Ibagué, 21 de septiembre de 2021
Buenas tardes. Reciban un muy fraternal saludo de parte de nuestra Oficina. Mi reconocimiento especial a los familiares de las víctimas que nos acompañan el día de hoy. Les ratifico nuestro profundo reconocimiento por su búsqueda incansable de verdad y justicia. Nuestro agradecimiento por contar con la Oficina para acompañar este evento. Mi más sincera admiración a ustedes, a la Universidad del Tolima, al OBSURDH y al CAJAR por el trabajo conjunto que permitió consolidar este importante informe. También un saludo especial al magistrado Oscar Parra Vera, de la Jurisdicción Especial para la Paz, y a las demás personas y autoridades que nos acompañan.
Las ejecuciones extrajudiciales constituyen hechos atroces que han marcado la historia reciente de Colombia. Nuestra oficina realizó seguimiento al tema desde su primer informe en 1998[1]. Posteriormente, la Oficina continuó realizando seguimiento y pudo conocer la gravedad de lo ocurrido e insistió sobre la necesidad de realizar un diagnóstico sobre lo acontecido, tanto para prevenir los hechos, como para garantizar el esclarecimiento de los hechos y la rendición de cuentas.
Las víctimas y sus familiares, y las organizaciones de la sociedad civil han cumplido desde el inicio un rol central para promover una rendición de cuentas acorde con las obligaciones internacionales del Estado colombiano. Su compromiso y trabajo ha sido fundamental para que se conozca públicamente la dimensión de estos crímenes, y los desafíos que han rodeado su confrontación adecuada[2].
A lo largo de estos años, las víctimas y sus familiares, y las organizaciones han buscado de manera inquebrantable el esclarecimiento completo de los hechos. Su papel en el rescate de la verdad, así como en la reconstrucción de la memoria, no solo es vital para la determinación de responsabilidades penales, sino que es necesario para proponer, implementar y monitorear las garantías de no repetición.
El reconocimiento judicial y extrajudicial de lo sucedido es un paso imprescindible para garantizar su calidad de sujetos de derechos y amparar el derecho a la verdad, tanto individual, como colectivo. De la misma manera, su participación dentro de todo el proceso transicional permitirá adoptar e implementar garantías de no repetición y la restauración de sus derechos. El éxito del proceso, supone la comprensión integral sobre las violaciones ocurridas, la identificación y el abordaje de las afectaciones individuales y colectivas causadas por este crimen. El proceso de confrontación del pasado es complejo[3], por lo que se requiere el reconocimiento de las víctimas y el cumplimiento de obligaciones internacionales de derechos humanos a cargo de las instituciones estatales.
El Sistema Integral para la Paz es una herramienta de la más alta importancia para promover la verdad, la justicia, la reparación integral, la rendición de cuentas por las atrocidades del pasado. Del mismo modo para implementar acciones concretas orientadas a la No Repetición.
El Sistema Integral brinda una oportunidad valiosa para promover el reconocimiento de las violaciones, de las víctimas y de los daños provocados. Las decisiones que ha tomado la Jurisdicción Especial para la Paz constituyen avances notables para la comprensión sobre la dimensión y los impactos de esta grave violación de los derechos humanos, y como lo señala este este informe, las víctimas han sido más que una estadística, dado que como consecuencia de los hechos se afectaron personas, familias, comunidades y la sociedad en su conjunto. Por ello, el reconocimiento de las víctimas, de sus historias de vida, de la lucha de sus familiares, y de los impactos sociales, familiares y comunitarios es esencial para garantizar un proceso de rendición de cuenta adecuado y la satisfacción integral de los derechos de las víctimas.
El principio de centralidad de las víctimas ha significado una adecuación normativa e institucional para que su participación sea vigorosa en todos los procedimientos que adelanta la Jurisdicción Especial para la Paz y las demás instituciones que conforman el Sistema Integral para la Paz. Sin duda, este principio es de suma importancia para que las víctimas puedan experimentar el reconocimiento y el respeto por parte de las instituciones Estado; estocontribuye a que ocupen un lugar en la esfera pública.
También, aumenta la probabilidad de que los mecanismos de justicia transicional tengan realmente en cuenta sus necesidades en procesos judiciales que, históricamente, se han caracterizado por tratar a las víctimas únicamente como «meros» testigos. Igualmente, al permitir la participación de las víctimas en los procedimientos penales, se aumenta la probabilidad de que esos procedimientos puedan integrarse mejor en otros procesos de la justicia de transición, como los de la búsqueda de verdad y los de reparación.
Es el momento de reiterar a las víctimas y sus familiares, a las organizaciones de derechos humanos e instituciones acompañantes nuestra solidaridad y reconocimiento. Así como nuestro compromiso para continuar acompañando su ardua lucha para esclarecer estos graves crímenes y para alcanzar la materialización de sus derechos.
A la Jurisdicción Especial para la Paz y a las instituciones que conforman el Sistema Integral para la Paz y las demás instituciones del Estado, les ratificamos nuestra plena disponibilidad para continuar cooperando técnicamente para prevenir hechos de esta naturaleza y para continuar realizando procesos de rendición de cuentas que guarden plena correspondencia con los derechos de las víctimas y las normas y estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Muchas gracias.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2021/09/Intervencion-en-entrega-de-informes-ante-la-JEP-sobre-ejecuciones-extrajudiciales-tolima.pdf