Durante la clausura del Seminario: Respuestas Institucionales y Sociales frente al desplazamiente forzado
En nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos deseo comenzar con un agradecimiento a la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, Codhes, por la iniciativa de invitarnos a reflexionar sobre las respuestas institucionales y sociales que se dan en el país, a la grave y triste problemática del desplazamiento forzado.
Desde su establecimiento en el país, en abril de 1997, la Oficina ha observado con preocupación el fenómeno del desplazamiento interno, formulando recomendaciones encaminadas a prevenir los hechos que lo causan y a brindar a sus víctimas la protección y atención previstas en las normas internacionales y nacionales sobre la materia.
La Oficina deplora y condena que los grupos armados ilegales en Colombia sean quienes más infrinjan las normas humanitarias. Los frecuentes ataques y amenazas de estos grupos contra los civiles provocan muchas veces desplazamientos forzados y hacen mucho más difícil la situación en Colombia, tanto para las víctimas como para quienes desde las instituciones estatales y las organizaciones no gubernamentales trabajan por una solución eficaz.
La atención del desplazamiento forzado, una vez dado, recae sobre el Estado colombiano. Sin embargo la sociedad en su conjunto debe asumir la responsabilidad de ser veedora del tratamiento a este fenómeno, de trabajar en propuestas alternativas de prevención y atención, y de procurar el respeto y la no discriminación de las personas en situación de desplazamiento.
Durante el año 2004, con respecto al fenómeno lamentable del desplazamiento forzado, la Oficina ha observado situaciones mixtas. En el contexto nacional el número de nuevos casos de desplazamiento forzado ha disminuido, mientras la cifra global de desplazados ha aumentado, hasta alcanzar entre 2 y 3 millones de personas que lo enfrentan, según la fuente consultada.
La disminución del desplazamiento nuevo en algunas zonas del país sería el resultado de un cambio en la dinámica del conflicto armado interno motivado por el impacto de la política de seguridad y de retornos del Gobierno, la existencia de comunidades bloqueadas por los grupos armados que impiden a las personas abandonar sus territorios, y las negociaciones con los paramilitares que han propiciado un cierto cambio en la estrategia de guerra de estos grupos.
En otras regiones, por el contrario, ha aumentado el número de personas obligadas a huir como consecuencia de los enfrentamientos entre grupos armados ilegales, las agresiones de estos contra la población, como masacres y asesinatos selectivos, y en otros casos por las acciones de la insurgencia en respuesta a las acciones del Estado.
El Estado tiene el legítimo propósito de combatir a los grupos armados ilegales, recuperar el territorio y garantizar su presencia efectiva. A la vez se ha podido observar que en el desarrollado de ciertas operaciones militares se ha provocado, por ejemplo en los departamentos de Caquetá y Putumayo, un aumento del desplazamiento forzado.
Según la observación de la Oficina, la disminución que pudiera darse en el número de nuevos casos de desplazamiento forzado durante este año no debe hacernos olvidar que este fenómeno sigue registrando niveles preocupantes y que uno de los principales problemas que tiene que afrontar la población desplazada es la invisibilización de su tragedia. Por eso es de importancia este seminario y la creación de otros espacios donde se pueda analizar qué está pasando con las personas que padecen el desplazamiento forzado, y cómo puede brindárseles una atención más efectiva, y asegurar el ejercicio de sus derechos humanos.
En la práctica, el Estado tiene la tarea desafiante de lograr unas estrategias integrales donde la implementación de la política de seguridad no ponga en riesgo a la población civil, sino que resulte efectiva para su protección y la prevención del desplazamiento. Es posible que entre las propuestas surgidas durante estos tres días de seminario haya algunas que deban ser seriamente analizadas y aplicadas.
La Corte Constitucional ha desarrollado un papel fundamental en la protección y garantía de los derechos de la población desplazada. A través de sus sentencias, la Corte ha señalado las obligaciones que el Estado tiene con esta población y lo ha urgido a que la atienda.
En la importante sentencia T-025, 22 de enero de 2004, la Corte Constitucional calificó como contraria a los principios consagrados en la Constitución la respuesta estatal a la población desplazada, poniendo de manifiesto que el problema no está en el marco normativo, sino en la capacidad para convertir en realidad los objetivos e instrumentos allí consagrados.
La sentencia T-025 ordena a las autoridades cumplir lo establecido en la Constitución colombiana, y garantizar el funcionamiento regular y eficiente de las instancias establecidas para la protección de la población en desplazamiento. A partir de este fallo, el Estado ha comenzado a revisar su política de atención a la población desplazada con el fin de introducir en ella cambios que redunden en su beneficio.
Es imprescindible dotar a las entidades del Estado encargadas de la atención a la población desplazada de los recursos necesarios para atenderla con eficacia y prontitud.
Se debe resaltar que durante el año 2004 el presupuesto de la Red de Solidaridad Social aumentó y que esta entidad ha realizado importantes esfuerzos para poner al día la entrega de la atención humanitaria de emergencia. De igual forma, la Red fortaleció las Unidades de Atención y Orientación.
Iniciativas de este tipo deben seguir alentándose con el fin de encontrar soluciones duraderas y sostenibles, y políticas integrales que permitan superar las respuestas parciales de las distintas instituciones con competencias en la atención a la población desplazada.
Pasos importantes se han dado al fortalecer el papel de la Red de Solidaridad Social como coordinadora del Sistema Nacional de Atención a la Población Desplazada por la Violencia y se espera que se mantengan las asignaciones presupuestarias previstas para el 2005.
Por su parte en su informe anual el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha realizado varias recomendaciones concretas en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario. Estas recomendaciones han sido acogidas por el Estado colombiano, que se ha comprometido ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y ante la comunidad internacional a asumirlas.
Deseo mencionar algunas de las recomendaciones que tienen que ver con el tema del desplazamiento forzado y que el Alto Comisionado considera que ayudarían a mejorar la situación:
1. El fortalecimiento de la coordinación del Sistema de Alerta Temprana
2. La realización de acciones y programas de prevención y protección concertadas con las comunidades en riesgo
3. La estricta aplicación de los Principios Rectores en materia de desplazamiento
4. El desarrollo de un mecanismo legal idóneo y específico para la reubicación o retorno.
5. El cumplimiento de las recomendaciones formuladas a las autoridades colombianas por el Representante Especial del Secretario General de la ONU para los desplazados internos, y el logro de los objetivos trazados por los Principios Rectores sobre la materia.
Esperamos que las anteriores recomendaciones hayan nutrido la discusión en este seminario de evaluación de las respuestas estatales y sociales frente al desplazamiento forzado.
La Oficina reconoce que organizaciones de la sociedad civil, como CODHES y otras que hoy nos acompañan, han tenido y mantienen un rol fundamental en la visibilización del fenómeno del desplazamiento y en la búsqueda de soluciones adecuadas.
El Gobierno de Colombia, el Sistema de las Naciones Unidas, la comunidad internacional y varias organizaciones de la sociedad civil han unido esfuerzos con el fin de impulsar el Plan de Acción Humanitaria, que busca una respuesta conjunta y más eficiente frente a la crisis humanitaria en Colombia. A la espera de su finalización, el mencionado Plan subraya que la responsabilidad fundamental en la atención a la población desplazada corresponde al Estado colombiano con el acompañamiento de la sociedad y de la comunidad internacional.
Se necesitan espacios como el presente seminario donde, desde el rigor académico y técnico, se construyan de manera colectiva y concertada respuestas positivas y eficaces que se reflejen, cada día más, en el ejercicio de los derechos humanos para todas las personas en situación de desplazamiento.
La superación del desplazamiento forzado es una tarea que involucra al Estado, pero también al conjunto de la sociedad colombiana y en esta labor siempre podrán contar con el respaldo y apoyo de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Muchas gracias.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/11/po0457.pdf