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Pronunciamientos

Encuentro Internacional de Mujeres contra la guerra

By 12 de agosto de 2004diciembre 15th, 2021No Comments
Intervención del señor Michael Frühling,
Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

En nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, agradezco a las organizadoras de este Encuentro Internacional de Mujeres contra la guerra la invitación para acompañarlas en su acto de clausura. La Oficina ha seguido con mucho interés las deliberaciones de tan interesante coloquio, que hoy llegan a su conclusión, y espera que el valioso intercambio de inquietudes y de experiencias realizado durante estos tres días contribuya a robustecer en la sociedad civil colombiana la convicción de que hacer participar a las mujeres en los procesos de paz es “la mejor manera de construir y sostener democracias, reducir la incidencia del conflicto armado y lograr el desarrollo humano” .

Para la Organización de las Naciones Unidas y para nuestra nueva Alta Comisionada de Derechos Humanos, en nuestra sede en Ginebra, señora Louise Arbour, reviste singular importancia el hecho de que la mujer tenga plena participación en todas las actividades desarrolladas con el objeto de poner fin a los conflictos armados y buscar la consecución de la paz. La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, señora Radhika Coomaraswamy, ha escrito al respecto:

“La comunidad internacional tiene la obligación de insistir en la plena participación de la mujer para asegurar que cualquier acuerdo de paz y cualquier estructura que se establezca después de un conflicto incorporen las experiencias específicas de las mujeres y las niñas, y que se adopten medidas especiales para abordar sus inquietudes concretas” .

Desde su instalación en Colombia, en 1997, la Oficina que dirijo ha reiterado varias veces su preocupación por la naturaleza sistemática que en el país parecen tener los actos de violencia y de discriminación contra las mujeres. Con frecuencia la Oficina ha recordado a las autoridades que los derechos de la mujer hacen parte integral del derecho internacional de los derechos humanos y tienen que ser reconocidos y garantizados con aplicación de los principios universales de dignidad, autonomía, inviolabilidad, indisponibilidad, integridad, seguridad y libertad.

También ha sido objeto de preocupación para la Oficina el impacto negativo que en los derechos de miles de mujeres colombianas de todas las edades y condiciones tiene el conflicto armado interno librado en el país desde hace muchos años.

El largo conflicto armado que sufre Colombia no sólo trae consigo frecuentes y graves infracciones del derecho internacional humanitario. Ese conflicto también incide negativamente en la situación de los derechos humanos de la población, ya porque dentro de él se presentan acciones u omisiones de servidores públicos que comprometen la responsabilidad del Estado, ya porque los medios y métodos de guerra que son utilizados por parte de los miembros de los grupos armados ilegales dificultan el cumplimiento estatal de los deberes de protección y garantía de esos derechos. Esto tanto en la esfera de los derechos civiles y políticos como en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales.

La Oficina ha observado que, como ocurre en otros países del mundo azotados por la conflictividad bélica, sobre las mujeres colombianas recaen las peores consecuencias de la guerra. Ellas no sólo son víctimas de homicidios, amenazas de muerte, torturas, tomas de rehenes, atentados contra la integridad sexual y actos de terrorismo perpetrados por los partícipes directos en las hostilidades, sino que han llegado a constituir el grueso de la población sometida a desplazamiento forzado. Según la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, las estimaciones de la proporción de mujeres desplazadas en Colombia oscilan entre el 49 y 58% del total de desplazados .

Pero el conflicto armado no sólo victimiza a las mujeres que hacen parte de la población civil, sino a muchas de las que son incorporadas, por su propia voluntad o por la fuerza, a los grupos armados al margen de la ley. En el seno de esos grupos las mujeres son frecuentemente discriminadas y violentadas.

En su último informe sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, correspondiente al año 2003 y presentado ante la Comisión de Derechos Humanos en el pasado mes de abril, el Alto Comisionado observó:

“Las diversas formas de violencia contra las mujeres en el marco del conflicto armado continuaron afectando sus derechos. La oficina en Colombia recibió denuncias de violaciones sexuales por parte de los grupos paramilitares y de miembros de la Fuerza Pública, así como de esclavitud sexual por parte de la guerrilla. Los grupos armados ilegales continúan ejerciendo presión social sobre las mujeres con miras a debilitar su proceso organizativo y su participación en los espacios públicos. Frente a esta situación, son insuficientes las respuestas eficaces proporcionadas por el Estado en materia de protección, prevención, investigación y sanción de esos hechos. Es de especial preocupación los casos de violaciones sexuales que se encuentran en la justicia penal militar.

Los derechos de las mujeres que participan en las hostilidades, en especial los derechos sexuales y reproductivos, se ven particularmente afectados por el abuso de poder al interior de los grupos armados ilegales. Asimismo, persiste en las FARC el uso obligatorio de métodos anticonceptivos y la práctica forzosa del aborto” .

Frente a esta calamitosa situación, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha formulado, con respecto a Colombia, recomendaciones orientadas en dos sentidos. Tales recomendaciones buscan:

1º Lograr que se detenga la degradación del conflicto mediante la aplicación coherente de las normas adoptadas por la comunidad internacional con el fin de dar plena vigencia a los principios humanitarios sobre conducción de las hostilidades y protección de las personas y los bienes afectados por la guerra.

2º Procurar que en los procesos de diálogo y negociación emprendidos con el propósito de alcanzar la paz y la reconciliación para los colombianos sean respetados y garantizados los derechos fundamentales de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos y de crímenes de guerra.

Con tal propósito, en su último informe sobre Colombia el Alto Comisionado :

a. Ha instado a las FARC-EP, al ELN, a las AUC y a los demás grupos guerrilleros y paramilitares a:

? Respetar el derecho a la vida de todos los civiles.

? Abstenerse en todo momento de ataques contra la población civil, de ataques indiscriminados, de la práctica inaceptable del secuestro, del reclutamiento de menores y de los actos de terrorismo.

? Liberar de inmediato y sin condiciones a todas las personas tomadas como rehenes, y a todas las personas que han depuesto las armas o quedado fuera de combate.

? Abstenerse de emprender acciones que afecten el goce de los derechos humanos de la población civil y disminuyan la capacidad del Estado colombiano para cumplir su obligación de protegerlos y garantizarlos.

? Cumplir las obligaciones internacionales que prohíben el empleo, el almacenamiento, la producción y la transferencia de minas antipersonal.

b. Ha instado a todos los que participan directamente en las hostilidades dentro del conflicto armado interno a observar irrestrictamente los principios humanitarios de limitación, distinción, proporcionalidad y protección de la población civil, y a garantizar el acceso humanitario a las poblaciones expuestas.

En el mismo informe el Alto Comisionado :

a. Ha recomendado al Gobierno, a los grupos armados ilegales y a la sociedad civil no escatimar esfuerzos para establecer acercamientos dirigidos al diálogo y a la negociación que permitan la superación del conflicto armado interno y el logro de una paz duradera.

b. Ha recomendado a los mismos destinatarios que los diálogos y las negociaciones tomen en cuenta, desde un principio, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.

c. Ha exhortado al Gobierno y al Congreso a que, en los procesos de diálogo y negociación con grupos armados al margen de la ley, honren plenamente los principios fundamentales de verdad, justicia y reparación a las víctimas.

De otra parte, en desarrollo de las funciones de asesoramiento que le otorga su mandato, la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha compartido en múltiples oportunidades con el Gobierno y con las cámaras legislativas del país lo siguiente :

1º Que el deber internacional de respetar y hacer respetar los derechos humanos impone a todo Estado la obligación de adoptar medidas eficaces para impedir que la impunidad favorezca a los responsables de la comisión de delitos graves conforme al derecho internacional.

2º Que ese mismo deber exige al Estado abstenerse de introducir en su normativa penal disposiciones cuya aplicación traiga como resultado la sustracción de los responsables de tales delitos a las consecuencias jurídicas de sus actos.

3º Que la impunidad no sólo se da cuando el autor de un delito escapa a su procesamiento penal, sino también cuando al ser declarado culpable es sancionado con penas no proporcionales a la naturaleza y a la gravedad de la conducta punible perpetrada.

4º Que toda disposición legislativa adoptada por el Estado para disminuir o extinguir la punibilidad con respecto a conductas constitutivas de los ya mencionados crímenes debe respetar, necesariamente, los derechos de las víctimas de los mismos a la verdad, a la justicia y a la reparación.

5º Que conforme a los principios internacionales para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, y con arreglo a las directrices básicas sobre los derechos de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y derecho internacional humanitario, el Estado tiene obligaciones de resarcimiento con las personas que, a consecuencia de tales violaciones, hayan padecido daños, sufrimientos, pérdidas o menoscabos de sus derechos fundamentales.

6º Que en todas las medidas adoptadas por el Estado para hacer efectivos los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación debe haber un enfoque gracias al cual se tengan permanentemente en cuenta las exigencias peculiares planteadas por la necesidad de dar reconocimiento efectivo y garantía eficaz a los bienes jurídicos de las mujeres victimizadas por el abuso criminal del poder o por la infracción de las leyes y costumbres de guerra.

La Oficina cree firmemente en el poder y la eficacia que tiene la contribución de las mujeres a toda tarea emprendida para dejar atrás la guerra y fundar sobre bases firmes la construcción de la paz, y hace suyas las palabras de la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la mujer, reunida en Beijing en septiembre de 1995:

“Las mujeres aportan a la causa de la paz (…) experiencias, competencias y perspectivas diferentes. La función que cumplen las mujeres de dar y sustentar la vida les ha proporcionado aptitudes e ideas esenciales para unas relaciones humanas pacíficas y para el desarrollo social. Las mujeres se adhieren con menos facilidad que los hombres al mito de la eficacia de la violencia y pueden aportar una amplitud, una calidad y un equilibrio de visión nuevos con miras al esfuerzo común que supone pasar de una cultura de guerra a una cultura de paz” .

Hace poco leí unas palabras de Rosaline McCarthy, una dirigente de Sierra Leona, en las cuales se expresa muy bien el rol de la mujer dentro de un mundo que se debate entre las duras realidades de la guerra y la esperanza de tener un orden de cosas fundado en la libertad, la justicia y la paz. “Las mujeres —ha escrito Rosaline— siempre llevan la peor parte de la guerra, porque son las esposas de los guerreros o las viudas o las mujeres desplazadas que quedan con todo el peso de la familia. En las mujeres recae buscar también participar en los procesos de paz y presionar a los actores armados para que negocien por la vía del diálogo y así evitar más muerte y destrucción en el mundo”. ¿Quién podrá negar que en estas frases hay un reto y un programa para todas las mujeres del mundo?

Al agradecerles a Ustedes de nuevo haber sido invitado a acto de clausura del Encuentro Internacional de la Mujer contra la guerra, reitero la permanente disposición de la Oficina a dar a las mujeres colombianas y a sus organizaciones nuestra asesoría y nuestro acompañamiento en todos los esfuerzos emprendidos para constituirse en participantes aún más activas en los procesos de paz. También para que se logre que las mujeres víctimas de la represión ilegal y de la guerra vean reconocidos y garantizados su derecho a conocer la verdad, su derecho a recibir las cosas justas que les pertenecen y corresponden, y su derecho a obtener, como personas afectadas por un daño injusto, el desagravio, el resarcimiento y la satisfacción.

Muchas gracias.

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/08/po0447.pdf


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