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Distr.GENERAL E/CN.4/2000/71 9 de febrero de 2000 ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
56º período de sesiones
Tema 13 del programa provisional

DERECHOS DEL NIÑO

Informe adicional presentado por el Representante Especial del Secretario General sobre las repercusiones de los conflictos armados en los niños, Sr. Olara Otunnu, de conformidad con la resolución 53/128 de la Asamblea General

ÍNDICE

RESUMEN PRÁCTICO

I. INTRODUCCIÓN 1 – 5

II. LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LOS NIÑOS AFECTADOS POR LA GUERRA 6 – 12

III. PONER FIN A LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS COMO SOLDADOS: DE LA ELABORACIÓN DE NORMAS A LA ACCIÓN SOBRE EL TERRRENO 13 – 18

IV. OBTENER COMPROMISOS DE LAS PARTES EN CONFLICTO 19 – 83

A. Visitas al Sudán 22 – 35

IV. B. Visitas a Sierra Leona 36 – 43

C. Visita a Rwanda 44 – 47

D. Reunión con los dirigentes de la Coalición Congoleña para la Democracia (CCD) de la República Democrática
del Congo 48 – 54

E. Visita a Burundi 55 – 59

F. Visita a Colombia 60 – 71

G. Visita a Sri Lanka 72 – 83

V. ACABAR CON LA IMPUNIDAD DE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS DEL NIÑO EN EL CONTEXTO DE
CONFLICTOS ARMADOS 84 – 89

VI. LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS 90 – 92

VII. MECANISMOS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS 93 – 97

A. Mecanismos extraconvencionales (procedimientos especiales) 94 – 96

B. La Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos 97

VIII. LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS 98 – 102

IX. EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 103 – 106

X. LA RESOLUCIÓN 1261 (1999) DEL CONSEJO DE SEGURIDAD 107 – 112

XI. INTEGRAR LA PROTECCIÓN DEL NIÑO EN LAS
OPERACIONES DE PAZ DE LAS NACIONES UNIDAS 113 – 118

A. La incorporación en los mandatos de las operaciones de paz
de las Naciones Unidas 114

B. La designación de asesores en protección del niño 115 – 117

C. La capacitación del personal de las operaciones de paz 118

Anexos

I. Informe sobre la misión a Sierra Leona y Guinea

II. Informe sobre la misión a Colombia

RESUMEN PRÁCTICO

En su último informe a la Asamblea General (A/54/430), el Representante Especial del Secretario General sobre las repercusiones de los conflictos armados en los niños hizo una relación completa de las actividades realizadas por su oficina en 1999. El informe a la Asamblea General y las recomendaciones contenidas en él deberían constituir la base principal para el debate de la Comisión de Derechos Humanos sobre la labor del Representante Especial en el período que se examina. Este informe adicional se presenta a la Comisión para completar el informe a la Asamblea General.

En vista de la reciente aprobación de un protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño por el que se eleva a 18 años la edad mínima para participar en hostilidades, el Representante Especial exhorta a la comunidad internacional a empeñarse en poner fin a la utilización de niños como soldados en combate: a) abogando inequívocamente por que se fije en 18 años la edad mínima para participar en conflictos; b) vigilando e imponiendo a todas las partes en conflicto el cumplimiento de sus compromisos de protección de los niños; c) movilizando la presión internacional contra las partes en conflicto que abusen de los niños utilizándolos como combatientes; d) ocupándose de los factores políticos, sociales y económicos que facilitan la explotación de niños como soldados; e) atendiendo las necesidades de rehabilitación de los niños que han sido soldados; y f) ampliando el sector objeto de preocupación para que abarque a todos los niños afectados por conflictos. El Representante Especial también insta a los Estados a que al ratificar el protocolo depositen una declaración vinculante, de conformidad con su artículo 3, en la que se establezca la edad mínima en 18 años para el reclutamiento voluntario en las fuerzas armadas nacionales.

El Representante Especial ha puesto en marcha una serie de iniciativas para promover la protección de los niños expuestos a conflictos armados. En sus visitas a varios países, ha obtenido el compromiso de las partes en conflicto de adoptar diversas medidas para proteger a los niños. Estos compromisos se resumen en el presente informe; allí donde corresponde, se actualiza la información. Los informes de las misiones del Representante Especial a Sierra Leona y Guinea y a Colombia se adjuntan al presente informe como anexos I y II, respectivamente. El Representante Especial pide a la Comisión y a la comunidad general de derechos humanos que se sumen a la supervisión de estas obligaciones y velen por que las partes cumplan sus compromisos de protección de los niños.

Para poder abordar el problema de la impunidad de las violaciones de los derechos del niño en el contexto de conflictos armados, el Representante Especial exhorta a los Estados a que ratifiquen el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, velen por que los tribunales nacionales puedan ejercer "jurisdicción universal" en casos de violaciones graves de los derechos del niño en el contexto de conflictos armados, y cumplan plenamente la resolución 1261 (1999) del Consejo de Seguridad.

El Representante Especial insta a la Comisión a que considere los derechos de los niños afectados por la guerra un objeto de preocupación central en todas sus actividades y productos. Con este fin, todos los informes pertinentes de la Comisión deberían incluir secciones sobre la suerte de los niños afectados por la guerra.

El Representante Especial recomienda que la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos elabore estrategias para integrar sistemáticamente los derechos del niño en todas sus actividades. Ello supone el desarrollo de una mayor competencia especializada en los derechos del niño y la elaboración de directrices y manuales de vigilancia para las oficinas exteriores y para los procedimientos especiales.

Para poder reforzar la decisiva labor del Comité de los Derechos del Niño, el Representante Especial exhorta a los Estados Partes a que apoyen la propuesta de elevar a 18 el número de miembros del Comité.

El Representante Especial considera prioritario conseguir que la protección de los niños afectados por conflictos armados se convierta en un importante objeto de atención del Consejo de Seguridad. El 25 de agosto de 1999, tras un segundo debate abierto sobre esta cuestión, el Consejo adoptó una resolución histórica. La resolución 1261 (1999) constituye un instrumento importantísimo de defensa de los niños afectados por conflictos. El Representante Especial pide a la Comisión y a la comunidad de derechos humanos que utilicen sistemáticamente la resolución 1261 como instrumento de defensa y en sus actividades.

El Representante Especial considera prioritario promover la integración de la protección y el bienestar de los niños en las operaciones de paz. Para lograr este objetivo, ha propuesto que se incorporen sistemáticamente tres elementos específicos:

a) Los derechos y la protección de los niños deben incorporarse explícitamente en los mandatos de las operaciones pertinentes de las Naciones Unidas sobre el terreno cuyo objeto es promover la paz, prevenir y resolver conflictos y aplicar acuerdos de paz ("operaciones de paz"); esto ya se ha realizado en la Misión de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNAMSIL) y en la Misión de Observación de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC);

b) Deben designarse asesores en protección del niño para esas misiones a fin de velar por la aplicación del elemento de protección del niño de los mandatos de las operaciones de paz; ya se ha autorizado la designación de semejantes asesores para la UNAMSIL y la MONUC;

c) Se debe impartir capacitación en derechos y protección del niño a todo el personal de mantenimiento de la paz.

En su reciente informe a la Asamblea General, el Representante Especial esboza 18 recomendaciones, que somete a la Comisión para su examen y acción. Éstas son:

Comienzo de una "era de aplicación". Ha llegado la hora de que la comunidad internacional vuelque la atención y la energía que consagraba a la tarea jurídica del desarrollo de normas hacia el proyecto político de garantizar su aplicación y respeto sobre el terreno. Es preciso dar inicio a una "era de aplicación".

Fomento de los valores locales. Es preciso movilizar todos nuestros recursos y redes sociales para promover los sistemas de valores locales que tradicionalmente han brindado protección a los niños en nuestras sociedades, incluso en tiempos de guerra.

Llamamiento a la comunidad empresarial. La comunidad empresarial internacional debe asumir su responsabilidad social y comparativa en el contexto del maltrato sistemático de los niños en conflictos armados, absteniéndose de hacer negocios que impulsen la maquinaria de guerra en estas situaciones y elaborando códigos de conducta voluntarios dentro de sus ramas respectivas para hacer frente a este grave problema.

La situación de las personas internamente desplazadas. Ha llegado la hora de que la comunidad internacional dé una respuesta más sistemática y prepare un marco para la protección y la prestación de apoyo concreto a las personas internamente desplazadas en países afectados por conflictos, cuya gran mayoría son mujeres y niños.

Fomento de la capacidad local. Es preciso que la comunidad de donantes, los organismos multilaterales y las organizaciones no gubernamentales hagan mucho más para apoyar el fortalecimiento de las capacidades de las instituciones nacionales, las organizaciones no gubernamentales locales y las organizaciones de la sociedad civil para la protección y la defensa de los niños afectados por conflictos armados.

Manifestación de igual interés por los niños. Para poder mantener la credibilidad y la solidaridad, es fundamental que la comunidad internacional responda visiblemente con el mismo grado de interés dondequiera que haya niños necesitados de protección y apoyo.

El imperativo de la prevención. En última instancia, la mejor forma de proteger a los niños es evitar los conflictos antes de que se produzcan o resolverlos antes de que asuman proporciones destructivas. Tanto los protagonistas nacionales como los internacionales tienen la responsabilidad de adoptar medidas políticas, económicas y sociales para resolver los problemas fundamentales del desequilibrio estructural y la exclusión, la pobreza y la desesperanza, la manipulación de la diversidad y la denegación prolongada de una gestión pública democrática, todo lo cual contribuye notablemente a crear conflictos.

I. INTRODUCCIÓN

(…)

4. El Relator Especial también ha informado de la colaboración de agentes nacionales e internacionales clave en el programa relativo a los niños y los conflictos armados. Entre éstos se cuentan gobiernos, el Consejo de Seguridad, organizaciones regionales, personas influyentes, comunidades religiosas y organizaciones no gubernamentales. Durante 1999 el Representante Especial realizó misiones en varios países, entre ellos Rwanda, Burundi, el Sudán, Mozambique, Colombia, Sierra Leona y Guinea, y visitó a los niños refugiados de Kosovo en la ex República Yugoslava de Macedonia y Albania. Los resultados de estas misiones se describen en el informe a la Asamblea General. Los informes sobre las visitas a Sierra Leona y Guinea y a Colombia figuran en el anexo del presente informe.

5. El informe a la Asamblea General y las recomendaciones que contiene deberán constituir la base fundamental para el examen de la Comisión de Derechos Humanos sobre la labor del Representante Especial en el período examinado. El presente informe adicional tiene por objeto completar el informe a la Asamblea General; pone de relieve cuestiones particularmente pertinentes a la labor de la Comisión y presenta recomendaciones adicionales.

II. LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Y LOS NIÑOS AFECTADOS POR LA GUERRA

6. En septiembre de 2000 se cumplirán diez años desde que entró en vigor la Convención sobre los Derechos del Niño. La Convención ha sido ratificada por 191 Estados, por lo que constituye el instrumento de derechos humanos que ha sido ratificado por el mayor número de Estados. Los principios y disposiciones de la Convención establecen inequívocamente las obligaciones de los Estados Partes de respetar y garantizar los derechos del niño en la paz y en la guerra.

7. Quizás no haya ninguna categoría de niños que sea tan absolutamente vulnerable como la de los niños atrapados en una situación de conflicto armado. En no menos de 50 países del mundo en que continúan las guerras o donde ha comenzado la recuperación se frustran impunemente las aspiraciones de la Convención arruinando el futuro de millones de niños.

8. Como señaló el Representante Especial en su informe de 1999 a la Asamblea General, el sufrimiento de los niños en un conflicto armado tiene muchas caras. Aparte de los números impresionantes de los niños que son mutilados y muertos, muchos más tienen que padecer el desarraigo y el desplazamiento; son 20 millones los niños que han sido desplazados por guerras dentro y fuera de sus países. Muchos quedan huérfanos, millares son víctimas de violación o abuso sexual o quedan profundamente traumatizados. Unos 300.000 jóvenes de menos de 18 años de edad se ven obligados a llevar armas como niños soldados. Es preciso que se vea que la comunidad internacional interviene dondequiera que se producen graves situaciones de sufrimiento.

9. El Representante Especial ha puesto en marcha una gran variedad de iniciativas y medidas con el fin de aumentar el ámbito de protección de los niños expuestos a conflictos armados. Varios aspectos fundamentales de la Convención sobre los Derechos del Niño son pertinentes a su labor.

10. La Convención sobre los Derechos del Niño obliga a los Estados a promover la recuperación física y psicosocial y la reintegración social de los niños que han sido víctimas de conflictos armados. El Representante Especial ha abogado por programas especiales y medidas de rehabilitación para los niños soldados, los niños víctimas de abuso y explotación sexual, los niños que han sido mutilados o heridos y los niños que han quedado huérfanos, desplazados y traumatizados a raíz de un conflicto armado.

11. La Convención obliga a los Estados Partes a aplicar sus disposiciones a todos los niños que se hallen bajo su jurisdicción, sin discriminación alguna. Esta plena protección debe hacerse extensiva, por ejemplo, a los niños que huyen de la guerra en sus países de origen y buscan refugio en otro Estado Parte.

12. La Convención exige a los Estados Partes que adopten medidas eficaces para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los niños. Esta disposición se ha recogido en particular en la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, que impone a los Estados Partes el deber de eliminar las "prácticas sociales y culturales nocivas" que atenten contra la salud o la vida del niño. Estas deben incluir las prácticas que pongan a los niños en peligro en el contexto de conflictos armados.

III. PONER FIN A LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS COMO SOLDADOS: DE LA ELABORACIÓN DE NORMAS A LA ACCIÓN SOBRE EL TERRENO

13. La difundida práctica de la utilización de niños en conflictos armados es una de las tendencias más horrendas y cínicas de las guerras de hoy. Hoy en día más de 300.000 jóvenes de menos de 18 años de edad participan en hostilidades en más de 30 países. Poner fin al reclutamiento y la utilización de niños en los conflictos armados ha constituido una prioridad urgente de la labor del Representante Especial como defensor de los niños afectados por conflictos. En sus visitas a países afectados por conflictos como Burundi, Colombia, la República Democrática del Congo, Sierra Leona, Sri Lanka y el Sudán, ha obtenido el compromiso de las partes en conflicto de poner fin al reclutamiento de niños.

14. El Representante Especial ha abogado mucho por que se eleve la edad mínima para el reclutamiento y la participación en hostilidades de 15 a 18 años. En esta campaña ha colaborado estrechamente con la Presidenta del Grupo de Trabajo sobre el proyecto de protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño sobre la participación de niños en conflictos armados, organismos clave de las Naciones Unidas, gobiernos y organizaciones no gubernamentales, y en particular la Coalición internacional de organizaciones internacionales para poner fin al uso de niños como soldados. En su intervención ante el último período de sesiones del Grupo de Trabajo en enero de 2000, el Representante Especial exhortó a los delegados a que concluyesen las negociaciones conviniendo en el más alto nivel posible de protección de los niños en peligro de ser explotados como combatientes. Insistió en que ello iría en el mejor interés de los niños afectados por conflictos armados.

15. El acuerdo consensuado a que se llegó el 21 de enero de 2000 sobre el proyecto de protocolo facultativo representa una importante victoria para los niños y contribuye grandemente a la consecución de los objetivos que ha promovido el Representante Especial. Hay cinco elementos especialmente importantes a este respecto:

a) Los Estados adaptarán "todas las medidas posibles" para que ningún miembro de sus fuerzas armadas de menos de 18 años participe "directamente" en hostilidades;

b) Los Estados Partes velarán por que no se reclute obligatoriamente en sus fuerzas armadas a ningún joven de menos de 18 años;

c) Los grupos armados insurgentes no deberán "bajo ninguna circunstancia" reclutar o utilizar en hostilidades a personas de menos de 18 años;

d) Las nuevas normas se aplicarán tanto a los conflictos internacionales como a las guerras civiles;

e) Se pide a los Estados Partes que cooperen, mediante la cooperación técnica y la asistencia financiera, en la prevención del reclutamiento de niños y el uso de niños soldados, y en la rehabilitación y reintegración social de los niños que hayan sido utilizados como soldados.

16. El único aspecto en que el acuerdo no coincide plenamente con la posición del Representante Especial de fijar el mínimo de 18 años de edad "para toda circunstancia" se refiere al reclutamiento voluntario en las fuerzas armadas nacionales. Ello no deja de ser desalentador. Sin embargo, el hecho de que se haya elevado la edad mínima a por lo menos 16 años y se hayan incluido salvaguardias concretas, en particular la acreditación fidedigna de la edad y el consentimiento bien fundamentado tanto de los voluntarios como de sus padres, representa ya un avance. El Representante Especial exhorta a los Estados a que, al ratificar el Protocolo Facultativo, consideren la posibilidad de depositar declaraciones vinculantes en virtud de lo dispuesto en el artículo 3, por las que establezcan la edad mínima de 18 años para el reclutamiento voluntario en sus fuerzas armadas nacionales.

17. Concertado el acuerdo sobre el Protocolo Facultativo, el Representante Especial exhorta a la comunidad internacional a volcar sus energías y su atención a diversas tareas sobre el terreno: i) abogar inequívocamente por la fijación de la edad mínima de 18 años para participar en hostilidades; ii) vigilar e imponer el cumplimiento por todas las partes en conflicto de su compromiso de proteger a los niños; iii) movilizar la presión internacional contra las partes en conflicto que exploten a los niños como combatientes; iv) ocuparse de los factores políticos, sociales y económicos que faciliten la explotación de los niños como soldados; v) atender las necesidades de rehabilitación de los niños que hayan sido soldados, y vi) ampliar el foco de atención a fin de atender a todos los niños afectados por los conflictos.

18. El Representante Especial expresa su reconocimiento a todos los que participaron activamente en la creación del consenso en que culminaron los seis años de negociaciones. Quisiera rendir un homenaje especial a las delegaciones, a la Presidenta del Grupo de Trabajo y a la Coalición para poner fin al uso de niños como soldados por el papel decisivo que desempeñaron en este proceso. Está deseoso de seguir colaborando con todos los agentes principales en las tareas esbozadas.

IV. OBTENER COMPROMISOS DE LAS PARTES EN CONFLICTO
Y VIGILAR SU CUMPLIMIENTO

19. En sus visitas a varios países, de Sri Lanka a Burundi, del Sudán a Colombia y a Sierra Leona, y en la reunión con la Coalición Congoleña para la Democracia, durante 1998 y 1999 el Representante Especial logró que las partes en conflicto se comprometieran a algunas de las siguientes medidas: no dirigir ataques contra las poblaciones civiles; permitir el acceso de las poblaciones en grave dificultad a las zonas bajo su control; no interferir con la distribución de la asistencia de socorro; observar el cese del fuego humanitario con fines de vacunación o asistencia de socorro; no atacar escuelas u hospitales; no utilizar minas terrestres, y no reclutar o utilizar a niños como soldados.

20. El Representante Especial pide a la Comisión de Derechos Humanos y a la comunidad internacional de derechos humanos que vigilen estos compromisos y velen por que las partes cumplan sus obligaciones de protección de los niños.

21. A continuación figura un resumen de los compromisos obtenidos por el Representante Especial durante las misiones que realizó en 1998 y 1999.

(…)

F. Visita a Colombia

60. El Representante Especial visitó Colombia en junio de 1999 (véase el anexo II). Durante la visita obtuvo compromisos del Gobierno y de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

Compromisos obtenidos del Gobierno

61. El Gobierno accedió a asignar alta prioridad a las necesidades y la protección de los niños en el programa de paz y el proceso resultante.

62. El Representante Especial planteó la cuestión del reclutamiento de niños de menos de 18 años. El Gobierno respondió con el anuncio de una nueva política, de efecto inmediato, de no reclutar a jóvenes de menos de 18 años en las fuerzas armadas y de iniciar el proceso de adaptación de la legislación necesaria.

Actualización: El 20 de diciembre de 1999 fue retirado del ejército de Colombia el último contingente de 950 soldados de menos de l8 años

63. El Representante Especial manifestó su preocupación ante las denuncias de utilización de minas terrestres. El general Tapias Stahelin, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, explicó que el Gobierno utilizaba minas exclusivamente para defensa de instalaciones vitales y que al Gobierno le resultaba difícil controlar la utilización de minas por los grupos de oposición. El Presidente Pastrana indicó al Represente Especial que el Gobierno estaba considerando seriamente la posibilidad de ratificar la Convención sobre la prohibición del uso, el almacenamiento, la producción y la transferencia de minas antipersonal y su destrucción. Entretanto, el Representante Especial exhortó a todas las partes a que se abstuvieran de utilizar minas terrestres.

64. El Representante Especial pidió al Gobierno que atribuyera prioridad a los problemas de los niños en sus políticas y programas, que asignara los considerables recursos necesarios y que fortaleciera las instituciones pertinentes a nivel local y regional. El Presidente Pastrana aprovechó la oportunidad para dar instrucciones al Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que estaba presente en la reunión, de revisar la asignación de los recursos del ICBF tomando en consideración las preocupaciones expresadas por el Representante Especial.

65. El Represente Especial rogó al Gobierno que se ocupara de las necesidades urgentes de las comunidades desplazadas -sobre todo en materia de salud, educación, higiene, vivienda, agua, empadronamiento y oportunidades económicas- y que garantizara su protección física y las condiciones para su retorno o reasentamiento. El Presidente Pastrana señaló que su Gobierno estaba colaborando estrechamente con la Red de Solidaridad Social, organismo público de seguridad social, para abordar las urgentes necesidades de los desplazados, y que seguirían pidiendo apoyo y asesoramiento a las Naciones Unidas en esta materia.

66. Además de los compromisos mencionados, el Representante Especial rogó al Gobierno que se ocupara del problema de la impunidad y que adoptara las medidas necesarias para impedir e investigar la violación de las normas humanitarias y de derechos humanos, en particular las violaciones cometidas contra la población civil y los defensores de los derechos humanos, y que velase por que se enjuiciara a los responsables de tales violaciones.

Compromisos obtenidos de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)

67. Las FARC accedieron a atribuir gran prioridad a las necesidades y la protección de los niños en el programa de paz y en el proceso resultante.

68. El Representante Especial rogó a las FARC que pusieran fin al reclutamiento y la utilización de niños. Las FARC aceptaron y anunciaron que en adelante no admitirían ni reclutarían a personas de menos de 15 años de edad; posteriormente emitieron un comunicado público en que confirmaban este compromiso.

69. El Representante Especial instó a las FARC a desmovilizar a todos los menores que se hallaban en sus filas. Las FARC se manifestaron dispuestas a considerar en conjunto con las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales pertinentes un proceso y marco para la posible desmovilización y rehabilitación de los jóvenes de menos de 15 años que actualmente se hallaban en sus filas.

70. En las conversaciones con las FARC y el Alto Comisionado para la Paz se convino en la creación de un grupo de trabajo tripartito integrado por representantes del Gobierno, las Naciones Unidas y las FARC para atender las necesidades humanitarias urgentes en la zona desmilitarizada, prestando especial atención a las necesidades de las mujeres y los niños. Se convino en dar inicio a un proyecto experimental a tal efecto en la comunidad de Río Luzada Guayabero al sur de la zona desmilitarizada.

71. Al término de la visita del Representante Especial se estableció una amplia coalición de miembros del equipo del país de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales, representantes de la sociedad civil y otros agentes clave para que coordinara y promoviera los esfuerzos por atender las necesidades y hacer respetar los derechos de los niños afectados por la guerra en Colombia.

(…)

V. ACABAR CON LA IMPUNIDAD DE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS
DEL NIÑO EN EL CONTEXTO DE CONFLICTOS ARMADOS

84. La comunidad internacional, y la Comisión de Derechos Humanos en particular, se dan cuenta cada vez más de que no basta tener información sobre las violaciones de los derechos humanos. Las violaciones graves imponen la realización de esfuerzos sistemáticos para determinar las responsabilidades y una acción a favor de las víctimas, y la opinión pública internacional apoya firmemente tales esfuerzos.

85. La experiencia reciente indica que en el proceso de establecimiento de la paz en ocasiones han resultado traicionadas la verdad y la justicia. Con frecuencia la situación político-militar impone la amnistía de los presuntos criminales de guerra. Los ciudadanos cansados de la guerra y desesperados a veces expresan su preferencia por la paz prácticamente a cualquier precio.

86. La paz y la justicia tienen muchos puntos de intersección en los procesos de paz. Los ofrecimientos de amnistía pueden llevar a partes recalcitrantes a la mesa de negociación; a veces se hacen grandes concesiones de amnistía a las facciones combatientes para conseguir que se transformen pacíficamente en actores políticos. En otras situaciones, como en Rwanda y Camboya, es posible que los culpables sean llevados a la justicia, pero el desbaratamiento del sistema judicial interno y la falta de personas formadas en la administración de justicia pueden impedir el desarrollo de juicios penales imparciales. A veces, como ocurrió en Sudáfrica, la verdad y el arrepentimiento pueden prevalecer sobre las exigencias de la justicia.

87. En este contexto la resolución 1261 (1999) del Consejo de Seguridad es particularmente importante dado que exhorta "a todas las partes interesadas a que cumplan estrictamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional". En la resolución se "subraya la obligación de todos los Estados de poner fin a la impunidad y su obligación de enjuiciar a los responsables de violaciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949".

88. En vista de lo anterior, el Representante Especial recomienda que todos los aspectos de los procesos de paz que guarden relación con la amnistía, la verdad o la justicia pongan de relieve los abusos cometidos contra los niños, así como las circunstancias que permitieron tales abusos. Y cuando se contempla una legislación de amnistía en la transición de la guerra a la paz, los gestores de la paz deben velar por que los culpables de violaciones de los derechos del niño no queden exentos de responsabilidad jurídica. A este respecto, el Representante Especial exhorta a los Estados a que ratifiquen el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. El establecimiento de la Corte es muy importante para la protección de los niños: es un poderoso instrumento que refuerza considerablemente la defensa de la infancia; establece jurisdicción penal internacional sobre los responsables de los crímenes más graves contra la infancia; y debe servir de disuasivo de esos delitos.

89. También es importante el hecho de que actualmente el derecho internacional permita, y en ocasiones exija, que los Estados ejerzan jurisdicción sobre personas sospechosas de graves crímenes en el derecho internacional, prescindiendo del lugar en que se hayan cometido esos crímenes y de la nacionalidad de los acusados o de las víctimas. Los delitos por los cuales puede invocarse tal "jurisdicción universal" incluyen violaciones graves de los Convenios de Ginebra y violaciones de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. El Representante Especial exhorta a los Estados, particularmente a aquellos que estén revisando su legislación nacional con el fin de ratificar y aplicar el Estatuto de Roma, a que no sólo definan los delitos que se hallan bajo la jurisdicción de la Corte como delitos nacionales sino también velen por que los tribunales nacionales puedan ejercer "jurisdicción universal" por las violaciones flagrantes de los derechos del niño en el contexto de conflictos armados. Esta medida complementará la jurisdicción de la Corte y les haría más difícil a los peores criminales de guerra encontrar refugio después de cometer sus actos.

VI. LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

90. El papel de la Comisión de Derechos Humanos como foro principal de las Naciones Unidas para formular políticas sobre las cuestiones de derechos humanos y para promover, vigilar y asegurar el respeto de los derechos humanos es ampliamente reconocido y universalmente aceptado. En el transcurso de los años la Comisión ha evolucionado de ser un órgano concentrado sobre todo en la actividad normativa a ser un órgano que participa más activamente en la determinación de violaciones graves, frecuentes y sistemáticas de los derechos. Ha establecido unos mecanismos y procedimientos elaborados para vigilar el cumplimiento por los Estados de la normativa internacional de los derechos humanos y para investigar las supuestas violaciones de estos derechos. El Representante Especial ha mantenido contacto con los relatores especiales y los presidentes de los diversos grupos de trabajo.

91. Los derechos del niño constituyen un tema importante del programa de la Comisión y muchas esferas de su labor temática y relacionada con países determinados también guardan relación con la situación de los niños afectados por conflictos armados. Sin embargo, en su 55º período de sesiones, durante un diálogo especial sobre el problema de la marginalización de los niños, se tomó nota en particular de la insuficiente atención que se prestaba a la infancia en los diversos informes presentados a la Comisión.

92. El Representante Especial exhorta a la Comisión a que considere los derechos de los niños afectados por conflictos armados como una preocupación central de todas sus actividades y productos, incluidas sus medidas de vigilancia, solicitudes de informes de relatores, expertos, representantes y grupos de trabajo, y sus resoluciones. Para velar por que la Comisión disponga de una información fidedigna y adecuada sobre las violaciones de los derechos del niño, todos los informes pertinentes a la Comisión, ya tenga su origen en la Comisión misma o cualquiera de sus mecanismos o en organismos y departamentos de las Naciones Unidas, deberán incluir secciones sobre la suerte de los niños en situaciones en que se han visto gravemente afectados por conflictos armados.

(…)

VIII. LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA
LOS DERECHOS HUMANOS

98. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es uno de los asociados clave del Representante Especial y un miembro activo del grupo oficioso creado para asesorar al Representante Especial sobre iniciativas y estrategias para promover la protección de los niños afectados por conflictos armados. El Representante Especial y la Alta Comisionada han estudiado diversas iniciativas de colaboración. Ejemplos de colaboración son los esfuerzos por designar asesores en protección del niño para las operaciones de paz de las Naciones Unidas y las visitas de refuerzo mutuo hechas a Sierra Leona en 1999, que pusieron en la primera plana internacional el sufrimiento masivo de niños. Durante las misiones del Representante Especial a los países, fue inapreciable el apoyo de la presencia local de la Oficina del Alto Comisionado en los países, sobre todo en Burundi, Colombia y Sierra Leona. Como complemento de las misiones, las oficinas locales han informado de la situación de los niños y del cumplimiento por las partes por los compromisos obtenidos por el Representante Especial.

99. La Oficina del Alto Comisionado ha llevado adelante importantes iniciativas a favor de los niños. Para seguir desarrollando esta labor y atendiendo a las recomendaciones del estudio de 1996 sobre las repercusiones en los niños de los conflictos armados (A/51/306 y Add.1) (el "Estudio Machel") y los informes posteriores del Representante Especial, el Representante Especial recomienda a la Oficina que considere la posibilidad de elaborar estrategias para velar por la integración sistemática de los derechos del niño en todas las actividades de la Oficina. Ello podría incluir las siguientes medidas.

100. La Oficina del Alto Comisionado podría tomar medidas para desarrollar una mayor competencia en esferas específicas de los derechos del niño, en particular en las situaciones posteriores a los conflictos y en períodos de "paz imperfecta" que le permita prestar asistencia técnica y promover su función especializada en esta esfera.

101. Podrían considerarse actividades concretas como la elaboración de directrices y manuales de vigilancia para las oficinas locales y para los procedimientos especiales.

102. El Representante Especial recomienda que, por norma general, en los mandatos de las oficinas locales se incluyan la vigilancia y la presentación de informes sobre los derechos del niño para velar por que se preste sistemáticamente atención a esta cuestión, y que se faciliten los servicios de expertos a las oficinas en caso necesario.

IX. EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

103. El Comité de los Derechos del Niño es el principal encargado de vigilar el cumplimiento de la Convención por los Estados Partes. El Representante Especial ha mantenido una comunicación regular con el Comité.

104. El Representante Especial considera que el proceso de presentación de informes al Comité es una importante oportunidad para evaluar lo realizado en pro de la aplicación de la Convención y examinar las prioridades programáticas nacionales y las asignaciones de recursos. La Convención también faculta al Comité para solicitar informes o estudios de los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales y otras entidades sobre la situación de los derechos del niño en determinados países. Con los años la práctica de preparar estos informes alternativos o suplementarios al Comité se ha convertido en una importante iniciativa entre las organizaciones no gubernamentales en varios países. Este proceso ha demostrado ser un importante instrumento de promoción y defensa en varios países afectados por conflictos armados, entre ellos El Salvador, Guatemala y Sierra Leona.

105. El Representante Especial acoge con interés el plan de acción elaborado por la Oficina del Alto Comisionado para fortalecer el apoyo sustantivo a la labor del Comité y asegurar los recursos necesarios para la aplicación de sus propuestas. El Representante Especial también respalda el proceso de presentación de informes suplementarios al Comité por las organizaciones no gubernamentales y exhorta a la Oficina del Alto Comisionado y al UNICEF a prestar apoyo a este proceso como medio de reforzar la participación de la sociedad civil en la promoción y protección de los derechos del niño.

106. Para poder reforzar la decisiva labor del Comité, el Representante Especial exhorta a los Estados Partes a que apoyen la enmienda propuesta a la Convención sobre los Derechos del Niño por la que se elevaría a 18 el número de miembros del Comité, como medio para asegurar el examen eficiente y oportuno de los informes de los Estados Partes. Recomienda que la Oficina del Alto Comisionado pida a sus operaciones sobre el terreno que presenten al Comité la información pertinente y contribuyan a la labor de seguimiento de las conclusiones y recomendaciones del Comité, incluso mediante sus oficinas regionales. Recomienda asimismo que el Comité elabore procedimientos que permitan que se comparta mejor la información pertinente entre los órganos creados en virtud de tratados y los mecanismos pertinentes de la Comisión.

X. LA RESOLUCIÓN 1261 (1999) DEL CONSEJO DE SEGURIDAD

107. Desde su nombramiento, el Representante Especial ha considerado prioritario esforzarse por que la protección de los niños afectados por conflictos armados pase a ser una de las cuestiones principales del orden del día del Consejo de Seguridad. Tras el primer debate abierto sobre la cuestión y la declaración hecha por el Presidente del Consejo de Seguridad en junio de 1998 (S/PRST/1998/18), el Representante Especial ha seguido alentando al Consejo a empeñarse más en este asunto. El 25 de agosto de 1999 el Consejo de Seguridad sostuvo su segundo debate abierto sobre el tema "Los niños y los conflictos armados", tras el cual aprobó la histórica resolución 1261 (1999).

108. La resolución abarca una serie de cuestiones que han sido elementos fundamentales de la labor del Representante Especial de promoción de los intereses del niño. En la resolución se condena la elección de niños como blanco en conflictos armados; se reconoce que hay que tener en cuenta la protección y el bienestar de los niños como cuestión especial en los procesos de paz; se insta a las partes en conflicto a que cumplan los compromisos asumidos de garantizar la protección de los niños; se pide que se ponga fin al reclutamiento y la utilización de niños en conflictos armados; y se insta a la desmovilización y rehabilitación de los niños utilizados como soldados. El Consejo se ha comprometido a prestar una atención especial a la protección, los derechos y el bienestar de los niños al tomar medidas de promoción de la paz y la seguridad; a examinar los efectos de las sanciones en los niños, y a velar por que el personal que participa en las operaciones de paz reciba una formación adecuada.

109. La resolución 1261 es una gran conquista para la causa de los niños afectados por los conflictos armados. Por primera vez en la historia el Consejo de Seguridad ha consagrado una resolución a una cuestión temática que no guarda relación con una situación específica o un incidente inmediato. Al hacerlo, ha demostrado claramente su determinación de proteger a los niños afectados por conflictos armados. En segundo lugar, en la resolución se enuncia una serie de medidas importantes para la protección de los niños que, aplicadas en situaciones concretas, tendrán efectos considerables. En tercer lugar, con la aprobación de la resolución finalmente se ha dado plena "legitimidad" a la protección de los niños como cuestión que ocupa su debido lugar en el orden del día del Consejo.

110. El Consejo de Seguridad ha pedido al Secretario General que le presente a más tardar en julio de 2000 un informe sobre la aplicación de la resolución, indicando así que la cuestión seguirá siendo un tema de su orden del día. La Oficina del Representante Especial se encargará de coordinar la preparación del informe.

111. La resolución 1261 constituye un instrumento muy importante para la defensa de los intereses de los niños afectados por conflictos. El Representante Especial exhorta a todos los interesados en la protección de la infancia a aprovechar al máximo este nuevo instrumento de defensa y promoción y alentar al propio Consejo a aplicar las medidas enunciadas en la resolución cuando examine en el futuro situaciones concretas de crisis y determine el mandato de las operaciones de paz.

112. En particular, el Representante Especial pide a la Comisión de Derechos Humanos y a la comunidad general de derechos humanos que utilicen sistemáticamente la resolución 1261 para proteger los derechos de los niños en situaciones de conflicto armado. Exhorta a los relatores y grupos de trabajo de la Comisión a que incorporen las disposiciones de la resolución en su labor en países determinados y a que presenten información sobre la aplicación de la resolución en sus informes a la Comisión.

XI. INTEGRAR LA PROTECCIÓN DEL NIÑO EN LAS OPERACIONES
DE PAZ DE LAS NACIONES UNIDAS

113. El Representante Especial considera prioritario abogar por la integración de la protección y el bienestar de los niños en las operaciones de paz de las Naciones Unidas. Para lograr este objetivo ha propuesto la incorporación sistemática de tres elementos específicos.

A. La incorporación en los mandatos de las operaciones
de paz de las Naciones Unidas

114. El Representante Especial ha propuesto que la protección y las necesidades de los niños se incorporen firmemente en los mandatos de las operaciones de paz; esta propuesta ha sido ya respaldada por el Consejo de Seguridad. Hasta ahora dos operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas han asumido mandatos cuyo objeto es contribuir a garantizar la protección de los niños durante todo el proceso de consolidación de la paz. En agosto el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1260 (1999), por la que incorporaba explícitamente la protección de los niños en el mandato de la operación de mantenimiento de la paz en Sierra Leona (UNAMSIL). Igualmente, en la resolución 1279 (1999) aprobada por el Consejo de Seguridad en noviembre de 1999 se incorporaba la protección de los derechos del niño en el mandato de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC) y se daban instrucciones a la MONUC de facilitar la entrega de asistencia humanitaria a los niños.

B. La designación de asesores en protección del niño

115. Para velar por la aplicación de la dimensión de protección del niño de los mandatos de las operaciones de paz y para asesorar al jefe de una misión de paz en un determinado país, el Representante Especial ha propuesto la designación de funcionarios superiores encargados expresamente de la coordinación en materia de protección y bienestar del niño; esta propuesta ha sido ya aceptada por el Consejo de Seguridad y el Departamento de Operaciones de Paz. El Representante Especial, el UNICEF, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y el Departamento de Operaciones de Paz están dando forma definitiva al mandato de los asesores en protección del niño y examinarán sistemáticamente la adscripción de estos asesores a las operaciones de paz correspondientes. El Representante Especial ha propuesto que los asesores normalmente procedan del personal de UNICEF, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos u organizaciones no gubernamentales competentes (como Save the Children y comités nacionales del UNICEF).

116. En este contexto, en la resolución 1260 se autorizaba la designación de un asesor superior para la UNAMSIL y de dos funcionarios de protección de los derechos del niño, que trabajarán para el componente de derechos humanos de la UNAMSIL. Asimismo, en la resolución 1279 (1999) se autorizaba la designación de personal de protección del niño en la estructura de la MONUC.

117. El Representante Especial está examinando la posibilidad de designar asesores en protección del niño para las operaciones de paz de las Naciones Unidas en Timor Oriental y en Kosovo.

C. La capacitación del personal de las operaciones de paz

118. El Representante Especial ha abogado por que se capacite en los derechos y la protección de los niños a todo el personal de las operaciones de paz. El Consejo de Seguridad respaldó este objetivo en su resolución 1261 (1999), en la que pedía al Secretario General que velase por que se impartiese una capacitación apropiada sobre la protección, los derechos y el bienestar de los niños al personal que participara en actividades de las Naciones Unidas de establecimiento, mantenimiento y consolidación de la paz. Además, en su informe al Consejo de Seguridad sobre la protección de los civiles en los conflictos armados (S/1999/957), el Secretario General recomendaba que se designara un "Ombudsman" público para todas las operaciones de mantenimiento de la paz a fin de que conociera de todas las reclamaciones del público en general relativas al comportamiento del personal de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas. El Representante Especial está estudiando en conjunto con el Departamento de Operaciones de Paz, el UNICEF, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y otros asociados la manera de mejorar la capacidad de las Naciones Unidas y de otros agentes para aplicar las disposiciones de la resolución 1261 (1999) relativas a la capacitación.

(…)

Anexo II

INFORME SOBRE LA MISIÓN A COLOMBIA

I. OBJETIVOS Y PROGRAMA

1. El Representante Especial hizo una visita de ocho días a Colombia del 30 de mayo al 6 de junio de 1999. Los principales objetivos eran cuatro:

a) Evaluar directamente y destacar las repercusiones para los niños de los decenios de guerra civil;

b) Indicar las medidas que podrían asegurar la mayor protección de los niños afectados por la guerra;

c) Convencer a todas las partes en el conflicto de la importancia de respetar los principios y normas humanitarios;

d) Asegurar que el programa de paz haga resaltar la protección, los derechos y el bienestar de los niños.

2. Durante la visita, se reunió con el Presidente, Su Excelencia Sr. Andrés Pastrana Arango; el Vicepresidente, Sr. Gustavo Bell Lemus; el Alto Comisionado para la Paz, Sr. Víctor G. Ricardo; el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, General Fernando Tapias Stahelin y otros oficiales superiores. El Sr. Juan Manuel Urrutia, Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), acompañó al Representante Especial en varias ocasiones. El Representante Especial se reunió con el Comandante Raúl Reyes, portavoz de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), y con el Sr. Joaquín Gómez, de las FARC, en la zona desmilitarizada al sur del país. En el municipio de Apartado, se reunió con el Comandante de la XVII Brigada, General Martín Orlando Carreño, y en Medellín con el Comandante de la IV Brigada, General Herrera. En Medellín también se reunió con Monseñor Alberto Giraldo, Presidente de la Conferencia Episcopal, y con representantes de las secciones regionales de la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO) y la Asociación Nacional de Industriales (ANDI). Se había programado una reunión con otro grupo armado, el Ejército de Liberación Nacional (ELN), que el Representante Especial canceló cuando el Gobierno interrumpió todo contacto con el ELN a raíz del papel de éste en el secuestro de unas 140 personas en la iglesia de Santa María en Cali el 30 de mayo.

3. Durante su visita, el Representante Especial sostuvo conversaciones con el equipo de las Naciones Unidas en el país, organizaciones no gubernamentales internacionales y nacionales, grupos de la comunidad, organizaciones sociales, la Iglesia Católica, la comunidad empresarial y otros componentes de la sociedad civil. También se reunió con representantes de la comunidad diplomática en Bogotá y los representantes del CICR y la Comisión Europea.

4. Llegó a Bogotá el 30 de mayo y, durante los dos primeros días, recibió información del equipo de las Naciones Unidas en el país, las organizaciones no gubernamentales y representantes gubernamentales. Pasó todo el día 1º de junio visitando diversas comunidades de desplazados por la violencia que viven en campamentos y zonas de reasentamiento en los municipios de Apartado y Turbo, así como en la "comunidad de paz" de San José de Apartado, en la región de Urabá en la parte noroccidental del país. De Apartado se dirigió a Medellín (Antioquia), en donde el 2 de junio se reunió con los representantes del proyecto "Fomentando una cultura de coexistencia pacífica en el barrio Antioquia" y fue informado por los jóvenes residentes de la comunidad urbana de Antioquia/Trinidad de sus tentativas de interrumpir los ciclos de violencia. El Representante Especial se reunió con niños ex combatientes y otros niños que necesitaban protección y servicios organizados en el Hogar Laura Vicuña, institución residencial que forma parte del sistema nacional de bienestar de la familia. Sostuvo conversaciones con la comunidad empresarial, el mando militar regional y las autoridades municipales. Esa misma tarde, al sur de Bogotá el Representante Especial visitó el municipio marginado (desfavorecido socioeconómicamente) de Soacha, en donde viven unos 50.000 desplazados. Al día siguiente se reunió con representantes de las FARC en La Machaca, cerca de San Vicente del Caguán en la zona desmilitarizada; lo acompañaba el Dr. Víctor G. Ricardo, Alto Comisionado para la Paz, quien había organizado la reunión con las FARC. El 4 de junio, el Representante Especial se reunió con el Presidente Pastrana y altos funcionarios gubernamentales en Bogotá. Pasó el 5 de junio en Quibdó, principal ciudad del departamento del Chocó, uno de los departamentos más pobres de Colombia en donde vive un número desproporcionadamente grande de desplazados, en compañía de la Senadora Piedad Córdoba, quien apenas el día anterior había sido liberada por secuestradores paramilitares.

5. El Sr. Francesco Vincenti, Coordinador Residente de las Naciones Unidas en Colombia, el Sr. Carel de Rooy, representante del UNICEF en Colombia, representantes del ACNUR y de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, el Sr. Andrés Salazar, del Departamento de Asuntos Políticos, y las Sras. Ilene Cohn y Johanna Brismar Skoog, oficiales de programa de su Oficina acompañaron al Representante Especial durante toda la visita. La Sra. Catherine von Heidenstam, Presidenta del Grupo de Trabajo encargado de elaborar un proyecto de protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en los conflictos armados, estuvo presente durante los primeros cuatro días del programa.

II. ANTECEDENTES

A. Sinopsis del conflicto y del papel de las Naciones Unidas

6. El conflicto armado entre guerrillas de izquierda, fuerzas armadas gubernamentales y grupos paramilitares ha durado más de 40 años en Colombia. Caracterizado como de "baja intensidad", el conflicto ha afectado desproporcionadamente las zonas apartadas y los campesinos, pero relativamente poco la vida en los principales centros urbanos.

7. Con todo y con eso, Colombia es uno de los países más violentos del mundo. Cada año más o menos 30.000 personas mueren violentamente. Pese a que sólo una parte de esta cifra es atribuible directamente al conflicto armado, la lucha persistente ha contribuido a crear un clima de violencia generalizada y ciclos viciosos de venganza. El propio conflicto se ha complicado y tomado diversos aspectos. Además de los decenios de lucha entre los grupos guerrilleros y las fuerzas oficiales, ha contribuido aún más a la "cultura de violencia", en la que se han hecho un lugar común niveles extraordinarios de temor e impunidad, la más reciente adición de paramilitares y grupos criminales involucrados en el narcotráfico y otras actividades ilícitas.

8. Aún más recientemente, sin embargo, la intensificación de la violencia, en particular los actos cometidos por grupos paramilitares, ha puesto de manifiesto aún más la necesidad de encontrar una solución negociada, como han demostrado las expresiones de extenso apoyo a la paz. Después de varios intentos fallidos de poner término al conflicto, el actual Gobierno de Colombia respondió adoptando la posición de que una solución negociada es el único medio de alcanzar la paz en el país. Con este objeto, el Gobierno de Pastrana ha creado una zona desmilitarizada del tamaño de Suiza, sacando todas las fuerzas militares y de policía de una zona selvática al sur de Bogotá, para permitir que se celebren negociaciones con el mayor grupo guerrillero, las FARC. Del mismo modo, aunque con menos éxito, el Gobierno ha tomado medidas para entablar un diálogo con el ELN.

9. Las Naciones Unidas no cumplen un papel político en Colombia y las partes en el conflicto han expresado el deseo de que el proceso de paz siga teniendo un carácter nacional. Las Naciones Unidas apoyan las actividades del Gobierno para encontrar una solución negociada del prolongado conflicto. Los programas del equipo de las Naciones Unidas en el país prestan asistencia humanitaria y asistencia para el desarrollo. Las actividades del ACNUR (desde enero de 1999) están limitadas a la coordinación en materia de derechos humanos y asistencia a desplazados internos. Las actividades de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, creada en 1999, incluyen vigilar la situación de derechos humanos para asesorar a las autoridades colombianas acerca de la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas de promoción y protección de los derechos humanos en la situación de violencia y conflicto armado interno.

B. Consecuencias del conflicto para los niños

10. Durante su visita, el Representante Especial fue testigo de hasta qué punto el conflicto ha afectado desproporcionadamente a los niños y observó el modo particular en que los últimos 40 años de violencia han infligido pérdidas a los niños colombianos. Son víctimas, testigos y a veces autores de actos de extrema violencia. Cada vez más participan en el combate como integrantes de los diversos grupos armados. Ya por falta de mejores posibilidades ya como consecuencia del alistamiento forzoso, esos niños ya no tienen infancia. Los niños ex combatientes están expuestos a la detención y prisión, así como a represalias y amenazas si deciden abandonar un grupo armado.

11. La violencia crónica contra los niños en Colombia ha tenido muchos efectos inicuos, como niveles alarmantes de prostitución infantil, enfrentamientos entre pandillas, violencia en el hogar, maltrato y abandono, narcodependencia y un elevado número de niños de la calle que con frecuencia son víctimas de la "depuración social" -la matanza de personas o grupos socialmente marginados, en particular. Sin duda, la exposición a una violencia crónica y prolongada produce resultados psicosociales negativos en los niños y ha contribuido al empeoramiento de las estructuras sociales de que dependen. Al Representante Especial le causó una gran impresión y emoción la increíble inteligencia, alegría, curiosidad y ansia de aprender de los niños que encontró, a pesar de sus intolerables circunstancias.

III. VISITAS SOBRE EL TERRENO

A. Turbo

12. Durante su permanencia en Urabá, región que bordea el golfo del mismo nombre en el mar Caribe en el departamento septentrional de Antioquia, el Representante Especial visitó un asentamiento temporal de personas desplazadas a causa del conflicto. El campamento, cercano a la ciudad de Turbo, al principio albergaba a unas 3.500 personas que habían huido de su hogar en el cercano departamento del Chocó en febrero de 1997. Pese a que algunas se habían trasladado a otros sitios, las 2.000 que quedaban en la comunidad habían compartido un estadio deportivo como lugar para dormir por más de dos años en espera de condiciones favorables de seguridad para regresar a sus zonas de origen. Grupos eclesiásticos y organizaciones no gubernamentales, en gran medida, prestaban los servicios sumamente limitados disponibles en el campamento. La comunidad se quejaba de las escasas posibilidades de higiene y tratamiento médico básico y de la falta de maestros. La falta de documentos, el temor y la discriminación suelen provocar la denegación a los niños desplazados de las posibilidades de aprender y del material didáctico. Algunos de los desplazados en Turbo no querían dar detalles de las circunstancias de su desplazamiento, al parecer por temor a comprometer su seguridad hasta en el propio campamento. El Representante Especial recibió denuncias de actos de violencia contra los desplazados por personas de fuera del campamento.

B. San José de Apartado

13. En Urabá, el Representante Especial también visitó la pequeña comunidad de San José de Apartado, una de las autodenominadas "comunidades de paz" que profesan la neutralidad en el conflicto para evitar la violencia de las guerrillas o los grupos paramilitares. Se informó al Representante Especial de esta admirable y valiente iniciativa que, desafortunadamente, no siempre ha sido respetada por los distintos grupos armados. A medida que el Representante Especial se paseaba por las modestas calles empedradas del pueblecito, el dirigente de la comunidad señaló el lugar en que las fuerzas paramilitares habían dado muerte a varios residentes unos meses atrás. También oyó el horrendo relato de secuestro y muerte de los padres de tres niños. La comunidad de San José pidió que el Representante Especial transmitiera a los distintos grupos en conflicto su petición de que se respete su neutralidad. El aislamiento de la comunidad y la distancia de toda autoridad del Estado solían dejarlos a merced de los distintos grupos armados; los dirigentes de la comunidad exhortaron a las autoridades colombianas a asegurar el respeto de su neutralidad y a tomar medidas para garantizar su seguridad y establecer oficinas gubernamentales en las comunidades de paz.

C. Medellín

14. El Representante Especial visitó la necesitada comunidad urbana, antiguamente asolada por la violencia, de Antioquia/Trinidad, en el centro de Medellín, donde se reunió con un grupo de jóvenes que se habían organizado para liberar a sus comunidades del azote de los enfrentamientos entre pandillas, tan común en las zonas urbanas en que abundan las armas ligeras y el narcotráfico. Explicaron que sólo en 1997 unos 200 jóvenes de su propia comunidad habían muerto violentamente, en su mayoría a manos de otros jóvenes. Estos jóvenes habían elaborado mecanismos para negociar una solución al conflicto y en algunos casos habían conseguido concertar "acuerdos de no agresión" entre pandillas. Se informó al Representante Especial de que gracias a ello ningún joven había muerto como consecuencia de la violencia entre pandillas en 1998. El Representante Especial también se enteró de la intención de las autoridades municipales de apoyar y ampliar esas iniciativas en el "marco estratégico para la construcción de la paz en Medellín (Colombia)" a cargo de la Oficina de Paz y Coexistencia Social de Medellín. En el centro de Medellín, el Representante Especial tuvo la oportunidad de visitar un centro de rehabilitación para muchachas adolescentes, administrado por las autoridades locales. Muchas de las niñas habían estado en pandillas callejeras, sufrido abuso sexual o sido prostitutas y a menudo eran adictas a diversas sustancias. Algunas también habían combatido en las guerrillas o los grupos paramilitares.

D. Soacha

15. En el municipio de Soacha, en las afueras de Bogotá, el Representante Especial visitó El Oasis y El Progreso, dos barriadas de la comunidad de Los Altos de Cazucá, refugio de aproximadamente 50.000 desplazados. Algunas personas le informaron de que se habían desplazado por las amenazas de los grupos rebeldes de reclutar adolescentes, la situación general de inseguridad y el enfrentamiento entre grupos paramilitares y las guerrillas. La escolarización era un problema particular. En una de las barriadas en que estuvo el Representante Especial, 6 maestros voluntarios daban clase a 375 niños en una escuela construida por voluntarios de la comunidad que tenía un solo cuarto de baño. El espacio limitado y el precio prohibitivo de la matrícula (15 dólares de los EE.UU. por familia por año) y el uniforme obligatorio contribuían a que muchos niños no fueran a la escuela.

D. Quibdó

16. El Representante Especial pasó una buena parte de un día en la ciudad de Quibdó, en el departamento del Chocó, fronterizo con Panamá, a invitación de la Senadora Piedad Córdoba, Presidenta de la Comisión Senatorial de Derechos Humanos y conocida defensora de los derechos humanos que había sido secuestrada por las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) inmediatamente antes de la llegada del Representante Especial a Colombia y puesta en libertad el día antes de su visita a Quibdó. El Chocó es rico en recursos naturales, pero desde hace mucho tiempo es el escenario de rudos enfrentamientos y ha habido muchas denuncias de corrupción general. Tiene una de las mayores poblaciones de desplazados internos; así como la mayor población afrocolombiana del país. La Senadora Córdoba y el Representante Especial se reunieron con mujeres de una comunidad que había estado ocupando ilegalmente un solar vacío. Visitaron una comunidad hospedada en el coliseo municipal en condiciones de extrema pobreza y peligrosa falta de higiene. Las personas dormían sobre el mismo concreto, sin poder cocinar o asearse. Las comunidades en que estuvo el Representante Especial habían sido desplazadas durante la misma ola de violencia que provocó la huida de las personas con quienes se había reunido en Turbo. Sus horrendas condiciones fueron las peores que observó durante su misión y las personas con quien se reunió hablaron airadamente de lo que consideraban indiferencia ante sus dificultades. El Representante Especial también se reunió con el Gobernador del Chocó y otros altos funcionarios. Salvo por Save the Children/UK, casi no había ninguna presencia internacional. La comunidad manifestó su exigencia de volver a sus pueblecitos en condiciones de seguridad y habló amargamente de ser "invisible" y de la negativa de la comunidad internacional de hacer frente a sus dificultades.

IV. COMPROMISOS Y RESULTADOS

A. Conversaciones con el Gobierno

17. Durante sus conversaciones con el Presidente de Colombia, Sr. Andrés Pastrana Arango, el 4 de junio, el Representante Especial:

a) Planteó la cuestión del alistamiento de menores de 18 años. El Gobierno respondió anunciando una nueva política, que entraría en vigor de inmediato, de no alistar a menores de 18 años y de iniciar el proceso de adaptación de la legislación correspondiente.

b) Manifestó su preocupación por las denuncias de empleo de minas terrestres. El General Tapias Stahelin, Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, explicó que el Gobierno restringía su empleo a la defensa de instalaciones vitales y que era difícil que impidiera que las utilizaran los grupos de oposición. El Presidente Pastrana informó al Representante Especial de que el Gobierno estaba estudiando la posibilidad de ratificar la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción. Entre tanto, el Representante Especial recomendaba que todas las partes se abstuviesen de emplear minas terrestres.

c) Pidió que en las políticas y programas el Gobierno diera prioridad a los intereses de los niños, asignara los importantes recursos necesarios y fortaleciera las instituciones pertinentes local y regionalmente. El Presidente Pastrana aprovechó la oportunidad para dar instrucciones al Director del ICBF, Sr. Juan Manuel Urrutia, quien estaba presente en la reunión, de volver a examinar la asignación de los recursos del Instituto habida cuenta de las preocupaciones que el Representante Especial expresó.

d) Rogó que el Gobierno proveyera a las necesidades urgentes de las comunidades de desplazados, especialmente en materia de salud, educación, higiene, vivienda, abastecimiento de agua, empadronamiento y oportunidades económicas. El Gobierno también debía asegurar la protección física de los desplazados y crear condiciones para su retorno o reasentamiento. El Presidente Pastrana indicó que su Gobierno colaboraba estrechamente con la Red de Solidaridad Social, organismo gubernamental de asistencia social, para atender a las necesidades urgentes de los desplazados y que seguiría tratando de conseguir el apoyo y asesoramiento de las Naciones Unidas a este respecto.

e) Instó al Gobierno a abordar la cuestión de la impunidad y a tomar las medidas necesarias para impedir e investigar las violaciones de las normas humanitarias y de derechos humanos, en particular las violaciones contra las poblaciones civiles y los defensores de los derechos humanos, y asegurar el procesamiento de los autores de las violaciones.

B. Conversaciones con las FARC

18. Durante su reunión con el Comandante Raúl Reyes, portavoz de las FARC, y el Sr. Joaquín Gómez en la zona desmilitarizada cerca de San Vicente el 3 de junio, el Representante Especial:

a) Instó a las FARC a respetar en el combate los principios y normas humanitarios.

b) Subrayó la importancia y la urgencia de lograr una solución política del prolongado conflicto. El Comandante Reyes accedió, pero sostuvo que algunos sectores políticos seguían firmemente opuestos a una solución negociada.

c) Rogó a las FARC que dejaran de reclutar y utilizar a niños. Los dirigentes de las FARC explicaron que habían alistado a algunos jóvenes para protegerlos. Las FARC aceptaron y anunciaron que en adelante no aceptarían ni reclutarían menores de 15 años; más tarde, las FARC confirmaron esta promesa en un comunicado dado a la publicidad.

d) Instó a las FARC a desmovilizar todos los menores. Las FARC manifestaron su disposición de examinar con las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales pertinentes un proceso y un marco para la posible desmovilización y rehabilitación de menores de 15 años.

19. Durante las conversaciones, surgió la idea de un mecanismo para que las Naciones Unidas continuasen su empeño en materia de asistencia humanitaria y protección. El Sr. Víctor G. Ricardo, Alto Comisionado para la Paz, sugirió que un proyecto de desarrollo general, en marcha, que abarcaba cuestiones del medio ambiente, la salud, la educación y el desarrollo duradero, podría servir de modelo para la cooperación con las Naciones Unidas en la zona desmilitarizada. Se acordó que se establecería una fuerza tripartita, compuesta de representantes gubernamentales, de las Naciones Unidas y de las FARC, para abordar las necesidades humanitarias urgentes en la zona desmilitarizada, haciendo especial hincapié en las necesidades de los niños y las mujeres. Se está estudiando un proyecto piloto con este propósito para la comunidad de Río Lozada Guayabero en la parte meridional de la zona desmilitarizada.

20. El significado de la reunión con los dirigentes de las FARC reside en que por primera vez las Naciones Unidas han entrado en contacto directo, de muy alto nivel, con las FARC, con relación a cuestiones de principios y normas humanitarios y las FARC han reaccionado positivamente.

C. Incorporar al programa de paz la protección, los derechos
y el bienestar de los niños

21. En las conversaciones con el Gobierno y las FARC, ambas partes decidieron asignar una alta prioridad a la protección, los derechos y el bienestar de los niños en el programa de paz y durante el proceso de consolidación de la paz.

D. Sociedad civil colombiana

22. Coalición para la protección de los niños colombianos. Al final de la visita del Representante Especial, se estableció una coalición amplia de miembros del equipo de las Naciones Unidas para el país, las organizaciones no gubernamentales, representantes de la sociedad civil y otros agentes fundamentales para coordinar y elevar el perfil de las actividades destinadas a abordar los derechos de los niños afectados por la guerra en Colombia.

23. El proyecto "La Voz de los Niños". El Representante Especial propuso crear una emisora o programas de radio dedicados principalmente a las necesidades de los niños en Colombia. Ello serviría para dar expresión a sus problemas, educar y entretener a los niños, y promover la tolerancia y la solución pacífica de los conflictos. El Representante Especial instó a los poderosos y muy bien organizados medios de información colombianos a apoyar el proyecto.

24. La comunidad empresarial. El Representante Especial se reunió en Medellín con miembros de la comunidad empresarial nacional y la instó a sumarse al sistema de las Naciones Unidas, los organismos gubernamentales y las organizaciones no gubernamentales para ofrecer oportunidades económicas a la juventud, cuya incapacidad de participar en la vida económica de la nación los lleva hacia los grupos armados, las pandillas urbanas, la prostitución u otras actividades peligrosas. Los dirigentes empresariales explicaron que diversos grupos armados habían interpretado que sus actividades para hacer frente a las necesidades socioeconómicas de sus trabajadores debilitaban el autoproclamado papel de únicos defensores de los pobres de los grupos armados. En consecuencia, habían sido clasificados de objetivos militares. Se había obligado a los empresarios a pagar tasas de guerra y habían sido objeto de amenazas, actos de violencia contra personas y bienes, y secuestros. No obstante, seguían invirtiendo en el adelanto de la mano de obra y considerarían la posibilidad de ejecutar proyectos concretos en sus regiones para beneficio de los niños y los desplazados internos.

25. El equipo de las Naciones Unidas para el país. El Representante Especial instó al equipo de las Naciones Unidas para el país a:

a) Atender algunas de las necesidades más básicas de las comunidades de desplazados en Colombia;

b) Centrar su asistencia humanitaria y asistencia para el desarrollo en la población más vulnerable: los desplazados internos, las mujeres y los niños;

c) Recomendar asegurar que el programa de paz haga resaltar la protección, los derechos y el bienestar de los niños.

26. La comunidad internacional. El Representante Especial instó a los gobiernos donantes y a otros gobiernos especialmente interesados en el proceso de paz en Colombia a:

a) Considerar la posibilidad de hacer explícita su propuesta de brindar constante apoyo económico y técnico a los programas para atender las necesidades de los niños afectados por la guerra y las que han surgido como consecuencia del proceso de paz;

b) Ejercer presión política sobre las diversas partes en el conflicto para ayudar a asegurar que respeten las normas mínimas de derecho humanitario pertinentes a los niños y la población civil en general;

c) Recomendar que se asegure que el programa de paz haga resaltar la protección, los derechos y el bienestar de los niños.

V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

A. Situación de las comunidades de desplazados internos

27. Colombia tiene una de las más numerosas poblaciones de desplazados internos en el mundo, víctimas de la guerra o de la "limpieza de la tierra". La mayoría de los aproximadamente 1,2 millones de personas forzosamente desplazadas dentro del país en el último decenio son niños. La mayor parte de esas personas han huido hacia centros urbanos en que han sido obligadas a vivir en comunidades periféricas en apuros. Por no estar inscritos ni documentados se deniegan a muchos niños desplazados derechos y servicios fundamentales como escuelas, salud y condiciones de vida sanas. A menudo su único plantel son aulas improvisadas.

28. En Colombia las comunidades de desplazados en gran medida están solas. Aparte de algunas organizaciones no gubernamentales y la Iglesia Católica, el Gobierno y la comunidad internacional casi no ayudan a las comunidades que el Representante Especial visitó en Soacha, Turbo y Quibdó. El Representante Especial instó al Gobierno de Colombia, los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales a dar prioridad a la protección y asistencia de los desplazados y aplicar los Principios Rectores de los desplazamientos internos. La visita del Representante Especial se produjo inmediatamente después de la del Sr. Francis Deng, Representante del Secretario General sobre los desplazados internos, con cuyas recomendaciones para mejorar la situación de estas personas en Colombia coincide el Representante Especial. El Representante Especial acepta en particular que, si bien hay que alabar la adopción de una legislación progresista para proteger a los desplazados internos (Ley Nº 387), el Gobierno de Colombia debe dar la más alta prioridad a su cabal aplicación.

29. La situación de los desplazados internos en Colombia subraya una vez más que ha llegado el momento de que la comunidad internacional dé una respuesta más sistemática y elabore un marco para la protección y el apoyo práctico de los desplazados internos, que en su gran mayoría son niños y mujeres.

B. Protección de la población civil y de los trabajadores humanitarios

30. Se hace cada vez más evidente que la población civil está bajo el fuego de diversos grupos armados. También se hicieron al Representante Especial muchas denuncias de otras graves violaciones del derecho humanitario por la guerrilla o grupos paramilitares que gozan de impunidad. Le preocuparon especialmente la intimidación sistemática y la matanza de los defensores de los derechos humanos y de los derechos del niño. Transmitió la profunda preocupación de la comunidad internacional por la protección de la población civil en pleno conflicto armado, en particular la de las personas más vulnerables -niños, desplazados y mujeres.

C. Secuestros políticos

31. El rapto por motivos políticos o económicos se ha vuelto crónico en Colombia. Dado el número de recientes secuestros políticos, el Representante Especial hizo varias declaraciones públicas para condenar firmemente la toma de rehenes como un medio de librar la lucha política, pidió la liberación de todos los rehenes y destacó particularmente la difícil situación de los niños a este respecto. En todas sus reuniones y declaraciones públicas, transmitió el rechazo de la comunidad internacional del secuestro como un acto que aterroriza a las comunidades, estigmatiza a los secuestradores y al fin y al cabo perjudica sus causas, y condenó firmemente al ELN por no liberar de inmediato a varios niños de entre los feligreses secuestrados el 31 de mayo.

D. Las necesidades de los niños en situaciones de conflicto prolongado

32. Colombia es uno de muchos países presa de un conflicto prolongado y una insegura transición hacia la paz. Los donantes y las instituciones multilaterales suelen estar poco dispuestas o no poder colmar esta "laguna entre el socorro y el desarrollo" que a menudo se caracteriza por la falta de fondos. Eso significa que por muchos años tal vez no puedan atenderse sistemáticamente las necesidades de los niños colombianos. No hay que esperar hasta alcanzar una paz firme para proteger a los niños. Hay que ajustar la política imperante de asistencia para el desarrollo de modo que se atiendan eficazmente las necesidades a largo plazo de los niños colombianos, especialmente los desplazados internos, en materia de salud, educación, reasentamiento y rehabilitación.

E. Final del conflicto y justicia social

33. Durante su visita a Colombia, impresionó profundamente al Representante Especial la aspiración palpable y casi universal de paz y justicia social. Con todo y con eso, está claro que sólo en condiciones de paz el pueblo colombiano podrá hacer frente a las cuestiones fundamentales, justicia social e inclusión en la sociedad.