Las víctimas de la masacre eran labriegos que habían retornado a la zona después de haber sido desplazados de ella por miembros de las FARC-EP, este grave hecho viola el artículo 17 del Protocolo II adicional de los Convenios de Ginebra, sobre derecho internacional humanitario, DIH. Las informaciones señalan también que los autores del crimen manifestaron haber dado muerte a los siete campesinos porque éstos regresaron al lugar “sin su permiso”.
La matanza del 10 de julio provocó el desplazamiento forzado de por lo menos 80 personas que vivían en la vereda Samaná, las cuales han buscado protección en el casco urbano de San Carlos. Con este nuevo desplazamiento se ha producido otra infracción del DIH por parte de esta guerrilla.
La Oficina recuerda nuevamente a las FARC-EP que el homicidio en personas protegidas, como los integrantes de la población civil, constituye una grave infracción del derecho internacional humanitario. La Oficina recuerda también a las FARC-EP que todas las personas víctimas de desplazamiento interno tienen derecho a regresar voluntariamente, de manera segura y digna, a su hogar o a su lugar de residencia. Este derecho les ha sido expresamente reconocido por los Principios Rectores de los desplazamientos internos, proclamados desde 1998.
La Oficina pone de presente que estos principios no sólo obligan a las autoridades, sino que ellos también deben ser cumplidos por cualquier persona o grupo de personas, independientemente de su condición jurídica.
La Oficina expresa su solidaridad con los familiares de las víctimas de la masacre y con los hombres, mujeres y niños desplazados de sus tierras.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/07/cp0423.pdf