La Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en la vispera del proximo paro del dia 31 de agosto de 1999, considera oportuno recordar el derecho a la libertad sindical y a las manifestaciones y ejercicio de la misma, como un principio internacionalmente reconocido en varios tratados de derechos humanos.
Si bien la Oficina no se pronuncia sobre la pertinencia o legalidad de los reclamos laborales y sociales que dan origen al paro del día de mañana, desea señalar que el derecho de huelga es un derecho legítimo que debe a su vez ser ejercitado dentro de un marco de respeto por la opinion y el derecho de los demás, tanto en sus acciones relacionadas con la adhesion a esta convocatoria como a la no adhesión.
Asi mismo, el Estado, como garante de los derechos fundamentales de sus ciudadanos, tiene la responsabilidad de adoptar las medidas apropiadas que aseguren una eficaz prevención de actos violentos y la protección de las personas que participen o no en dicho paro.
En este sentido, la Oficina desea hacer un llamamiento a todas las personas e instituciones colombianas para evitar hechos u acciones que pongan en peligro la vida y la seguridad de los demas, asumiendo un compromiso de respeto y tolerancia que permita una jornada pacifica y democratica de expresión de los diferentes sectores de la sociedad nacional.