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RCN Radio conoció que en el texto completo del fallo que le da vía libre al plebiscito por la paz, la Corte Constitucional establece que el Gobierno y en particular el Presidente de la República no pierde sus facultades para seguir negociando acuerdos de paz con los grupos armados ilegales, tras el resultado que arroje el plebiscito por la paz por el SÍ o por el NO.

Como está establecido, si gana el SÍ el resultado es vinculante y el Acuerdo Final podrá ser ejecutado e incorporado a las políticas públicas, de acuerdo a lo negociado en La Habana. Pero si gana el NO, el Gobierno y el Presidente podrá seguir adelantando negociaciones con los grupos armados ilegales para lograr “otros acuerdos de paz”.

Según la sentencia, el presidente de la República podrá mantener las facultades para suscribir “otros acuerdos” e incluso someterlos a refrendación popular, si se da la imposibilidad jurídica de aplicar el Acuerdo Final, dependiendo del resultado del plebiscito.

“Si el plebiscito no es aprobado, bien porque no se cumple con el umbral aprobatorio o cumpliéndose los ciudadanos votan mayoritariamente por el ‘no’, el efecto es la imposibilidad jurídica de implementar el acuerdo final. Comprendido como una decisión de política pública específica y a cargo del gobernante”, precisa el texto de la sentencia.

Y añade: “Por ende, si se parte de considerar que el plebiscito no reforma la Constitución, entonces una potencial desaprobación del Acuerdo Final tiene incidencia únicamente respecto de la implementación de esa política pública, manteniéndose incólumes las competencias de los diferentes órganos del Estado, entre ellas, la facultad del presidente para mantener el orden público, incluso a través de la negociación con grupos armado ilegales, tendiente a lograr otros acuerdos de paz”.

Sin embargo, hay que recordar que el Gobierno Nacional ha reiterado en varias oportunidades que si gana el ‘NO’, el país volverá a la guerra con las Farc.

De igual forma, la sentencia de la Corte Constitucional añade que en caso dado que el Gobierno busque nuevos acuerdos de paz, “podrán ser sometidos a refrendación popular si así lo decide el Ejecutivo y el Congreso, siempre con base en las normas constitucionales que regulan los mecanismos de participación“.

Fallo completo

Tras la reiterada petición que hicieron los partidos y sectores políticos, se conoció en la tarde de este viernes el fallo completo de la Corte Constitucional en el que se le da vía libre al plebiscito por la paz.

RCN Radio conoció que el documento, que le da vía libre a la refrendación de los acuerdos de La Habana a través de este mecanismo de participación ciudadana, tiene 337 páginas.

Contiene las firmas de todos los magistrados de la corporación, incluyendo la de Jorge Pretelt, quien firmó con salvamento parcial de voto y aclaración.

La Corte afirma en uno de los puntos del fallo que “la campaña del plebiscito no podrá incorporar contenidos que promuevan un partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, o que se relacionen con la promoción de candidaturas a cargos de elección popular”.

También se deja claro que el resultado del plebiscito será de obligatorio cumplimiento para el presidente de la República.

Sin embargo, declaró inexequible la expresión de uno de los artículos de la ley en el que se estipulaba que la publicación del acuerdo final “se realizará de manera permanente con mínimo 30 días de anticipación a la fecha de votación del plebiscito”.

La sentencia del alto tribunal llegará formalmente al Senado y a la Cámara de Representantes la próxima semana. 

http://www.rcnradio.com/nacional/presidente-no-pierde-facultades-para-seguir-negociando-con-grupos-armados-tras-votacion-del-plebiscito-corte-constitucional/