Skip to main content

La Corte Constitucional aprobó hace una semana el proyecto de ley sobre acceso a la información pública. Esta ley fue promovida por la Alianza Más Información, Más Derechos, conformada por Transparencia por Colombia, la Fundación para la Libertad de Prensa, Dejusticia, el PAN y Ocasa, y contó con el apoyo del Gobierno y de un grupo de congresistas.

Si bien aún no se conoce el texto de la sentencia, lo que ha trascendido a los medios de comunicación permite avizorar que finalmente el país va a contar con un completo marco legal que garantiza el derecho de acceder a la información pública. Como su nombre lo indica, se trata de información que por su origen y su naturaleza es un bien que nos pertenece a todos, y como tal no puede ser utilizado para beneficio de unos pocos, para abusar del poder y para perpetuar privilegios, como sucede con mucha frecuencia en Colombia. Los ciudadanos van a ser los mayores beneficiarios de esta ley, que elimina muchas barreras innecesarias y obsoletas que se interponen entre ellos y el Estado, que entorpecen la posibilidad de hacer respetar derechos fundamentales y de obtener servicios públicos de calidad. Pero también se va a reflejar en una mejor gestión pública.

Cuántas veces no escuchamos a funcionarios quejarse por la falta o deficiencia del sustento informativo que se requiere para tomar decisiones acertadas y oportunas, o justificar actuaciones equivocadas o violatorias de otros derechos sustentadas en información “reservada” o con el argumento de que se pone en riesgo la seguridad nacional. Esta ley puede significar además un gran avance en la lucha contra la corrupción, en la medida en que la opacidad y la cultura del secreto, junto con la impunidad, son sus mejores aliados.

La sentencia de la Corte es la primera etapa de un largo camino que seguramente no estará exento de obstáculos y de intentos por limitar sus alcances.
Una de las primeras tareas del Gobierno es diseñar e implementar una política pública sobre la materia. Esto pasa por la necesidad de fortalecer las capacidades institucionales y de actores estatales, de organizaciones de la sociedad civil, periodistas y medios de comunicación, y del sector privado, para la promoción y garantía del acceso a la información. Es decir, de quienes tienen la obligación de producir y entregar proactivamente información pública, que no se limita solamente al Estado y a sus funcionarios, sino a quienes manejan recursos y prestan servicios públicos. Y de quienes la van a solicitar, que deben apropiarse de sus derechos, para saber para qué sirve la información, a quién y cómo la deben pedir, y para monitorear su cumplimiento.

En segundo lugar, se debe concretar el órgano garante del derecho de acceso a la información y dotarlo de los medios para hacerlo, tal como lo han hecho Chile o México, con el Consejo de la Transparencia o el Instituto Federal de Acceso a la información (IFAI), respectivamente.

La declaratoria de constitucionalidad de esta ley es el primer paso para derribar barreras que han privilegiado el secreto sobre la transparencia y para abrir las compuertas a una sociedad que reconozca en la información un bien público, y en su acceso, un derecho.


http://www.elespectador.com/opinion/columna-422250-el-derecho-de-acceso-informacion-publica

Leave a Reply