La Alta Comisionada dijo que tal situación había empeorado como resultado de los actos de terrorismo perpetrados desde la toma de posesión del Presidente Álvaro Uribe, el pasado 7 de agosto. La señora Robinson dijo también que ha tomado nota de la declaratoria del estado de conmoción interior, decretada por el gobierno colombiano el 11 de agosto. Asimismo reconoció el carácter legítimo de las medidas puestas a disposición de los Estados para hacer frente a graves amenazas contra la vida de sus naciones, según lo establecido en el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La señora Robinson recordó que las medidas adoptadas por los gobiernos en ejercicio de sus poderes de excepción deben ajustarse a los compromisos derivados de las normas internacionales de derechos humanos. Estas normas regulan los límites de la actuación del poder público cuando se imponen restricciones a los derechos y libertades fundamentales. Toda restricción debe estar sometida al control judicial.
La Oficina en Colombia de la Alta Comisionada seguirá cumpliendo su mandato de observación y asesoramiento con respecto a la adopción y aplicación de las medidas excepcionales.
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