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Pronunciamientos

Intervención del señor Christian Salazar Volkmann, Representante de la ONU para los Derechos Humanos en la Audiencia Pública sobre la Ley de Víctimas en la Comisión Primera Constitucional de la H Cámara de Representantes

By 21 de octubre de 2010diciembre 15th, 2021No Comments
Excelentísima Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes,
Doctores BERNER ZAMBRANO ERAZO, Presidente, y OSCAR FERNANDO BRAVO REALPE, Vicepresidente.
Honorables Representantes ponentes y miembros de la Comisión Primera.Señoras y Señores:

Agradezco profundamente a la Cámara de Representantes haberme invitado a esta audiencia pública tan importante para el país y para los millones de hombres, mujeres, niños y niñas víctimas del conflicto armado interno.

Nuestra oficina ha acompañado los procesos de justicia transicional en el país. Una de nuestras recomendaciones más importantes al Estado Colombiano en este contexto es la necesidad de complementar la ley 975 con otros instrumentos, judiciales y no judiciales, que permitan una satisfacción integral, oportuna y plena de los derechos de las víctimas a la justicia, la verdad y la reparación.

Consideramos que los Proyectos de Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, ahora consolidados en uno solo, representan un giro esperanzador en esa dirección. Desde nuestra perspectiva, es fundamental que esta iniciativa esté en consonancia con las normas internacionales de los derechos humanos.

Quisiera enfocarme brevemente en cuatro principios internacionales, que desde nuestro punto de vista deberían formar parte del marco conceptual en el cual se busquen consensos políticos alrededor de esta iniciativa:

1. el principio de no discriminación;
2. el enfoque diferencial;
3. la participación de las víctimas; y
4. el deber de protección del Estado.

1. No discriminación

La resolución de la Asamblea General 60/147 de diciembre de 2005, adoptada por todos los Estados de las Naciones Unidas, incluida Colombia, reiteró que la calidad de víctima de violaciones manifiestas y graves de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario se adquiere por haber sufrido un menoscabo de sus derechos fundamentales, independientemente de que se identifique, aprehenda, procese o condene al victimario.

Quiero resaltar que el foco reside en el menoscabo de derechos de forma ilícita, con independencia de cualquier otro elemento.

En otras palabras: desde la perspectiva del derecho internacional, cualquier persona que haya sufrido una grave violación de sus derechos debe ser tratada como una víctima, no importa si se trata de una persona civil, de un miembro de la fuerza pública o de un miembro de un grupo armado ilegal.

2. Enfoque diferencial 1

La no discriminación no quiere decir igual tratamiento. Las víctimas tienen que ser tratadas de forma diferencial. Hay que atenderlas según las circunstancias en las que se encuentran.

Aquellas víctimas que se hallan en situaciones de especial vulnerabilidad deben recibir una atención especial que les ayude a superar su victimización y recuperar su dignidad.

3. Participación 2

Un punto de partida básico del enfoque de derechos es considerar a las víctimas como sujetos de derechos, y no como meros objetos de asistencia.

Por lo tanto, es importante que las víctimas y sus representantes tengan espacios para levantar su voz y compartir sus puntos de vista en las discusiones sobre las leyes que los afectan.

4. Prevención y protección

Quisiera subrayar la importancia del deber de prevención y protección que el Estado tiene durante los procesos de verdad, reparación y justicia.

Tal responsabilidad se contempla especialmente cuando concurren tres circunstancias: (i) conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato; (ii) afectación de un individuo o grupo de individuos determinados; y (iii) posibilidades razonables de prevenir o evitar ese riesgo.3

Considero que estas circunstancias están dadas en los procesos de restitución de tierras.

El tema de la tierra ha sido motivo de enfrentamientos sangrientos en la historia de Colombia.

En la actualidad nuestra oficina observa un grado serio de amenazas y asesinatos de víctimas y sus representantes involucrados en procesos de reclamación de tierras.

Este año ya registramos asesinatos de líderes sociales en procesos de restitución de tierras en Sucre, Cauca y Urabá, para mencionar solamente algunos ejemplos.

Nos preocupa mucho que si los procesos de restitución de tierras se amplían a todo el territorio nacional, las reacciones violentas podrían continuar e incluso aumentar.

En este sentido, quisiera llamar la atención de los Honorables Representantes sobre la necesidad de que la restitución de tierras sea acompañada por sólidas previsiones legales y reales de protección para todas las personas que hacen parte de este proceso: las víctimas y sus representantes, así como los funcionarios estatales, tanto del gobierno como del organismo judicial.

Cierro mi aporte a esta audiencia pública resaltando lo siguiente:

La Ley de Víctimas, incluido su capítulo de Restitución de Tierras, ofrece una oportunidad histórica para resolver la pesada deuda moral, social y económica que el país tiene con las víctimas del conflicto armado interno.

Momentos históricos como éste solo se abren pocas veces en la historia de los pueblos.

Resolver esta deuda histórica, con un enfoque de derechos, es clave en la búsqueda de una paz, reconciliación y justicia social sostenibles en Colombia.

En sus manos está, pues, Honorables Representantes una inmensa responsabilidad.

Por nuestra parte quisiera ofrecerles todo el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en esta delicada tarea, seguir ahondando en la búsqueda de consensos y adoptar una legislación basada en los principios legales de la Constitución de la República y en concordancia con la normativa internacional.

Muchas gracias por su atención.

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