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Comunicados

Firmado Convenio de Cooperación con el Senado de la República

By 18 de diciembre de 2002diciembre 13th, 2021No Comments
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos firmó, en la mañana de hoy, un convenio de cooperación con el Senado de la República de Colombia.

El objetivo de este convenio es asesorar a los congresistas en materia de protección y defensa de derechos humanos y de derecho internacional humanitario y, de esta manera, apoyarlos para que la lesgilación sea respetuosa de estas normas.

El convenio se desarrollará por medio de asesoría técnica y de acuerdo con las normas internacionales con las cuales se ha comprometido el Estado colombiano.

El convenio se estableció según el Acuerdo celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que le otorga a su Oficina en Colombia el mandato de:

“1.Asesorar a las autoridades colombianas en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para la promoción y protección de los derechos humanos, en el contexto de violencia y conflicto armado interno.

2. Asesorar al poder legislativo y velar porque todo proyecto de ley en materia de derechos humanos sea respetuoso de los instrumentos internacionales en la materia.

3. Velar porque las recomendaciones y decisiones formuladas por los órganos internacionales de derechos humanos sean consideradas por las entidades públicas que tienen atribuciones y responsabilidades al respecto”.

A continuación se anexa el Convenio Marco de Cooperación entre el Senado de la República de Colombia y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

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CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL SENADO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA OFICINA EN COLOMBIA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS

El Senado de la República de Colombia y la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

CONSIDERANDO

Que conforme al artículo 57 de la ley 5 de 1991 corresponde a la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias del Senado la defensa de los derechos humanos cuyas garantías sean vulneradas o desconocidas y la vigilancia y el control sobre toda autoridad encargada de velar por el respeto de los mismos.

Que el Acuerdo celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos le otorga a la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (en adelante “OACNUDH”) el mandato de: 1) Asesorar a las autoridades colombianas en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de violencia y conflicto armado interno. 2) Asesorar al poder legislativo y velar porque todo proyecto de ley en materia de derechos humanos sea respetuoso de los instrumentos internacionales en la materia 3) Velar porque las recomendaciones y decisiones formuladas por los órganos internacionales de derechos humanos sean consideradas por las entidades públicas que tienen atribuciones y responsabilidades al respecto.

Que la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República ha aprobado la firma de este convenio marco de cooperación entre el Senado y la OACNUDH.

Que conforme a la Ley 5a de 1992 el Presidente del Senado de la República es el representante legal del mismo, y como tal le corresponde la firma de convenios de cooperación institucional.

Para el cumplimiento de este convenio las instituciones partes están representadas por el Presidente del Senado de la República de Colombia, señor Luis Alfredo Ramos Botero y por el Director de la OACNUDH, señor Michael Frühling, quienes convienen lo siguiente:

CLAÚSULA PRIMERA: Del objetivo general y de los objetivos específicos

El objetivo general: Contribuir a fortalecer el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales que competen al Senado de la República y a sus diferentes comisiones, en particular a la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias, en materia de protección y defensa de los derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

Los objetivos específicos: Por este convenio marco se establece el compromiso de la OACNUDH de cooperar con el Senado de la República y con sus diferentes comisiones, en particular con la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias: i) En la promoción y difusión de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. ii) En el asesoramiento para la presentación y discusión de proyectos de ley que tengan relación con materias atinentes a los compromisos internacionales de Colombia relativos a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. iii) En el impulso de mecanismos orientados a fortalecer el conocimiento y seguimiento por parte de los legisladores de las recomendaciones internacionales hechas a Colombia en esas materias. iv) En aquellas otras actividades que ambas instituciones identifiquen como urgentes y prioritarias en el campo de los derechos humanos.

CLÁUSULA SEGUNDA: El método de trabajo

El presente convenio podrá concretarse, por iniciativa de una u otra parte, bajo la forma de asesorías, intercambio de opiniones y discusiones formales o informales sobre aquellos temas relacionados, directa o indirectamente, con los derechos humanos o con el derecho internacional humanitario que preocupen a las partes. En particular, en desarrollo del convenio cualquiera de las partes tendrá iniciativa para solicitar a la otra el estudio conjunto de los proyectos de ley a consideración del Senado.

Igualmente, el convenio podrá concretarse en proyectos de cooperación técnica que tengan por finalidad el cumplimiento de los objetivos específicos señalados en su cláusula primera. En tales proyectos se atenderán de manera particular las necesidades de la Comisión de Derechos Humanos del Senado. En cada proyecto las partes definirán, de común acuerdo, los resultados esperados, los compromisos mutuos, las fuentes y los mecanismos de financiamiento y evaluación, y los aportes materiales y humanos que a cada institución corresponderá hacer.

La Comisión de Derechos Humanos del Senado y la OACNUDH designarán sendos funcionarios para conformar un equipo técnico, que se encargará de definir y elaborar los proyectos de cooperación técnica por desarrollar dentro del marco de este convenio.

CLÁUSULA TERCERA: De las responsabilidades de las partes

Para el desarrollo de proyectos de cooperación técnica ambas partes se comprometen a determinar los aportes de cada institución, sus recíprocos compromisos, obligaciones y derechos. Tales responsabilidades quedarán recogidas en el documento básico de cada proyecto.

CLÁUSULA CUARTA: De la vigencia del convenio

El término de duración del presente convenio será de un año, contado a partir de la fecha de su suscripción, y él podrá ser prorrogado por común acuerdo de las partes.

CLÁUSULA QUINTA: De las notificaciones

Las sedes declaradas para efecto de correspondencia o notificaciones será la Presidencia del Senado ubicada en la Carrera 7ª N° 8-68 y la Dirección de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ubicada en la Calle 114 N° 9-45, Oficina 1101, Bogotá, Colombia.

EN FE DE LO ANTERIOR, se firma en Bogotá, a los dieciocho días del mes de diciembre de 2002.

LUIS ALFREDO RAMOS BOTERO
Presidente
Senado de la República

MICHAEL FRÜHLING
Director
Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y AUDIENCIAS
Senado de la República

PIEDAD CÓRDOBA RUIZ R.
Presidenta

FRANCISCO MURGUEITIO
Vicepresidente

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2002/12/cp0236.pdf


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