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Pronunciamientos

Intervención en el III Encuentro Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado

By 6 de julio de 2006diciembre 15th, 2021No Comments
Bogota, D. C., 6 de julio de 2006

Intervención de la señora Liliana Valiña, Coordinadora del Área Jurídica y de Seguimiento a las Políticas de DDHH y DIH, de la Oficina en COlombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

En nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos agradezco a los organizadores del III Encuentro nacional de víctimas de crímenes de Estado la invitación a participar en este acto. La Oficina observa con atención y solidaridad las iniciativas que en el seno de la sociedad civil se desarrollan para promover y proteger los derechos fundamentales de todas las personas afectadas por violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y por infracciones graves del derecho internacional humanitario.

Es pertinente citar aquí las palabras recogidas en el preámbulo de los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas a la reparación, recientemente adoptados por la Asamblea General. Aquellas señalan: “Reconociendo que, al hacer valer el derecho de las víctimas a interponer recursos y obtener reparaciones, la comunidad internacional hace honor a su palabra respecto del sufrimiento de las víctimas, los supervivientes y las generaciones futuras, y reafirma los principios jurídicos internacionales de responsabilidad, justicia y estado de derecho […] Convencida de que, al adoptar un enfoque orientado a las víctimas, la comunidad internacional afirma su solidaridad humana con las víctimas de violaciones del derecho internacional, incluidas violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, así como con la humanidad en general…”

Es por estas consideraciones que la Oficina respeta y apoya a las víctimas en el reclamo legítimo de sus derechos, y en particular en aquellos esfuerzos orientados a hacer efectiva la verdad, la justicia y la reparación. La Oficina lo ha hecho en el pasado, continúa haciéndolo en el presente, y seguirá promoviendo el reconocimiento de las víctimas, en el marco de su valioso e integral mandato institucional.

Es oportuno recordar que el fenómeno de la victimización se extiende en Colombia no sólo a quienes han visto vulnerados o amenazados sus derechos primarios por acciones u omisiones de servidores públicos o de personas particulares que actúan con el apoyo, la tolerancia o la aquiescencia de las autoridades, sino también a quienes han sufrido la actuación antijurídica de infractores de las leyes y costumbres de guerra no vinculados al Estado por nexos de carácter funcional o delictivo. En el país existen víctimas del abuso criminal del poder, y también víctimas de miembros de grupos armados ilegales que equivocadamente han optado por emplear la violencia contra personas de condición civil, inermes y ajenas al conflicto, contra personas que tras participar directamente en las hostilidades depusieron las armas y contra personas ya puestas fuera de combate.

Debe reconocerse, sin embargo, que no son ni jurídica ni éticamente parangonables la violencia hecha por agentes del Estado y la violencia hecha por individuos de condición privada incorporados a organizaciones subversivas. En efecto, los actos de fuerza ilegítima que comprometen la responsabilidad estatal tienen una singular gravedad, pues con ellos se quebrantan obligaciones internacionales relacionadas con la salvaguardia del ser humano y, en ciertos casos, incluso, se crean amenazas para la paz, la seguridad y el bienestar de la humanidad.

No obstante, la Oficina es conciente de que unas y otras víctimas, tienen rostros, nombres, historias y familias, y comparten duelos, dolor y esperanzas. Y a todas esas víctimas el Estado les debe protección, respeto y acciones para hacer realidad sus derechos. De las respuestas que el Estado quiera y sea capaz de dar a las víctimas dependerán las perspectivas de alcanzar una sociedad reconciliada y justa sobre la base de la reconstrucción fidedigna de una historia que los involucra a todos y a todas.

A lo largo de sus más de nueve años de permanencia en Colombia, la Oficina ha observado cuidadosamente los hechos, las situaciones y las tendencias que componen el cuadro de la victimización producida “en el contexto de violencia y conflicto armado que vive el país” . Por ello, en los informes anuales del Alto Comisionado siempre se ha hecho amplia referencia a las víctimas de violaciones de los derechos humanos y de infracciones de la normativa humanitaria.

En su último informe sobre Colombia, correspondiente al año 2005 y hecho público en febrero de este año, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, señora Louise Arbour, ha hecho importantes consideraciones sobre la aplicación de la Ley 782 de 2002 y sobre el contenido de la Ley 975 de 2005, llamada de “justicia y paz”. En el marco de estas consideraciones ha observado:

– Que la aplicación de la Ley 782 y del Decreto 128 de 2003, su normativa reglamentaria, ha constituido un nuevo factor de impunidad, pues en muchos casos sus beneficios fueron concedidos sin una actuación consecuente de la Fiscalía para investigar y asegurar el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas de las conductas perpetradas por las personas beneficiarias .

– Que, aunque en el texto de la Ley 975 se incluyen los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, sus disposiciones no establecen expresamente que el incumplimiento efectivo de esos principios impida la concesión de los beneficios previstos en dicha normativa .

– Que la citada ley no reúne los elementos esenciales para ser compatible con las obligaciones internacionales del Estado colombiano y para evitar la impunidad .

– Que dicha ley no incluye mecanismos adecuados para hacer efectiva la contribución de la persona desmovilizada a la garantía de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, y tampoco atiende suficientemente la situación particular de las mujeres, de los niños y las niñas, y de las minorías étnicas .

– Que en esa ley faltan mecanismos adecuados para hacer efectivos los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, pues ella no exige la plena cooperación del desmovilizado con la justicia, ni exige su contribución efectiva para el esclarecimiento de los hechos .

– Que la referida ley da un inconveniente tratamiento jurídico uniforme a las desmovilizaciones individuales y a las desmovilizaciones colectivas .

– Que en la ley observada el cumplimiento de la obligación de los desmovilizados de entregar los bienes producto de la actividad ilegal depende casi exclusivamente de la buena voluntad de aquellos .

– Que la aludida ley crea una Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación con muchísimas y dispersas funciones, a la cual otorga pocas atribuciones legales para actuar en el campo decisorio .

– Que la composición de ese organismo no asegura su necesaria independencia .

– Que en dicha Comisión las víctimas están subrepresentadas .

– Que la Ley 975 de 2005 no crea mecanismos idóneos para examinar la posible responsabilidad estatal en relación con los hechos de violencia cometidos por miembros de los grupos paramilitares, ni para abordar adecuadamente el desmonte efectivo de sus estructuras ilegales .

Estas observaciones, y otras que sobre el mismo tema contiene el informe de la Alta Comisionada, ponen de presente la importancia que para ella y para su Oficina en Colombia tienen todas las víctimas, sin distinciones ni discriminaciones y tomando en cuenta especificidades tales como las de edad, género y etnia.

La Oficina ha tomado nota de que el pasado 18 de mayo, con la Sentencia C-370 de 2006, la Corte Constitucional declaró inexequibles varios apartes de la Ley 975 que desconocían los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, y condicionó la exequibilidad de otras normas de la misma ley, para garantizar el respeto efectivo de esos derechos. La Oficina considera que con dicha decisión la preceptiva colombiana podría alcanzar un mayor grado de compatibilidad con los principios y directrices adoptados por la comunidad internacional en tan significativa materia.

En defensa de las víctimas, la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha sostenido reiteradamente que como presupuesto básico para alcanzar una paz sostenible y una sociedad reconciliada los procesos de negociación con grupos armados ilegales requieren un marco jurídico en el cual se respeten los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación. Las normas constitucionales y legales del ordenamiento colombiano permiten a los ciudadanos ejercer su derecho de iniciativa popular para llevar al Congreso proyectos de ley con los cuales ese marco pueda ser perfeccionado. En el Estado de derecho no hay leyes irreformables, ni preceptos que escapen a la posibilidad de ser corregidos y mejorados. Por ello nada se opone a que la ciudadanía coopere con el legislador en la tarea de ajustar la Ley 975 a las exigencias de la justicia y del bien común. Esto es algo que a las víctimas se les debe. Es algo que las víctimas esperan.

Verdad y justicia representan la apuesta esencial hacia la reconciliación. Como lo expresaba Ernesto Sábato en el prólogo del Informe Nunca Más: “…nos acusan de no propiciar la reconciliación nacional, de activar los odios y resentimientos, de impedir el olvido. Pero no es así: no estamos movidos por el resentimiento ni por el espíritu de venganza; sólo pedimos la verdad y la justicia, tal como por otra parte las han pedido las iglesias de distintas confesiones, entendiendo que no podrá haber reconciliación sino después del arrepentimiento de los culpables y de una justicia que se fundamente en la verdad…” Una justicia que reconozca y ampare adecuadamente a las víctimas, agregaría por mi parte.

Concluyo así reiterando lo expresado el 23 de junio de 2005 por el entonces Director de la Oficina, señor Michael Frühling, al intervenir en el acto de instalación del II Encuentro nacional de víctimas: “La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y su Oficina en Colombia han estado, están y estarán siempre al lado de las víctimas” .

https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2006/07/po0684.pdf


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