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Comunicados

Sobre grupos alzados en armas que actuan en contra del proceso electoral

By 9 de septiembre de 1997diciembre 13th, 2021No Comments

Ante declaraciones difundidas a través de los medios de comunicación, por parte de la Dirección Liberal Nacional y del Directorio Conservador, en las que se exige a los organismos internacionales de derechos humanos un pronunciamiento en relación a los ataques de los grupos alzados en armas en contra del proceso electoral, así como que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia investigue estos delitos, esta Oficina tiene el gusto de hacer las siguientes puntualizaciones:

Con fecha del 28 de agosto de 1997, la Oficina difundió una Declaración del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, señor Ralph Zacklin, en relación a Colombia, con el siguiente contenido (ver Anexo).

La Directora de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia ha condenado en repetidas ocasiones a través de diversos medios de comunicación estos ataques, crímenes y amenazas, al tiempo que ha exhortado a los alzados en armas al cese de la violencia.

En relación a las posibles investigaciones sobre estos hechos, la Oficina recuerda que, de conformidad con el Acuerdo suscrito entre el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Gobierno de Colombia, la Oficina está solamente capacitada para «recibir quejas sobre violaciones a los derechos humanos y otros abusos, incluidas las infracciones a las normas humanitarias aplicadas en los conflictos armados. La Oficina transmitirá dichas quejas a la mayor brevedad posible a las autoridades nacionales competentes, con el objeto de impulsar la actuación de estas de acuerdo con los procedimientos legales internos.

Al ocuparse de las quejas que reciba, la Oficina no suplantará las competencias de los órganos nacionales e intergubernamentales a los que la Ley colombiana o los Tratados Internacionales de los cuales sea parte Colombia y les haya conferido facultades de control, investigación o juzgamiento.

En particular, la Oficina se abstendrá de hacer declaraciones concluyentes en las que se identifique a determinada persona u organización como legalmente responsables de haber cometido los hechos que se les impute».

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