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Pronunciamientos

Intervención en el Congreso de la República sobre Altos de Cazucá, Bogotá

By 19 de agosto de 2004diciembre 15th, 2021No Comments
Intervención del Sr. Michael Frühling,
Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

En la audiencia pública convocada por las Comisiones de Derechos Humanos y Audiencias del Congreso de la República sobre la situación de los derechos humanos en Altos de Cazuca

En nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos agradezco a los presidentes de las Comisiones de Derechos Humanos del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, señores Francisco Rojas Birry y Germán Navas Talero, la invitación a participar en el acto de instalación de esta audiencia pública.

La Oficina considera importante y significativo el hecho de que el Congreso de Colombia realice audiencias públicas para escuchar a ciudadanos y a representantes de organizaciones de la sociedad civil en la exposición de temas relacionados con los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Tales audiencias permiten tener una visión cercana y actualizada de los problemas y de los retos que plantean al Estado colombiano y a toda la sociedad las realidades propias de ese “contexto de violencia y conflicto armado interno que vive el país” .

En su calidad de Estado Parte de los instrumentos adoptados por la comunidad internacional en el campo de los derechos humanos y del derecho de los conflictos armados, la República de Colombia ha adquirido una serie de compromisos que no sólo vinculan a las autoridades nacionales de las ramas ejecutiva y de la administración pública, sino también al legislativo y a la rama judicial.

Así, por ejemplo, en materia legislativa, los deberes de respeto, protección y garantía de los derechos fundamentales, y de fiel observancia de las leyes y costumbres de guerra, contenidos en instrumentos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 3º común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo II adicional a los mismos, implican para el Congreso de Colombia dos retos y obligaciones básicos. Lo primero es adecuar la legislación nacional a los requerimientos de esos tratados. Lo segundo es abstenerse de introducir en el ordenamiento interno disposiciones incompatibles con lo que tales tratados mandan, permiten o prohíben.

En este contexto es apropiado subrayar que una de las funciones de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es, según lo estipulado en el acuerdo suscrito con el Gobierno de Colombia, “asesorar al poder legislativo y velar por que todo proyecto de ley en materia de derechos humanos sea respetuoso de los instrumentos internacionales en la materia” .

Con audiencias públicas como la que hoy se instala, los legisladores colombianos pueden escuchar declaraciones y observaciones cuyo conocimiento les permitirá no sólo apreciar la entidad y la extensión de las realidades fácticas producidas por elementos tan negativos como el conflicto armado interno y la violencia, la injusticia, la discriminación, la marginación y la inequidad, sino contribuir con su tarea de hacedores de la ley:

? A crear las condiciones favorables para el disfrute pleno de los derechos y libertades fundamentales.

? A emprender acciones afirmativas en favor de los sectores sociales más expuestos, discriminados o marginados.

? A otorgar protección especial a las personas colocadas en circunstancias de manifiesta debilidad.

? A prevenir y a sancionar las conductas constitutivas de violaciones de los derechos humanos y de infracciones de la normativa humanitaria.

? A corregir y superar las falencias y los vacíos en la actividad estatal concerniente a la efectiva protección y garantía de los derechos humanos, incluidos los de carácter económico, social y cultural.

? A tomar las medidas apropiadas para eliminar las diversas formas de intolerancia.

? A hacer efectiva la igualdad ante la ley y la igualdad entre los hombres y las mujeres.

? A proteger y promover los derechos de los niños como parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos universales.

? A contrarrestar y evitar toda manifestación de impunidad normativa o fáctica.

Por lo demás, audiencias de este tipo abren un espacio singular a la puesta en práctica del derecho fundamental a la participación, reconocido por el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humano. Este artículo favorece un diálogo abierto, fluido y constructivo entre la ciudadanía y aquellos que, por mandato de la Ley Fundamental, están al servicio del Estado y de la comunidad, representan al pueblo y responden, ante la sociedad y frente a sus electores, del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su alta investidura.

En 1993 reconoció la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reunida en Viena por convocatoria de las Naciones Unidas:

“La democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente. La democracia se basa en la voluntad del pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económico, social y cultural, y en su plena participación en todos los aspectos de la vida. En este contexto, la promoción y protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional deben ser universales y llevarse a cabo de modo incondicional. La comunidad internacional debe apoyar el fortalecimiento y la promoción de la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en el mundo entero” .

Los ideales y aspiraciones consignados en estas palabras de la Conferencia Mundial explican el interés, la solidaridad y la preocupación de la comunidad internacional —y en particular de la Organización de las Naciones Unidas— por la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en Colombia, de la cual hacen parte los hechos, las circunstancias y las condiciones que han llevado a convocar esta audiencia pública.

En la situación de los Altos de Cazuca se refleja, a no dudarlo, el panorama que en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario observaba en abril de este año, en su informe sobre Colombia correspondiente a 2003, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Tanto la Oficina del Alto Comisionado como la propia Defensoría del Pueblo de Colombia han tenido la oportunidad de percibir el impacto negativo que en los moradores de esta zona tienen la débil presencia del Estado, la actividad violenta de los grupos armados ilegales, las secuelas del desplazamiento forzado, la gran brecha en la distribución de la riqueza, la extrema pobreza, la exclusión y la injusticia social.

La persistencia de esta grave situación muestra de nuevo la urgente necesidad de que se dé cumplimiento a las recomendaciones concretas y prioritarias formuladas por el Alto Comisionado para el año 2004.

Las recomendaciones se refieren a la prevención y protección de los derechos humanos, el conflicto armado Interno, el Estado de derecho y la impunidad, las políticas económicas y sociales, y la promoción de una cultura de derechos humanos. La nueva Alta Comisionada para los Derechos Humanos en el mundo, doctora Louise Arbour, y su Oficina en Colombia tienen la firme convicción de que la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario podría experimentar una sensible mejora si tales recomendaciones son aplicadas por aquéllos a quienes van dirigidas.

Es conveniente recordar que estas recomendaciones, que positivamente han sido asumidas por el Estado de Colombia, también tienen carácter vinculante, en la medida en que ellas recogen interpretaciones autorizadas de los instrumentos internacionales suscritos y ratificados con el fin de asegurar la vigencia efectiva de los derechos humanos y el pleno cumplimiento de las normas humanitarias aplicables a los conflictos armados.

Al agradecer de nuevo el haber sido invitado a la apertura de esta audiencia reitero la permanente disposición de la Oficina que dirijo a asesorar a las autoridades nacionales en la definición global y puesta en práctica de políticas en materia de derechos humanos, y a los representantes de la sociedad civil en cualquier tema relativo a la promoción y protección de esos derechos.

La Oficina confía en que esta audiencia puede contribuir, en una forma eficiente y práctica, a aliviar y mejorar la situación dramática que padecen hoy la población en Altos de Cazuca.

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/08/po0448.pdf


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