooperación técnica. Asimismo, informa, difunde, y promueve los derechos humanos y el derecho internacional humanitario entre las colombianas y los colombianos. Realiza igualmente el seguimiento de las recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos y presenta informes analíticos a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
En desarrollo de su mandato, la Oficina ha dado especial interés a la problemática de la mujer y a la situación de sus derechos. Dentro de sus actividades realiza un análisis y una evaluación, desde la perspectiva de género, de los casos de violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Asimismo, la Oficina hace un seguimiento de las políticas públicas, programas y proyectos del Estado sobre los derechos de la mujer y presta asesoría en este campo a las instituciones del Estado y a la sociedad civil.
Dentro de este trabajo, la Oficina ha dado prioridad a la observación y al análisis del impacto del conflicto armado sobre la vigencia de los derechos de la mujer y, en diferentes oportunidades, ha manifestado su preocupación por las diversas formas de violencia ejercidas en contra de la mujer por parte de los distintos grupos armados, especialmente la violencia sexual, así como las amenazas contra sus organizaciones que debilitan no sólo los procesos organizativos, sino también su participación en los espacios públicos.
Estas preocupaciones además han sido recogidas por el Alto Comisionado en sus distintos informes sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, en particular, en su último informe anual que será presentado en las próximas semanas ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.
Al respecto, quiero llamar la atención sobre las recomendaciones para el año 2004 incluidas en este último informe del Alto Comisionado y que están dirigidas al Estado colombiano, a las partes en el conflicto armado interno, a la sociedad civil y a la comunidad internacional. Estas recomendaciones están agrupadas en seis temas: 1) la prevención y protección; 2) el conflicto armado interno; 3) el Estado de derecho y la impunidad; 4) las políticas económicas y sociales; 5) la promoción de una cultura de derechos humanos y 6) el asesoramiento y la cooperación técnica de su Oficina en Colombia.
El Alto Comisionado tiene la firme convicción que la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario podría experimentar una sensible mejora si las recomendaciones se aplicaran durante este año por aquellos a quienes van dirigidas.
Veamos algunas recomendaciones que nos atañen especialmente en el día de hoy. Por ejemplo, este año, al igual que el año anterior, el Alto Comisionado ha reiterado la recomendación al Gobierno colombiano de incorporar en la elaboración del Plan de Acción en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario un enfoque integral de género que deberá ser concertado con amplios sectores de la sociedad, incluyendo a las mujeres. La aplicación de una perspectiva de género es fundamental en la promoción de una verdadera cultura de derechos humanos en Colombia.
Con relación a las recomendaciones destinadas a fortalecer el Estado de derecho y combatir la impunidad se destaca la importancia de impulsar la ratificación de los tratados internacionales en esas materias, y proceder al depósito de los instrumentos de ratificación de aquellos que han sido aprobados internamente. Sobre este particular, se hace necesaria la ratificación, por parte del Estado colombiano, del Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
El Alto Comisionado recomienda también al Ministro de Defensa velar por la eficacia de las investigaciones disciplinarias sobre graves violaciones de los derechos humanos o crímenes de guerra atribuidos a miembros de la Fuerza Pública, y a emplear la suspensión en el servicio como medida preventiva. Exhorta, además, a que se limite la actuación de la jurisdicción penal militar a los delitos relacionados con el servicio. En este sentido, la Oficina, de conformidad con las normas y jurisprudencia nacionales e internacionales, entiende excluidos de la jurisdicción penal militar los casos de violencia sexual.
En materia de prevención y protección, el Alto Comisionado alienta al Gobierno a fortalecer los programas de protección de defensores de derechos humanos del Ministerio del Interior y a buscar, conjuntamente con otras instituciones del Estado, nuevos mecanismos para disminuir los factores de riesgo y actuar preventivamente sobre ellos.
En este marco es fundamental que estos programas y mecanismos den respuestas adecuadas a las necesidades de las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres y de sus integrantes para que puedan continuar trabajando en la promoción y defensa de sus derechos.
El Alto Comisionado alienta también a la Red de Solidaridad Social, conjuntamente con otras instancias del Gobierno y del Estado, a poner en práctica, cuanto antes, acciones y programas de prevención y protección concertados con las comunidades en riesgo. Cabe recordar la importancia de la búsqueda de respuestas adecuadas para atender de manera integral a las mujeres pertenecientes a las comunidades en riesgo, en especial a las mujeres desplazadas.
El Alto Comisionado recomienda al Estado colombiano implementar, de manera coherente y eficaz, sus recomendaciones y las de otros órganos internacionales. Entre éstas últimas se encuentran las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y las de la Relatora Especial sobre violencia contra la mujer, en particular, aquellas contenidas en su informe de misión a Colombia realizado en el año 2001.
Por último, quiero hacer referencia a una de las recomendaciones destinadas a superar el conflicto armado en Colombia. El Alto Comisionado recomienda al Gobierno, a los grupos armados ilegales y a la sociedad civil no escatimar esfuerzos para establecer acercamientos dirigidos al diálogo y a la negociación que permitan la superación del conflicto armado interno y el logro de una paz duradera. Los diálogos y la negociación deberán tomar en cuenta, desde un principio, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. La Oficina entiende que para dar pleno cumplimiento a esta recomendación se debe incorporar la participación de las mujeres en estos procesos de paz, tal y como lo dispone la Resolución 1325/2000 del Consejo de Seguridad. El Alto Comisionado recomienda también al Gobierno y al Congreso que, en los procesos de diálogo y negociación con grupos armados al margen de la ley, honren plenamente los principios fundamentales de verdad, justicia y reparación a las víctimas.
Estos tres principios no pueden ser ignorados o soslayados en el desarrollo de procesos de paz (o de transición a la democracia). Ni el logro de la paz ni la construcción de la democracia deben fundarse en la mentira o en el olvido, tampoco en la injusticia. Las víctimas de las violaciones de los derechos humanos no deben ver sacrificado, en el supuesto nombre de la paz o de la democracia, el derecho a que cada una de ellas reciba lo que les pertenece y corresponde.
En este punto es donde debemos preguntarnos qué les pertenece a las mujeres y/o qué les corresponde. Es decir, reflexionar sobre la condición particular de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos, en este caso el hecho de ser mujeres, para identificar sus necesidades específicas de verdad, justicia y reparación. Para poder dar una completa dimensión de género a este tema debemos partir de la siguiente premisa: el conflicto armado tiene efectos diferenciados sobre hombres y mujeres, por lo tanto, las respuestas que se construyan por parte del Estado deben considerar las formas específicas de violencia en contra de las mujeres y deben incluir en este proceso la plena participación de éstas.
Sin embargo, no siempre se reconoce el impacto del conflicto armado sobre los derechos de las mujeres. Esto se debe a diversas causas, entre ellas, se considera que los actos de violencia, como la sexual, son en algunos casos costos de guerra o daños colaterales. Hoy en día el Estatuto de la Corte Penal Internacional ha incluido como crímenes de lesa humanidad y de guerra, los actos de violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado y cualquier otra forma de violencia sexual que constituya una infracción grave a los Convenios de Ginebra.
Otra razón para no considerar el impacto diferenciado de género en el conflicto armado es la falta de información sobre las diversas formas de violencia contra la mujer. Esto se debe, en gran parte, a la ausencia de denuncia y, por ende, de judicialización, particularmente de los casos referentes a delitos sexuales. Generalmente, las víctimas se abstienen de comunicar lo que les pasó por el miedo, el pudor o a la desconfianza hacia el sistema judicial. Es así como la mayoría de estas violaciones quedan en la impunidad.
La Conferencia de Derechos Humanos de Viena, realizada en 1993, sostuvo que “(…) las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado constituyen violaciones de los principios fundamentales de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Todos los delitos de ese tipo, en particular los asesinatos, las violaciones sistemáticas, la esclavitud sexual y los embarazos forzados requieren respuesta especialmente eficaz” .
La Oficina considera esencial que el Estado enfrente adecuadamente esta problemática y adopte las medidas necesarias y específicas que contrarresten los graves efectos del conflicto armado sobre las mujeres. También se requiere por parte del Estado un mayor compromiso en la prevención, en la protección de los derechos de las mujeres, en la investigación de estos hechos, en la sanción a los responsables y en la reparación a las víctimas.
El reconocimiento de la situación particular de las mujeres en el marco del conflicto armado, debido a la violencia, la marginalización y la discriminación, permite la búsqueda de respuestas eficaces para atender sus necesidades específicas. Es en este marco que se hace necesaria la plena inclusión de las mujeres en los procesos de participación destinados a identificar y construir las respuestas integrales del Estado que garanticen plenamente la aplicación de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación de las mujeres.
Mi Oficina otorga un gran valor a las iniciativas y a los aportes de las mujeres, que como los de hoy, están orientados a construir conjuntamente con el Estado, los mecanismos específicos destinados a hacer efectivos los derechos humanos de las mujeres víctimas, a prevenir nuevas violaciones y a luchar contra la invisibilización y la impunidad. Por eso les deseo muchos éxitos en sus trabajos.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/03/po0439.pdf