En su decisión, el alto tribunal consideró que la Constitución Política de 1991 establece que Colombia es un país laico, hecho por el cual se debe respetar los otros credos y religiones de las personas que reciban dichos discursos o decisiones.
«Los jueces deben administrar justicia con base única y exclusivamente en el derecho, pues es esa actitud la que hace que en un Estado impere la ley y no los pareceres de las autoridades públicas, es decir, lo que define que en un Estado gobierne el derecho y no los hombres», precisa uno de los apartes del fallo.
El fallo de la Corte hace referencia a un juzgado de la ciudad de Cali que presentó en una sentencia una cita bíblica del libro del Éxodo, en la que manifestaba: Tratándose de justicia, no favorecerás ni siquiera al pobre.