Intervención de Monserrat Solano Carboni, Representante Adjunta de la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Buenos días a todas y todos. En nombre de Juliette de Rivero, Representante en Colombia de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, queremos extender un saludo a todas las personas que participan de esta Audiencia.
Agradecemos al congresista Feliciano Valencia quién nos ha extendido esta invitación, asimismo, unsaludo especial a las y los representantes de las comunidades, instituciones, organizaciones y personas asistentes a esta Audiencia.
Sea este espacio una oportunidad para escuchar la voz de las comunidades rurales, campesinas, indígenas y afrocolombianas de esta región del país, reconocer su trabajo por la defensa de la tierra, el territorio y el medio ambiente, así como su papel central en el derecho a la alimentación.
El derecho a la tierra como base del desarrollo sostenible
Quiero iniciar esta intervención recordando que el 18 de diciembre de 2018 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Campesinos y de otras personas que trabajan en áreas rurales[1], resultado de un proceso de más de 17 años en el que organizaciones sociales y campesinas impulsaron la movilización de este instrumento internacional específico de protección de los derechos para esta población.
El campesinado ha estado cobijado por el marco internacional de derechos humanos y por múltiples instrumentos de protección internacional de manera general, desde la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros, pero sólo con la Declaración de 2018 se logró establecer un código específico y al mismo tiempo un marco amplio para el reconocimiento, promoción y protección de sus derechos, así como un marco de referencia que establece compromisos éticos y políticos de los Estados hacia el campesinado y demás comunidades rurales.
Avanzar en la garantía de derechos para el campesinado y otras personas que trabajan en las zonas rurales, incluidas las comunidades étnicas, implica reconocer, respetar y proteger sus derechos; persiste la preocupación por la provisión de alimentos para la humanidad, preocupación que no puede obviar sino priorizar que, se deben atender los desafíos a los que se enfrentan las comunidades rurales para garantizar su propia alimentación y lograr alcanzar un nivel de vida adecuado. En ese sentido, el bienestar de las comunidades rurales impacta necesariamente en el bienestar y la garantía a la seguridad alimentaria de todas las personas.
Los desafíos de las comunidades rurales se relacionan con el acceso a la tierra y a los recursos naturales; con la superación de las distintas formas de discriminación hacia la ruralidad y dentro de la misma ruralidad, que afectan particularmente a las mujeres; con los efectos que tiene la protección excesiva de las patentes sobre semillas y otros recursos por parte de corporaciones multinacionales que limita la capacidad de los pequeños agricultores para utilizar o intercambiar sus propias semillas; con el cambio climático que tiene impactos directos sobre los ciclos de producción y el bienestar del campesinado y demás comunidades rurales; con las limitaciones para el acceso al agua potable y el saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de los derechos humanos; y con la violencia en los territorios en el marco de confrontaciones armadas por el control territorial y de economías ilegales, impactando en la garantía del derecho a la vida y seguridad de las comunidades.
Por ello, queremos resaltar la importancia que tiene saludar y reconocer el rol fundamental que desempeñan los defensores y defensoras del derecho a la tierra, el territorio y el medio ambiente. Como lo han señalado organizaciones internacionales, Latinoamérica y en particular Colombia es hoy uno de los lugares más difíciles para desempeñar la labor de defensa y promoción de derechos sobre la tierra y el medio ambiente[2], sin embargo, cabe recordar que esta defensa y protección es un rol de los Estados, y a su vez, es éste el responsable de la protección de la vida e integridad de las personas defensoras.
La Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en su rol de asistencia técnica, trabaja para promover que en diferentes instancias del Estado se atiendan las demandas legítimas de las comunidades. En un contexto como el de esta región, es imperioso atender y promover la actuación coordinada y articulada de las instituciones del Estado, en el que prime la inversión social, el desarrollo con enfoque de derechos humanos y el fortalecimiento del trabajo de las comunidades por medio de sus líderes y lideresas.
Promover la seguridad jurídica y física en la tenencia de la tierra y el territorio constituye una forma de prevención de nuevas conflictividades en los territorios, evitando, así mismo, condiciones propicias para la exacerbación de crisis sociales y económicas. Actuar en este sentido es garantizar bienestar y desarrollo para las comunidades rurales, principalmente campesinos, indígenas y afrocolombianos quienes son mayormente vulnerables a las violaciones de Derechos Humanos.
Finalmente, quisiera referirme a las directrices internacionales sobre política de drogas y derechos humanos, promulgadas en 2019, en las cuales se establecen medidas que los estados han de adoptar o abstenerse de hacer, en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Es necesario aclarar que no se trata de nuevos derechos, y que éstas obligaciones en materia de derechos humanos incluyen los tratados referentes a la fiscalización internacional sobre drogas. (convención única 1961; Convenio sobre sustancias Psicotrópicas 1971 y la convención de Naciones unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas de 1988.
Debemos recordar que toda política de drogas debe recoger los principios de dignidad humana, de universalidad, interdependencia, igualdad, no discriminación de los ddhh, participación y rendición de cuentas y derecho a un recurso efectivo.
También las directrices abogan por el cumplimiento de derechos, desde diferentes perspectivas:
a. Desde un enfoque de salud pública: i) El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud. ii) Reducción de daños en materia de salud, iii) tratamiento de la dependencia de las drogas, iv) acceso a sustancias controladas como medicamentos.
b. Desde una perspectiva medio ambiental: i) Derechos Humanos Salud y medio ambiente, ii) Derecho a beneficiarse del progreso científico y de sus aplicaciones.
c. Desde una perspectiva de desarrollo: i) Derecho a un nivel de vida adecuado, ii) Derecho a la seguridad social
d. Desde un enfoque de Protección: i) Derecho a la Vida, protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, iii) Derecho a no ser sometido a detención y prisión arbitrarias, iv) Derecho a un Juicio Justo.
e. Desde un enfoque de Cultural: i) Derecho a la privacidad, ii) Derecho a Libertad de Pensamiento, conciencia y religión, iii) Derecho a disfrutar de la vida cultural.
f. Desde una perspectiva de espacio cívico: i) derecho a la libertad de Opinión, expresión e información, ii) Libertad de asociación pacífica.
g. Desde un enfoque étnico: i) Derecho a la libre determinación; a las tierras, territorios y recursos; y a la conservación de las tierras, ii) Derecho al consentimiento libre, previo e informado.
Estándares internacionales y recomendaciones para proteger y promover la garantía de los derechos de campesinos y comunidades rurales
La alta Comisionada Michelle Bachelet, ha indicado que “Los campesinos se enfrentan a situaciones extremas que se ven agravadas por un desequilibrio de poder en las relaciones económicas”, en tal sentido ha conminado a “los estados a reforzar sus compromisos en todos los niveles para defender y proteger los derechos y la dignidad de los campesinos y otras personas que trabajan en las áreas rurales, quienes representan un papel fundamental en la preservación de nuestra cultura, medio ambiente, medios de vida y tradiciones, y no deben quedarse atrás cuando implementamos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible«,
Con el objetivo de fortalecer la garantía de los derechos de las comunidades campesinas y rurales, la Oficina recomienda al Estado tener en cuenta las siguientes recomendaciones, así como aquellas formuladas en sus informes anuales orientadas a fortalecer e incorporar un enfoque en derechos humanos:
- Implementar un enfoque de derechos humanos en las políticas de protección ambiental en armonía con los derechos de las comunidades rurales al acceso, uso y tenencia de la tierra y el territorio, como lo establecen las Directrices Voluntarias sobre la Gobernanza Responsable de la Tenencia de la Tierra, la Pesca y los Bosques, y como también lo precisó el Relator Especial de la ONU sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente, David Boyd al afirmar que “es esencial lograr una rápida expansión para que las áreas protegidas cubran el 30% de la tierra y el mar del planeta, pero no debe conseguirse a costa de más violaciones de los derechos humanos de los pueblos indígenas y otras poblaciones rurales”, “campesinos, indígenas, afrodescendientes, comunidades locales, mujeres y jóvenes rurales son actores centrales y deben ser reconocidos como socios clave en la protección y restauración de la naturaleza», «hay que reconocer, respetar y apoyar sus derechos humanos, a la tierra y a la propiedad, sus conocimientos y sus contribuciones a la conservación«.[3]
- La Recomendación general número 34 de la CEDAW, sobre la obligación de los Estados de fomentar el empoderamiento de las mujeres rurales y asegurar su independencia económica y social, en particular creando entornos propicios, por ejemplo, a través de programas y políticas destinados a mejorar las condiciones económicas de las mujeres[4].
- Avanzar en la implementación de la Reforma Rural Integral establecida en el punto 1 del Acuerdo de Paz y las políticas que garanticen derechos de acceso, uso y tenencia de la tierra para estas comunidades.
- La formulación e implementación de las políticas deben regirse con un enfoque territorial, y existe la necesidad imperiosa de fortalecer el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de las comunidades en la región.
- La generación, reactivación y fortalecimiento de espacios de diálogo para la atención de las demandas legítimas de las comunidades, víctimas, líderes y lideresas defensoras del derecho a la tierra y el medio ambiente en la región, reconociendo en ellos actores centrales en la resolución de conflictos socio ambientales.
- La ratificación de instrumentos internacionales para fortalecer la protección de los derechos humanos, en particular de los y las defensoras del derecho a la tierra, el territorio y el medio ambiente, como lo constituye el Acuerdo de Escazú[5] y de la Declaración de Derechos Campesinos.
Para concluir, la Oficina destaca la importancia de continuar implementando espacios de diálogo social como el que hoy nos convoca. Estos escenarios constituyen una oportunidad para la reflexión y la articulación de la institucionalidad local y regional en aras de promover la adopción de medidas efectivas para atender las demandas sociales de las comunidades de la región en búsqueda de soluciones participativas y efectivas.
La Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos valora y agradece la invitación a esta Audiencia regional, ratifica su compromiso y entera disposición para continuar acompañando el trabajo de las comunidades campesinas, indígenas y afrocolombianas de la región, así como el de las instituciones para lograr la plena garantía de todos y cada uno de los derechos humanos.
Gracias por su atención.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2021/09/Intervencion-de-Monserrat-Solano-Carboni-Audiencia-La-Macarena.pdf