En la revisión constitucional de la Ley de Victimas la Corte Constitucional declaró inexequible dos temas que consideró desproporcionados frente a los derechos de los reclamantes
El proyecto bandera del actual Gobierno, la Ley de Víctimas, tuvo un importante cambio en la revisión que hizo la Corte Constitucional. La Sala Plena del alto tribunal declaró inexequible el artículo que permitía el principio de oportunidad (delación con beneficios) para testaferros que confesaran la usurpación de tierras.
Para la Corte Constitucional ese artículo permitía la impunidad además determinó que dicho beneficio era exagerado e iba en contra la ley ya que lesionaba los principios a la verdad y a la justicia.
En la revisión de la norma por parte del alto Tribunal declaró además inexequible el control para evitar que las personas despojadas de la tierra perdieran los beneficios tras las invasiones. Según el alto tribunal, las personas no pueden perder los beneficios de la ley.
El 11 de julio del 2011 y con la presencia del secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la histórica Ley de Víctimas la cual tendrá una vigencia de 10 años.
En la sanción el presidente Santos calificó la decisión como el principal paso para «sembrar las bases de una verdadera reconciliación entre los colombianos».
«Esta ley no es un puerto de destino, sino apenas la grilla de partida. Es ahora cuando se pone a prueba la capacidad y la voluntad no sólo del Estado sino de toda la sociedad colombiana para cumplirles a las víctimas», aseguró Santos en su oportunidad.
http://www.semana.com/nacion/cae-principio-oportunidad-ley-victimas/184600-3.aspx