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Pronunciamientos

En el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas

By 9 de agosto de 2004diciembre 15th, 2021No Comments
Intervención del señor Michael Frühling,
Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
durante el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas

Nos reunimos hoy para conmemorar el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas por décima vez dentro del marco de la resolución 49/214 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que estableció el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, desde el año 1995 hasta 2004.

Al cumplirse el último año del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo se pueden constatar, a nivel mundial, algunos avances importantes en la adopción de normas especiales y de mecanismos específicos para mejorar la protección y la promoción de los derechos humanos de las poblaciones indígenas.

Durante este decenio es de destacar la creación del Foro Permanente para las cuestiones indígenas que fue establecido en abril del año 2000 por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. Este órgano, conformado por 16 expertos independientes, de los cuales 8 son indígenas, presta asesoría especializada y formula recomendaciones sobre los temas indígenas al propio Consejo Económico y Social, y a otros organismos de las Naciones Unidas. También a este foro le compete preparar y difundir informaciones sobre asuntos indígenas e impulsar, dentro del Sistema de las Naciones Unidas, la integración y la coordinación de actividades relacionadas con las cuestiones indígenas. Es importante señalar que uno de los 16 expertos del foro es colombiano, y es el indígena señor Antonio Jacanamijoy, quien hoy nos honra con su compañía.

Otro mecanismo de importancia es el Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas. El mandato de dicho Relator, quien actúa como un experto independiente, fue creado hace tres años por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas mediante su resolución 2001/57 e incluye varias funciones principales:

-La primera, recabar, solicitar, recibir e intercambiar información y comunicaciones sobre las violaciones de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas. El Relator recibe esta información de todas las fuentes pertinentes, incluidos los gobiernos, los propios indígenas, sus comunidades y sus organizaciones.

-La segunda, formular recomendaciones y propuestas sobre medidas y actividades apropiadas para prevenir y remediar esas violaciones.

-La tercera, trabajar en estrecha relación con otros relatores especiales, representantes especiales, grupos de trabajo y expertos independientes de la Comisión de Derechos Humanos y de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos.

Para realizar su mandato, el Relator Especial hace visitas a países con situaciones complejas. El Relator, doctor Rodolfo Stavenhagen, visitó a Colombia en abril de este año. Está actualmente analizando su misión a Colombia y está pendiente la publicación de su informe de la misión al país.

Desde su instalación en Colombia, hace ya siete años, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha observado sistemáticamente las difíciles condiciones en que se desarrolla la vida de las comunidades indígenas en el territorio nacional.

Esas comunidades están afrontando una situación adversa en la cual se combinan el desconocimiento reiterado de sus derechos económicos, sociales y culturales con múltiples y frecuentes agresiones a sus derechos civiles y políticos. A ello debe agregarse que, dentro de las zonas del territorio nacional donde se está padeciendo con mayor intensidad el enfrentamiento bélico, la población indígena sigue expuesta a una intensa victimización por parte de miembros de las partes en el conflicto armado interno.

En su último Informe sobre Colombia, correspondiente al año 2003 y presentado ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, en abril del año en curso, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos manifestó sobre el tema:

“El conflicto armado contribuyó a agravar la situación de las comunidades indígenas y afrocolombianas. Se registró un incremento de la violencia selectiva en contra de las autoridades tradicionales y líderes, con homicidios, amenazas de muerte y desplazamientos forzados, así como un mayor confinamiento de las comunidades por parte de los grupos armados ilegales. Éstos afectaron el derecho a la autonomía de las comunidades, debilitando su organización interna y la representatividad de sus autoridades. Más de 100 miembros y autoridades indígenas fueron víctimas de homicidios, 50 de ellos en contra de autoridades políticas y espirituales del pueblo kankuamo (Sierra Nevada de Santa Marta), atribuidos mayoritariamente a las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC. En ocasiones, se cuestionó la ausencia de acciones efectivas por parte de la Fuerza Pública para proteger estas comunidades, así como la estigmatización.”

Durante la misma sesión de la Comisión de Derechos Humanos, en abril pasado, fue adoptada la Declaración del Presidente de la Comisión, la cual fue consensuada con todos los Estados miembros de la Comisión de Derechos Humanos, y con el Gobierno de Colombia. La Declaración señala lo siguiente sobre la situación de los pueblos indígenas y afrocolombianos:

“La Comisión (…) deplora el aumento de la violencia selectiva contra estas comunidades, así como la práctica de su confinamiento por los grupos armados ilegales. La Comisión condena asimismo las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales de las minorías y comunidades indígenas que se están produciendo e insta a todos los actores a que respeten su especial condición cultural. Exhorta a todos los grupos armados ilegales a que respeten la identidad e integridad de esas minorías y comunidades indígenas. Insta al Gobierno de Colombia a adoptar mayores medidas de protección de los dirigentes, defensores y demás miembros de estas comunidades, que están amenazados”.

Colombia tiene una diversidad étnica rica y extraordinaria con más de 80 pueblos indígenas por todo el país y una población indígena que sea acerca a un millón de habitantes. Con respecto al marco jurídico nacional se constata que la Constitución brinda un reconocimiento amplio a las poblaciones indígenas. Sin embargo, el reto de implementar los derechos de los pueblos indígenas se dificulta enormemente por el conflicto armado interno que afecta particularmente a estas poblaciones, en especial por el dominio y la disputa que ejercen los diferentes grupos armados ilegales sobre su territorio.

Esta situación es aún más grave para aquellos grupos que tienen una estrecha relación con sus tierras y la intromisión de los grupos armados ilegales en las comunidades representa un serio atropello a sus derechos individuales y colectivos, afectando especialmente su derecho a la autonomía y a la gobernabilidad.

La vulneración de los derechos humanos de los grupos étnicos en el marco del conflicto armado interno merece una especial atención porque conlleva la amenaza contra la misma supervivencia de estas poblaciones, atentando no sólo contra su vida sino también contra la diversidad étnica y cultural. Un triste ejemplo de las consecuencias del conflicto armado es el impacto en la salud mental de jóvenes Embera entre quienes actualmente se registra una alta tasa de suicidios.

La Oficina expresa particular preocupación por la vulnerabilidad de los líderes tradicionales y los cabildos gobernadores de estas poblaciones, o de miembros de las comunidades que ejercen cargos claves como educadores, promotores de salud, representantes legales y de las organizaciones que promueven y defienden sus derechos.

La Oficina ha observado con profunda tristeza el caso de la muerte violenta del líder kankuamo Fredy Arias Arias, quien fue asesinado con arma de fuego hace 6 días, el 3 de agosto al medio día en el casco urbano de Valledupar. El Señor Arias se distinguía por su labor con los derechos humanos y era un conocido líder, representante de una población indígena a la que le han sido otorgadas medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Durante los últimos tres años han sido asesinados casi cien miembros del pueblo kankuamo. Mediante el otorgamiento de las medidas provisionales la Corte solicitó que el Estado colombiano adoptara de forma inmediata las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad personal de los miembros de este pueblo indígena.

La Oficina urge al Estado colombiano a que se tomen acciones urgentes y concretas de protección para cumplir con el deber de garantizar y proteger los derechos humanos señalados por la Comisión y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Igualmente, la Oficina quiere recordar que sigue pendiente el cumplimiento, por parte del Estado colombiano, de varias medidas cautelares otorgadas a pueblos indígenas, por ejemplo en los casos de los pueblos Embera Katíos, que cuentan con dichas medidas desde el 2001; y los Embera Chamí, que de igual manera cuenten con medidas cautelares desde el 2002.

La Oficina lamenta que la investigación de la desaparición forzada del líder Embera Katío Kimy Pernia Domicó, ocurrida en el año 2001, y cuyos responsables según las autoridades fueron miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, no ha logrado avanzar. La Oficina también desea expresar su preocupación porque este año, varios miembros de las comunidades Embera Chamí han sido asesinados, y los indígenas Embera Katíos han sido víctimas de varios secuestros, incluso de sus líderes.

Con respecto al desplazamiento forzado, la Oficina considera preocupante que continúe tanto de forma masiva como de forma individual el desarraigo de indígenas. Durante este año los pueblos más afectados por el desplazamiento han sido los Wiwa, los Embera, los Wayuu, los Embera Chamí y los Awa, entre otros. Las mujeres y los niños han sufrido las peores consecuencias de estos desplazamientos.

La Oficina exhorta a la Red de Solidaridad Social a implementar medidas para brindar particular atención a miembros de pueblos indígenas desplazados y le recomienda mejorar el manejo en los registros y la compilación de estadísticas que muestren el porcentaje de desplazamiento que afecta a cada uno de estos pueblos.

La Oficina desea hacer énfasis además en las consecuencias negativas que está provocando el bloqueo a las comunidades indígenas por parte de los actores armados ilegales. En algunos casos, también por parte de la Fuerza Pública. Los bloqueos perjudican gravemente a estos pueblos, en particular les restringe su libre desplazamiento y el acceso a servicios e insumos básicos.

La Oficina recuerda a los grupos armados ilegales, y a la Fuerza Pública, que la población civil es protegida por el derecho internacional humanitario. Los asesinatos de civiles y el desplazamiento forzado no sólo están prohibidos sino que constituyen graves infracciones que pueden llegar a ser consideras como crímenes de lesa humanidad.

Por ejemplo, la Oficina ha observado que la situación en la Sierra Nevada de Santa Marta sigue siendo precaria y muestra una alta concentración de violaciones de los derechos humanos e infracciones del derecho humanitario. Gran parte de la responsabilidad de estas infracciones es atribuida por parte de las autoridades a miembros de grupos paramilitares. Varios de estos grupos participan en la mesa de negociaciones con el Gobierno. También hay una serie de infracciones atribuidas a la guerrilla como por ejemplo, en mayo de este año, el asesinato de la indígena kankuama Valdomera Pacheco atribuido a las FARC-EP. Todos los pueblos habitantes en la Sierra Nevada de Santa Marta: los Arhuacos, los Kankuamos, los Kogui y los Wiwa son victimas de graves atropellos, al punto de que más de 200 han sido asesinados en los últimos ocho años.

A pesar de la importante circular del Ministerio de Defensa de marzo 2003, señalando la importancia de respetar a las poblaciones indígenas, sigue siendo preocupante la actitud de algunos miembros de la fuerza pública. Por ejemplo se puede mencionar pronunciamientos del Batallón La Popa, de Valledupar, después de la visita del Relator Especial de las Naciones Unidas para asuntos indígenas, en abril, diciendo que el interés de la población indígena era mostrarse como la cenicienta de un cuento de hadas. Igualmente son preocupantes las informaciones recibidas por la Oficina sobre indígenas que fueron detenidos por la fuerza pública y que posteriormente fueron reportados como muertos en combate.

El día de hoy, la Oficina desea subrayar el deber de la Fiscalía General y de la Procuraduría General de investigar y sancionar a los responsables por las violaciones de los derechos humanos. Llama la atención que en la mayoría de los casos conocidos parece ser que no llegan a la etapa de investigación sino que se quedan en etapas preliminares, lo cual es un obstáculo para contrarrestar efectivamente la impunidad.

La Oficina quiere recordar que hay varias peticiones de entidades de las Naciones Unidas recomendándole al Estado colombiano que se establezca normas que penalicen la discriminación racial.

Con respecto a los derechos sociales, económicos y culturales existen numerosos problemas. Sería recomendable que se implementaran medidas para las comunidades indígenas, que permita brindarles mejor acceso a servicios médicos y les dé posibilidades de contar adecuadamente con maestros que puedan suministrar la etnoeducación prevista en la ley 115 de 1994.

La Oficina subraya la importancia de que el Estado respete y estimule el derecho de los pueblos indígenas a participar en las decisiones que los afectan, y su derecho a la consulta previa, como ha sido exigido por la Corte Constitucional en sus sentencias sobre este tema, y conforme a lo ordenado en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Colombia.

El día de hoy, la Oficina quiere señalar varias medidas y actuaciones positivas del Estado a favor de las comunidades indígenas. Entre ellas pueden mencionarse:

• La invitación al Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas quien visitó a Colombia en abril pasado y actualmente elabora su informe de misión. La Oficina espera que las recomendaciones del Relator Especial contribuyan a orientar las políticas del Estado sobre el tema.

• La Oficina también observa como un avance la reciente convocatoria de la Comisión de Derechos Humanos para los Pueblos Indígenas. La Oficina toma nota del Plan de Acción que fue propuesto durante la Comisión y recomienda que este plan sea adecuadamente consensuado con las autoridades pertinentes y los miembros de las poblaciones indígenas.

• Otro paso positivo son las medidas de protección brindadas a algunos líderes indígenas y la intención de enfocar más la problemática indígena dentro del programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia.

• La presencia de defensores comunitarios dentro del mandato del Defensor del Pueblo en los territorios indígenas muestra un avance positivo y necesario dado que dichas regiones cuentan con una precaria presencia de autoridades estatales. La Oficina valora la extensión del programa de defensores comunitarios y exhorta al Estado que tome medidas para que la presencia de los defensores comunitarios pueda ser sostenida nacionalmente.

Además de las anteriores medidas positivas es necesario implementar otras no menos importantes. Quiero resaltar la importancia de varias de las 27 recomendaciones contenidas en el Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y con las cuales se ha comprometido el Gobierno. De ser implementadas adecuadamente ellas puedan mejorar significativamente la situación de derechos humanos para las poblaciones indígenas. Sobre el tema que nos convoca hoy deseo destacar las siguientes:

• El Alto Comisionado alienta al Gobierno a fortalecer la coordinación entre el Sistema de Alerta Temprana (SAT), establecido en la Defensoría del Pueblo, y el Comité Interinstitucional de Alerta Temprana (CIAT), dando seguimiento a las acciones tomadas por las autoridades en las áreas identificadas en los informes de riesgo. También deberán formar parte de dicho Comité la Defensoría del Pueblo, la Red de Solidaridad Social y el Programa de protección de defensores de derechos humanos del Ministerio del Interior.

El buen funcionamiento del Sistema de Alertas Tempranas es clave para mejorar la seguridad de las zonas en las que hay un alto riesgo de agresión por el conflicto armado. Muchas de estas zonas coinciden con territorios indígenas donde la población vive expuesta al accionar de los grupos armados, entre ellos la Sierra Nevada de Santa Marta donde durante el 2004 han sido elaborados cuatro Informes de Riesgo por parte del Defensor. El Alto Comisionado señala la importancia de que el sistema de alerta temprana funcione con rapidez y de que las acciones tomadas se coordinen mejor entre la fuerza pública y las autoridades civiles.

• El Alto Comisionado alienta al Gobierno a asegurar que los programas de protección de defensores de derechos humanos y de otros grupos, a cargo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, funcione con la cobertura y efectividad necesarias. El Ministerio deberá buscar, conjuntamente con otras instituciones del Estado, nuevos mecanismos para disminuir los factores de riesgo y actuar preventivamente sobre ellos.

La eficacia del programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia es esencial para brindar seguridad a los líderes indígenas que se encuentran amenazados por los grupos armados ilegales. Como previamente hemos señalado, la Oficina ha identificado avances positivos en este aspecto.

• El Alto Comisionado alienta a la Red de Solidaridad Social, conjuntamente con otras instancias del Gobierno y del Estado, a poner en práctica, cuanto antes, acciones y programas de prevención y protección concertados con las comunidades en riesgo. En materia de desplazamiento se deberán aplicar estrictamente los Principios Rectores de las Naciones Unidas.

La Oficina subraya la importancia de que la Red de Solidaridad Social haga mayor presencia en zonas donde hay un alto riesgo de desplazamiento, y que cuando sea necesario, suministran una especial y rápida atención a las poblaciones indígenas.

• El Alto Comisionado urge al Gobierno y al Congreso a asegurar en el presupuesto nacional los recursos necesarios para que la Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo puedan, cuanto antes, establecerse en aquellos municipios donde aún no tienen presencia, especialmente en las regiones con alto índice de población indígena, afrocolombiana y desplazada. Recomienda, además, que la Procuraduría y la Defensoría incorporen integralmente a los personeros a sus actividades y programas en materia de protección y promoción de derechos humanos.

La Oficina subraya la importancia de extender y fortalecer la presencia de autoridades civiles en zonas habitadas por un alto porcentaje de poblaciones indígenas, como por ejemplo la Amazonía, Putumayo, Guaviare, Guanía, Vaupés, Caquetá, Chocó y La Guajira.

• El Alto Comisionado recomienda al ministerio público y a los superiores jerárquicos que cumplan la obligación de sancionar disciplinariamente a todos aquellos servidores públicos que con sus declaraciones, acciones u omisiones descalifiquen o pongan en riesgo la labor de los defensores de derechos humanos.

La Oficina subraya la importancia de proteger indígenas que se desempeñan como defensores de derechos humanos por la vulnerabilidad y doble victimización que sufren.

• El Alto Comisionado exhorta al Comité especial de impulso de investigaciones de violaciones de derechos humanos e infracciones del derecho internacional humanitario a presentar resultados concretos sobre los casos seleccionados, y a informar trimestralmente al Presidente de la República sobre los avances obtenidos en el esclarecimiento de esos casos.

Las investigaciones penales de casos del Comité especial de impulso son de particular importancia porque dentro de su selección de casos de particular gravedad se encuentra varios casos paradigmáticos donde las victimas han sido indígenas.

Finalmente, una muy importante exigencia entre las Recomendaciones, dirigida a los grupos armados ilegales, es la siguiente:

• El Alto Comisionado insta a las FARC-EP, al ELN, a las AUC y a los demás grupos guerrilleros y paramilitares a respetar el derecho a la vida de todos los civiles. Los insta, en especial, a abstenerse en todo momento de ataques contra la población civil y ataques indiscriminados, de la práctica inaceptable del secuestro, del reclutamiento de menores y de los actos de terrorismo.

Al culminar el Decenio Internacional de las poblaciones indígenas del mundo (1995-2004), se concluye que a pesar de los avances en ciertos campos de los derechos humanos queda muchos retos para alcanzar una mejora sustancial para las poblaciones indígenas. En el contexto colombiano sería aconsejable que el Estado dé una observancia más coherente a las obligaciones de orden internacional y constitucional requeridos para que los miembros de los pueblos indígenas puedan gozar plenamente sus derechos.

La Oficina subraya la obligación de los grupos armados ilegales FARC-EP, ELN y AUC de respetar los derechos de los pueblos indígenas, en particular su derecho a la vida, y a mantener su cultura; les subraya también su obligación de no entrar en los territorios indígenas, de no ejercer sobre ellos ningún tipo de presión ni bloqueo, de terminar con los secuestros y de terminar con los reclutamientos forzados de miembros de estas poblaciones. Todos estos crímenes constituyen graves infracciones del derecho internacional humanitario.

Los pueblos indígenas de todo el mundo necesitan nuestra solidaridad. Saludamos el día de hoy todos los esfuerzos que se están haciendo por parte de muchos en favor del respeto de los derechos humanos de los miembros de las comunidades indígenas y de los pueblos indígenas como colectivos.

La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como todo el Sistema de las Naciones Unidas en Colombia, seguirán ofreciendo su acompañamiento y su apoyo a los pueblos indígenas del país – trabajando directamente con sus organizaciones, con el Estado colombiano, con la iglesia, y con organizaciones no gubernamentales, activos defensores de los derechos humanos de todos.

Bogotá D.C., 9 de agosto de 2004

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/08/po0445.pdf


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