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Una sentencia controversial

By 14 de noviembre de 2013No Comments
La justicia ha compensado inequidades del sistema de salud. Pero en esta instancia no es infalible, y algunos fallos, como el de infecciones hospitalarias, pueden resultar costosos para el sector.

Nadie pone en duda el valor que ha tenido la mediación de los jueces para muchos colombianos con problemas de salud, que a diario deben lidiar con el sistema. Aun cuando ese no tendría que ser su papel, con sus fallos sí han garantizado el acceso de muchas personas a los servicios sanitarios.

Sin embargo, una reciente sentencia del Consejo de Estado, mediante la cual se reconoció una indemnización, a manera de reparación, a la familia de un niño que sufre las secuelas de una severa infección adquirida en un hospital, prendió el debate sobre hasta dónde deben llegar los jueces en asuntos como estos.

Los alcances de dicho fallo, calificado de trascendental y sin precedentes, han llenado de preocupación a hospitales, médicos y especialistas, ya que dictamina que todas las infecciones que se producen dentro de estas instituciones son prevenibles y controlables, y deja en sus manos la responsabilidad de adoptar medidas para evitarlas.

El alto tribunal da por sentado que estas entidades tienen algún tipo de culpa en el origen de procesos infecciosos que afectan a sus usuarios, y que están obligadas a demostrar, si se presenta el caso, que ellas no son las responsables. En otras palabras, el Consejo de Estado modifica una de las bases capitales del derecho, según la cual nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, e invierte la carga de la prueba en contra de las instituciones, a favor de los pacientes, lo que no sería malo, de ajustarse al rigor conceptual.

En este punto, voces autorizadas, como la de la Asociación Colombiana de Infectología (Acin), han dicho, soportadas en evidencia científica, que las infecciones de esta clase no son del todo prevenibles; de hecho, aunque puede reducirse su incidencia, no es posible, ni siquiera en los escenarios más desarrollados, llevarlas a cero.

De acuerdo con los infectólogos, el fallo es equivocado porque desconoce verdades sabidas y aceptadas en el plano epidemiológico, como que la mayoría de los factores que desencadenan una infección intrahospitalaria son inmodificables. Entre ellos se cuentan desde la edad y condición de salud de un paciente, hasta el tipo de herida y el procedimiento al que debe someterse para tratarlo.

La sentencia, tal como está, obligaría a hospitales y a médicos a abstenerse de recurrir a tratamientos y al uso de herramientas que pueden salvar la vida de la gente, aun cuando conlleven riesgos de infecciones nosocomiales, que, se estima, afectan a entre el 2,5 y el 3,5 por ciento de las personas atendidas en hospitales. El dilema ético que se genera para los médicos es de dimensiones insospechadas: si un procedimiento comporta un riesgo de infección, por la que pueden ser responsabilizados el profesional y el hospital, claramente entra en juego la posibilidad de no practicarlo, aun cuando resulte benéfico para el paciente. La otra opción es que se inviertan esfuerzos y recursos tendientes a demostrar que la eventual infección no fue causada por factores institucionales. Vale preguntarse: ¿cuántos estarán dispuestos a correr el riesgo?

Los expertos en derecho médico lanzan una advertencia delicada: nadie va a querer atender a una persona que potencialmente pueda contraer una infección, si va a terminar respondiendo por ella.

La justicia ha compensado algunas inequidades del sistema. Pero en esta instancia no es infalible, y algunos fallos pueden resultar costosos para el sector, algo apenas lógico si se tiene en cuenta que son generados por juristas y no por el conocimiento médico, como debería ser.

www.eltiempo.com/opinion/editoriales/editorial-una-sentencia-controversial-editorial-_13188617-4
 

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