Según informaciones recogidas por la Oficina, el señor López López fue secuestrado el 11 de abril de 2002, en cercanías de la población quindiana de Quimbaya, por una banda de criminales comunes que lo entregó posteriormente al ELN.
La Oficina desea precisar que la muerte del doctor López López mientras se encontraba en poder de sus captores no puede ser presentada por el ELN ni como “un error” ni como “un accidente del conflicto”. El hecho de secuestrar a una persona para mantenerla retenida como rehén constituye una grave infracción del derecho internacional humanitario. En el caso del ex Gobernador la situación resulta aún más cruel si se tienen en cuenta su avanzada edad y su mal estado de salud.
La Oficina recuerda al ELN y a los demás grupos armados ilegales que las normas del ordenamiento humanitario por las cuales se prohíbe la toma de rehenes son, en cualquier tiempo y lugar, de obligatoria observancia para todos aquellos que participan directamente en las hostilidades dentro del conflicto armado interno.
La Oficina también recuerda que en su último informe sobre Colombia la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos instó a los jefes y demás integrantes del ELN, y de los otros grupos armados ilegales, a abstenerse de la práctica inaceptable del secuestro, y a liberar de inmediato, sanas, salvas y sin condiciones, a todas las personas tomadas como rehenes.
Al condenar y lamentar la muerte del doctor Ancízar López López, la Oficina hace llegar su voz de condolencia y solidaridad a los familiares del distinguido ciudadano y a las autoridades y al pueblo del departamento del Quindío.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2005/09/cp0546.pdf