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Asamblea General Distr. general 29 de septiembre de 1999 Español Original: inglés

Quincuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 116 c) del programa

Cuestiones relativas a los derechos humanos: situaciones relativas a los derechos humanos e informes de relatores y representantes especiales

Cuestión de los desplazados internos

Informe sobre la cuestión de los desplazados internos preparado por el Representante del Secretario General

(…)

88. Idealmente, por supuesto, las actividades de seguimiento adoptarían la forma de una nueva visita del Representante. El número de países con personas internamente desplazadas que el Representante podría visitar teniendo en cuenta los recursos limitados de que dispone actualmente pone de manifiesto que no se trata de una opción realista como medio principal para realizar actividades de seguimiento. Sin embargo, resulta importante tener en cuenta ese tipo de posibilidades, en particular en los países en que la situación de las personas internamente desplazadas ha empeorado o ha cambiado considerablemente debido a la aparición de nuevas necesidades. Este es lamentablemente el caso de varios de los países que el Representante ha visitado, incluidos Burundi, Rwanda, Somalia, Sri Lanka, el Sudán y los de la ex Yugoslavia. Esa es también la situación de las personas internamente desplazadas de Colombia, que el Representante ha tenido la oportunidad de evaluar de nuevo directamente durante una visita de seguimiento que realizó a fines de mayo y que fue la primera misión de seguimiento realizada en virtud del mandato.

89. Desde la visita inicial del Representante a Colombia en 1994, la situación de las personas internamente desplazadas ha empeorado significativamente hasta afectar en la actualidad a aproximadamente 1 millón de personas, y los desplazamientos continuaban en el momento en que se redactaba el presente informe. Aunque el Gobierno de Colombia ha tomado varias medidas para responder mejor a la situación de las personas internamente desplazadas, en particular al reconocer que la violencia es la causa de los desplazamientos, aprobar nueva legislación y designar mecanismos institucionales para abordar el problema, el Representante comprobó que la mayoría de las recomendaciones que hizo en su visita de 1994 (véase E/CN.4/1995/50/Add.1) siguen teniendo vigencia en la actualidad. La legislación aprobada no se ha aplicado ni tampoco abarca la totalidad de las necesidades de las personas desplazadas. Las responsabilidades institucionales, en particular las relativas a la protección y la prevención, deben definirse con más claridad. Son poco razonables las normas que rigen el proceso por el que se certifica el carácter de persona desplazada, lo que traba el acceso de muchos a la asistencia, la atención médica, la educación y otros servicios públicos. Sigue existiendo la necesidad de una mayor descentralización de la responsabilidad y de recursos suficientes para hacer frente a la situación de las personas internamente desplazadas.

90. Dado que el desplazamiento forzado es una estrategia de guerra, es esencial que se ponga fin al conflicto para detener la tendencia ascendente del número de personas desplazadas en Colombia y encontrar una solución duradera para los cientos de miles ya desarraigadas. A este respecto, el proceso de paz iniciado por el Presidente Pastrana y su opinión coincidente con la del Representante de que los desplazamientos deberían considerarse como un elemento fundamental de los componentes de derechos humanos y humanitarios del proceso de paz, constituye una medida audaz que es motivo de satisfacción y que merece el apoyo internacional. Al mismo tiempo, hay que tomar medidas para abordar las urgentes necesidades actuales de las personas internamente desplazadas. Los elementos de una estrategia global para ese fin deberían incluir: respuestas eficaces por parte de las autoridades para prevenir los desplazamientos arbitrarios y proteger a las personas contra ello, en particular cuando se los pueda prever; el respeto por parte de los combatientes del derecho humanitario internacional y la protección que ofrece a las poblaciones civiles; la protección de la seguridad física de las personas desplazadas y de los que las apoyan; una asistencia oportuna y adecuada para abordar las necesidades de las personas desplazadas, incluidas las de alimentación, agua, alojamiento, atención médica, documentación, educación, capacitación y generación de ingresos, prestando especial atención a las necesidades particulares de las mujeres y los niños que componen la mayor parte de las personas desplazadas; proporcionar garantías de seguridad física para la repatriación o el reasentamiento de las personas desplazadas; y el resarcimiento o la compensación por la posesión de tierras y los bienes perdidos a consecuencia del desplazamiento.

91. El mandato del Representante prevé el diálogo no sólo con los gobiernos de los países interesados, sino también con las organizaciones y organismos internacionales que desempeñan un papel importante en la satisfacción de las necesidades de protección y asistencia de las personas internamente desplazadas. En su informe anterior a la Asamblea General, el Representante destacó la necesidad de establecer una mayor presencia internacional en el país. A este respecto, el Representante escribió a la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, pidiéndole que su Oficina se impusiera de la situación de los desplazados internos de Colombia, y participara en su solución, estableciendo una presencia en el país. También escribió al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a fin de promover el fortalecimiento de la presencia de la Oficina del Alto Comisionado en el país y el establecimiento de una presencia continua en las zonas afectadas fuera de la capital. Por lo tanto, se acoge con beneplácito la ulterior decisión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados de establecer una oficina en Bogotá y desempeñar un papel fundamental en la respuesta internacional a la crisis de los desplazamientos internos, y la decisión de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de fortalecer la capacidad de su presencia en el país y designar a un coordinador de las cuestiones relacionadas con los desplazados. Sin embargo, tal como se confirmó durante la misión de seguimiento, sigue existiendo la necesidad de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otros organismos pertinentes de las Naciones Unidas fortalezcan su presencia aún más para permitir el establecimiento de oficinas locales. La comunidad internacional también debe prestar mayor atención a las necesidades humanitarias de las personas desplazadas. Deben consolidarse los acuerdos de coordinación. Es de esperar que el examen de los resultados de la misión del Representante por parte del Grupo de Trabajo del Comité Permanente entre Organismos en su reunión del 17 de septiembre responda a esas preocupaciones.

(…)

VI.Conclusión

105. Desde que se estableció el mandato del Representante en 1992 ha mejorado notablemente la forma en que la comunidad internacional reacciona ante la crisis mundial de los desplazamientos internos. Por su parte, el Representante ha desempeñado una función catalizadora que se ha centrado en desarrollar un marco normativo apropiado para brindar protección y asistencia a los desplazados internos. Ha contribuido a que se desarrolle un sistema de colaboración interinstitucional con el fin de atender las necesidades de los desplazados internos. También ha establecido un programa sostenible de visitas a los países para centrar la atención en las condiciones imperantes sobre el terreno y entablar un diálogo con los gobiernos y otros agentes pertinentes para atender las necesidades apremiantes de los desplazados internos.

106. Pese a los progresos realizados en lo que respecta a mejorar la respuesta internacional a los desplazamientos internos, los millones de desplazados internos en todo el mundo sirven de testimonio de la necesidad de hacer mucho más. La creación de un sistema eficaz y amplio para responder a las necesidades de las poblaciones de desplazados internos en todo el mundo sigue siendo una tarea ingente que exige la mancomunación de los esfuerzos de todos los interesados en todos los planos, desde el local hasta el mundial. La formulación e introducción de los Principios Rectores, y el establecimiento de disposiciones institucionales para la colaboración entre organismos, y el procedimiento de enviar misiones a los países y entablar el diálogo con los gobiernos y otros agentes, han colocado al sistema en mejores condiciones que nunca antes para hacer frente con éxito a este difícil problema. La tarea que queda por delante consiste en velar por que las gestiones que han contribuido a que el sistema sea más eficaz a la hora de brindar protección y asistencia a millones de desplazados internos desesperadamente necesitados de ayuda tengan efectos sustanciales sobre el terreno. En lo que respecta al Representante, ello significa que si bien debe mantenerse su función catalizadora, ahora se debe hacer mayor hincapié en promover la difusión y aplicación de los Principios Rectores, vigilar las condiciones sobre el terreno para poner de relieve las situaciones que requieran una atención urgente, interceder en favor de los desplazados internos, según proceda, y recomendar que las organizaciones operacionales competentes del sistema internacional, así como, claro está, los gobiernos interesados, adopten medidas de colaboración.

107. Para que el Representante pueda abordar esas difíciles tareas con eficacia, será necesario reforzar su capacidad con recursos humanos y materiales, que actualmente son absolutamente insuficientes. La Asamblea General ha pedido al Secretario General que preste toda la asistencia necesaria a su Representante para que desempeñe su mandato con eficiencia. No obstante, las limitaciones financieras de la Organización obligan al Representante a buscar otras fuentes para complementar el apoyo limitado, aunque bien recibido, en materia de personal que recibe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Con el apoyo del Secretario General, el Coordinador del Socorro de Emergencia, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los organismos del sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, las organizaciones no gubernamentales y los gobiernos donantes, estudian la posibilidad de aplicar estrategias innovadoras para obtener recursos procedentes de sectores ajenos al sistema.

108. El apoyo externo es esencial para desarrollar, como lo han solicitado la Asamblea y la Comisión, un marco normativo apropiado para los desplazados internos y para emprender, en cumplimiento del pedido del Secretario General y con el aliento de la Asamblea, un estudio amplio y de varios volúmenes en el que se examinen las causas de los desplazamientos internos, sus manifestaciones actuales en todo el mundo y las disposiciones institucionales internacionales y regionales para abordar este problema, así como para elaborar estrategias que contribuyan a aumentar la protección, la asistencia y las soluciones relativas a los desplazados internos. Para promover la aplicación de esas estrategias y de los Principios Rectores, reviste una importancia decisiva el apoyo sostenido a la labor del Representante.