Director de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Hace ya más de ocho años la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos fue establecida en Colombia, como una expresión de la solidaridad y de la preocupación de la comunidad internacional.
Durante este periodo, la Oficina ha acompañado a las autoridades colombianas, a sus instituciones, y a la sociedad civil en su conjunto, mediante una sistemática observación, y una fluida interlocución y asesoría, para que los ideales y los principios universalmente reconocidos de los derechos humanos sean realidad para todos los colombianos.
El antecedente inmediato fue que el Gobierno colombiano, el 2 de abril de 1996, expresamente pidió la presencia de la Oficina en Colombia, para “… impulsar la aplicación de las recomendaciones formuladas por los órganos internacionales de derechos humanos y el cumplimiento de los compromisos internacionales de Colombia en la materia”.
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas acogió positivamente la solicitud del Gobierno el 23 de abril de 1996. En declaración del Presidente de dicha Comisión, se pidió al entonces Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos: “…establecer cuantos antes una oficina permanente en Colombia con el mandato de ayudar a las autoridades colombianas de elaborar políticas y programas para la promoción y protección de los derechos humanos y de observar las violaciones de los derechos humanos en el país…”.
El acuerdo suscrito en 1996 entre el Gobierno colombiano y las Naciones Unidas señala con precisión lo que se espera de la Oficina en términos de observación de la situación, de promoción y difusión, de asesoría y de cooperación técnica en todo lo que concierne a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.
Señala también la obligación del Alto Comisionado de informar anualmente ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la evolución de la situación de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en Colombia. Parte del informe son las recomendaciones específicas que se formulan y que están destinadas a contribuir a aliviar y mejorar la situación de derechos humanos en el país.
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, integrada por 53 estados miembros, delibera anualmente sobre la situación de Colombia.
Para ello, basa sus análisis en el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los reportes de los relatores especiales de las Naciones Unidas, los comentarios y las respuestas del Gobierno colombiano, las presentaciones de las ONG nacionales e internacionales, y los pronunciamientos de los estados miembros de la Comisión.
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el caso de Colombia, utiliza como conclusión de su trabajo el instrumento llamado declaración de la presidencia de la Comisión. Este instrumento es un documento consensuado entre los 53 Estados miembros y el Gobierno de Colombia, detalla los compromisos mutuamente adquiridos del Gobierno de Colombia y de la comunidad internacional. En otras palabras: el Gobierno de Colombia está de acuerdo con el contenido de dicha declaración, el cual se vuelve vinculante y de obligatorio cumplimiento para el Gobierno.
La declaración del presidente de la última sesión de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, llevada a cabo en Ginebra entre marzo y abril de este año, hace hincapié en las recomendaciones del Alto Comisionado y en el punto 36 ”… recuerda al Gobierno de Colombia su compromiso de tomar en cuenta e implementar las recomendaciones contenidas en la Declaración de la Presidenta. La Comisión hace un llamado a la pronta implementación, por todas las partes concernidas, de las recomendaciones concretas y prioritarias para 2004 del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como de las recomendaciones adoptadas por la Comisión en su 59 periodo de sesiones que estén pendientes de implementación.”.
En la declaración se agrega: “…La Comisión comparte el punto de vista del Alto Comisionado de que la situación de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario se mejoraría notablemente si aquellas (recomendaciones) fueran aplicadas durante 2004”.
Con estos antecedentes constructivos hay que analizar cuál es la situación y cuál es el grado de implementación por parte del Estado colombiano y de otros actores a quienes están dirigidas las recomendaciones .
En el informe 2003, el Alto Comisionado formuló para el año 2004, 27 concretas recomendaciones divididas en 6 grupos:
– prevención y protección,
– conflicto armado interno,
– estado de derecho y la impunidad,
– políticas económicas y sociales,
– promoción de una cultura de derechos humanos
– asesoramiento y cooperación técnica de la oficina en Colombia de Alto Comisionado.
De las 27 recomendaciones 19 están exclusivamente dirigidas a las autoridades de las tres ramas del poder público y de los órganos de control encargados de la protección y promoción de los derechos humanos. Cuatro recomendaciones, más bien exigencias, están exclusivamente dirigidas a las FARC-EP, al ELN, a las AUC y a los demás a los grupos guerrilleros y paramilitares. Otras cuatro recomendaciones están dirigidas al Estado, a los sectores representativos de la sociedad civil o de la comunidad internacional así como a los grupos armados ilegales.
La prevención y protección
Este grupo de recomendaciones están dirigidas a mejorar la coordinación entre las propias instituciones del Estado que permitan implementar medidas y acciones tendientes a disminuir la ocurrencia de graves y masivas violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.
En materia de prevención merece destacarse el fortalecimiento del mecanismo de defensores comunitarios, que pasaron de 7 a 17 en un año gracias al apoyo de la comunidad internacional, así como los mayores esfuerzos por parte del Sistema de Alerta Temprana (SAT) por identificar los riesgos y emitir sus informes al respecto.
La Oficina anota los positivos esfuerzos del Gobierno colombiano en continuar estructurando su respuesta de prevención mediante el fortalecimiento del Comité Interinstitucional de Alerta Temprana (CIAT).
A la vez, la Oficina sigue detectando disfuncionalidades entre la Defensoría del Pueblo y su Sistema de Alerta Temprana y el CIAT. Este último al no estar legalmente constituido no tiene ninguna posibilidad de exigir acciones de prevención y de protección a las autoridades tanto a nivel central como departamental.
El CIAT no ha establecido aún un mecanismo de seguimiento y evaluación de las acciones tomadas, delegando casi exclusivamente a nivel departamental la responsabilidad de dichas acciones.
La única fuente financiera que permite mantener este sistema (SAT-CIAT), es la contribución bondadosa de USAID. Ello, sin embargo, deja interrogantes sobre la sostenibilidad del sistema.
A pesar de los avances, el sistema no ha tenido el impacto esperado, ya que la respuesta institucional del CIAT continuó siendo deficiente en términos prácticos, tanto por la disminución de las alertas lanzadas a partir de esos informes de riesgos, como por las acciones adoptadas que, en la mayoría de los casos, se tradujeron únicamente en el desarrollo de Consejos de Seguridad en las regiones identificadas.
Durante el año 2003 de los 84 informes de riesgo de la Defensoría del Pueblo 29 informes se transformaron en alertas tempranas por parte del CIAT. De estos 29 casos, a pesar de la alerta del CIAT a las autoridades en 10 se consumó la violación. Del 1 de enero al 30 de junio de 2004 de los 54 informes de riesgo de la Defensoría del Pueblo, en 20 situaciones se produjo una violación. El CIAT sólo produjo alerta temprana en 11 casos, y a pesar de ello en 5 ocasiones se produjo la violación. El CIAT en lo que va del 2004 pudo prevenir la ocurrencia de violaciones en 6 casos de los 20 informados y consumados.
Comparado con el año 2003, la efectividad del sistema disminuyó su capacidad de prevención y protección en un 11%.
Según información proporcionada por la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia el presupuesto disponible para la atención a la población beneficiada directamente con medidas de protección para el año 2004 ha aumentado en relación al año 2003 en un 9%.
Durante el 2003 se atendió un promedio mensual de 435 solicitudes de protección mientras que durante los primeros ocho meses del año en curso este promedio ha subido a 464 solicitudes.
Significativo es el aumento de solicitudes de protección por parte de los sindicalistas, quienes han pasado de 118 solicitudes promedio mensuales en el 2003 a 149 en el 2004; las de la Unión Patriótica y del Partido Comunista Colombiano de 35 solicitudes promedio mensuales en el 2003 a 104 en el 2004; de los periodistas de 6 solicitudes promedio mensuales en el 2003 a 12 en el 2004; y de parte de ex alcaldes las solicitudes pasaron de 0 en el 2003 a 105 a agosto de 2004.
Por otra parte bajaron las solicitudes promedio mensuales de las ONG, de 102 en el 2003 a 64 en el 2004. También bajaron las solicitudes de funcionarios públicos en ejercicio como: alcaldes, concejales, diputados y personeros. De enero de 2003 a agosto de 2004 se atendieron 8.935 solicitudes de protección de las cuales casi la mitad fueron respondidas con equipos de comunicación (2950) y apoyo de reubicación temporal (1474).
Más allá de las medidas gubernamentales para fortalecer esos programas, sigue planteándose una debilidad en lo que respecta a acciones para disminuir los factores de riesgo sobre esos grupos. A pesar de algunos esfuerzos gubernamentales para llevar a cabo reuniones regionales de distensión y de acercamiento entre las autoridades locales, en particular la Fuerza Pública, y los defensores de derechos humanos, incluyendo los sindicalistas, los pronunciamientos de altas autoridades gubernamentales cuestionando la labor y la legitimidad del trabajo de esos grupos disminuyen drásticamente el impacto de aquellos esfuerzos y dejan interrogantes sobre el grado de compromiso coherente en materia de prevención y protección de los derechos humanos.
Al analizar la efectividad de los mecanismos de protección se perciben algunas contradicciones, como el hecho de que varias personas beneficiarias de los programas de protección, y aún de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, hayan sido víctimas de atentados, y en algunos casos, varias personas perdieron la vida.
En relación con las comunidades en riesgo, sigue registrándose la tendencia a la disminución de nuevos desplazamientos. A la vez el número total de desplazados ha aumentado.
Llama la atención la discrepancia entre la información de la Red de Solidariedad Social y de Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento, CODHES, que radica principalmente en la forma del registro de los nuevos desplazados.
Debe tenerse en cuenta la persistencia del sub registro en materia de desplazamientos, un número de personas no se inscriben por temor a exponerse o por la estigmatización de la zona de la cual provienen. Igualmente, es necesario tomar en cuenta la existencia de comunidades prácticamente sitiadas que, frente a la falta de opciones, se ven obligadas a permanecer confinadas en sus regiones.
En lo que va del año 2004, la disminución a nivel nacional de nuevos desplazamientos difiere con el incremento en algunos departamentos. El aumento se registra en los departamentos en los cual se está desarrollando el Plan Patriota, en las regiones en disputa entre los grupos armados ilegales por el aprovechamiento de los cultivos ilícitos y en aquellas regiones que sirven de corredores estratégicos a estos grupos ilegales.
La Fuerza Pública, en ciertas regiones, ha incidido en el desplazamiento de poblaciones o bien como factor directo del mismo o bien como resultado de la imposibilidad de mantener bajo control los territorios recuperados.
La Oficina continuó recibiendo quejas por los bloqueos de alimentos o medicinas por parte, de un lado, de la Fuerza Pública, y por el otro lado de los grupos armados ilegales.
El Gobierno impulsó prioritariamente una política de retornos de las comunidades desplazadas. No siempre se han considerado adecuadamente la voluntad, la dignidad y la seguridad de las personas que retornan. Tampoco, hasta el momento, se ha tomado en cuenta la Sentencia T 025, del 27 de abril de 2004, mediante la cual la Corte Constitucional encomendó al Consejo Nacional para la Atención Integral a la población desplazada la elaboración de un plan que dé prioridad a la asistencia humanitaria.
La Corte concluyó, en septiembre, que diversos organismos del Estado -la Red de Solidaridad, al Departamento Administrativo de la Presidencia, los ministerios de Hacienda Protección Social, Agricultura y Educación, entre otros- no estaban cumpliendo sus obligaciones con la población desplazada. Que el Gobierno no estaba destinando los recursos que había comprometido. Y exigió un programa de acción y un cronograma que debió presentarse al iniciar el año 2004.
A pesar de la disminución de varios índices de violencia, algunas comunidades continuaron afrontando altos riesgos y siendo víctimas de los grupos armados ilegales.
En los últimos meses se registró un aumento en la muerte de líderes indígenas, varios de ellos con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), especialmente en las comunidades embera chami y kankuamas. También se registró un aumento de secuestros de embera katíos.
Luego de más de un año de inactividad el Gobierno no ha logrado, hasta el momento, consensuar la propuesta de plan de acción para los pueblos indígenas.
Positivo en cambio ha sido la convocatoria de una reunión del Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos (CRER) para atender la situación específica de los indígenas.
En relación con los archivos de inteligencia militar, ha sido notable para la Oficina recibir quejas e información directa sobre la utilización exclusiva de este tipo de informes para la realización de capturas masivas y de allanamientos.
La Oficina ve positivamente la información del Ministro de Defensa en el sentido de depurar los archivos de inteligencia de la Fuerza Pública, y la reciente comunicación del Procurador General de la Nación de querer acompañar y participar de esta tarea mediante un procedimiento mutuamente acordado.
No ha habido avances significativos en el cumplimiento de la obligación de sancionar disciplinariamente a los servidores públicos que con sus declaraciones, acciones u omisiones descalifiquen o pongan en riesgo la labor de los defensores de derechos humanos. Ha continuado la descalificación a la legítima labor de los defensores de derecho humanos y de líderes sindicales por parte de altas autoridades del Estado. La Oficina ha conocido pocos ejemplos de acciones tomadas por los superiores jerárquicos o por el Ministerio Público en el sentido de esta recomendación del Alto Comisionado.
La recomendación sobre la necesidad de un estudio independiente como base para poder desarrollar en forma integral la formación de los miembros de la Fuerza Pública en derechos humanos y derecho internacional humanitaria sigue, hasta el momento, sin implementación. La Oficina está en espera de una respuesta al proyecto de cooperación en la materia que le fuera presentado al Ministro de Defensa desde finales del año pasado.
El conflicto armado interno
Este grupo de recomendaciones están dirigidas a los que participan directamente en las hostilidades dentro del conflicto armado interno y a todos los que necesitan contribuir para que se establezcan negociaciones adecuadamente estructuradas para superar el conflicto.
Los grupos armados al margen de la ley han persistido en un total incumplimiento de sus obligaciones en materia de derecho internacional humanitario, con graves infracciones que victimizan a la población civil, incluyendo actos de terrorismo, masacres, homicidios, toma de rehenes y utilización de minas antipersonal. A esto se suma el continuo desconocimiento de las recomendaciones y exigencias del Alto Comisionado en la materia.
Los grupos armados han continuado mostrando un total desprecio e irrespeto por los derechos humanos.
Las FARC-EP, el ELN, las AUC y los demás grupos guerrilleros y paramilitares, siguieron cometiendo todo tipo de atrocidades como son las masacres, el asesinato indiscriminado y selectivo, la tortura, el desplazamiento, el secuestro y la utilización de minas antipersonales. Crímenes que han sido considerados por parte de la Oficina como crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.
Las FARC-EP han incrementado sus ataques indiscriminados a la población civil, muchos de estos ataques han tenido característica de acciones terroristas. Ha sido público y notorio el incumplimiento por parte de las AUC del compromiso asumido con el Gobierno colombiano de cese de hostilidades al continuar ejecutando crímenes atroces.
La Oficina ha sugerido, en varias ocasiones, al Gobierno colombiano analizar la conveniencia de retirar la salvedad formulada al Estatuto de Roma, que limita la competencia de la Corte Penal Internacional para juzgar los crímenes de guerra cometidos en Colombia.
En el marco de las operaciones de recuperación del territorio colombiano y de asentar golpes militares a los grupos armados ilegales, la Fuerza Pública en ocasiones ha actuado sin observar adecuadamente los principios humanitarios de limitación, distinción, proporcionalidad y protección de la población civil. Asimismo, en ocasiones, ha limitado negativamente el acceso humanitario a las poblaciones expuestas.
En el marco del “Plan Patriota”, ha habido una falta de coordinación entre la Fuerza Pública, la Red de Solidaridad, el Ministerio de Salud, y las alcaldías en los territorios afectados por dicho plan. Sin mencionar la ausencia de una política integral que permitiera contar con la presencia de otras instituciones civiles (Procuraduría, Fiscalía, Defensoría del Pueblo) en los territorios recuperados.
Ha habido denuncias de la población civil del atropello por parte de los llamados “soldados campesinos”. La falta de una capacitación adecuada en el respeto de los derechos humanos es probablemente una razón detrás de muchos de estos atropellos y violaciones.
La falta de transparencia en cuanto a varios operativos, las apresuradas declaraciones de los mandos para culpabilizar a personas civiles y exonerar de toda responsabilidad a miembros de los cuerpos armados, el traslado a la jurisdicción penal militar de procesos por hechos constitutivos de graves violaciones de los derechos humanos o de crímenes de guerra (vgr. los procesos por los hechos de Guaitarilla, Cajamarca y Arauca), los casos de corrupción interna, de abusos cometidos durante la ejecución de acciones operativas militares y el continuo conocimiento de casos de nexos de miembros de la Fuerza Pública con grupos paramilitares implican tareas pendientes y de mucha importancia para con el respeto y la garantía de los derechos humanos y con la estricta observancia del derecho internacional humanitario.
El Estado de Derecho y la impunidad
Este grupo de recomendaciones están dirigidas al fortalecimiento del Estado de derecho, de sus instituciones y de contrarrestar el fenómeno grave de la impunidad.
La agenda legislativa ha continuado siendo un punto de mucho énfasis en la política gubernamental. Se han impulsado varios proyectos en los cuales hubiera sido aconsejable haber tenido en cuenta los estándares internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario. Aún cuando algunos de estos proyectos no han prosperado, varios se han orientado hacia una sobre-valoración de las funciones militares y a limitar o reducir las garantías judiciales de los ciudadanos, elementos de mucha importancia para el Estado de Derecho.
En el 2003, el Congreso aprobó el Acto Legislativo No. 02, que introdujo en el ordenamiento interno restricciones de los derechos humanos no compatibles con los tratados internacionales de la ONU y de la OEA sobre la materia, y otorgó, en contradicción con reiteradas recomendaciones internacionales, facultades de policía judicial a los militares. La Corte Constitucional se pronunció, el 30 de agosto de 2004, declarando la inconstitucionalidad del mencionado acto legislativo por vicios de forma.
Llama la atención de la Oficina el proyecto anunciado en este mes de septiembre por el Gobierno, entre otras cosas, para reducir las facultades de la Corte Constitucional. Es de subrayar que las garantías en el ejercicio de las funciones de control son fundamentales para fortalecer y dar legitimidad a las propias políticas de seguridad del Gobierno.
La Oficina quiere hacer énfasis en la importancia de la labor de la Corte Constitucional para garantizar que Colombia continué defendiéndose contra los grupos armados ilegales con los métodos dignos de un Estado derecho.
El Gobierno siguió impulsando los diálogos con los grupos paramilitares paralelamente a la presentación de un primer proyecto de ley conocido como de “alternatividad penal”. Dicho proyecto buscaba otorgar beneficios penales a los miembros de los grupos armados al margen de la ley que se desmovilizaran como producto de las negociaciones. La Oficina no fue consultada ni invitada a prestar su asesoría antes de la presentación de la propuesta.
Sin embargo, la Oficina, más tarde, ha podido asesorar al Gobierno y al Congreso en esa materia y ha presentado sucesivas observaciones, particularmente dirigidas a garantizar el respeto de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, así como a la lucha contra la impunidad. La segunda propuesta del Gobierno significó avances, pero se necesitaría seguir adecuándola con los estándares internacionales en la materia.
El Gobierno ha continuado dando prioridad a su política de promoción de la desmovilización y reincorporación de miembros de los grupos armados al margen de la ley como estrategia para disminuir la violencia al buscar desarmar a esas personas.
En relación con la desmovilización de los paramilitares, no se ha aclarado la situación jurídica de cada uno de los desmovilizados y, en particular de aquellos que han cometido graves crímenes constitutivos de crímenes de guerra o de lesa humanidad. Tampoco hay mucha claridad en cuanto al tratamiento que se otorga a los vínculos de los desmovilizados con el narcotráfico.
En relación con las negociaciones con las AUC, el Gobierno reclamó públicamente el respeto del cese de hostilidades. Este prerrequisito absoluto del presidente Uribe no ha imperado como se hubiera esperado. No se conocen consecuencias concretas frente a los incumplimientos del cese de hostilidades.
Queda pendiente una tarea de grandes implicaciones: como la de frenar, contrarrestar y abolir la fuerte influencia del paramilitarismo en varios lugares, administraciones e instituciones del país. Una parte de esta tarea es la necesidad de seguir tomando medidas concretas y adecuadas para cortar los nexos de servidores públicos con los grupos paramilitares. También debe evitarse por parte de funcionarios del Estado expresiones de complacencia o entendimiento con el paramilitarismo.
Queda pendiente la implementación de la recomendación al Fiscal General sobre la creación de un grupo especializado de investigación de vínculos entre miembros de la Fuerza Pública y grupos paramilitares.
La Oficina ha notado un debilitamiento de los procedimientos judiciales mediante la utilización frecuente de testimonios de personas desmovilizadas o reincorporadas. Se denunciaron varios casos de desmovilizados que dieron falsos testimonios a cambio de dinero o de beneficios judiciales. Hasta el momento la Oficina no ha podido registrar medidas eficaces por parte del Estado para sancionar a los servidores públicos involucrados en esas irregularidades procesales, o para prevenir la repetición de éstas.
Como consecuencia de esta práctica, varios procesos han concluido con la exoneración de personas que manifiestamente habían sido acusadas, sin fundamentos adecuados, por la comisión de delitos contra el régimen constitucional y la seguridad pública. En dichos procesos figuraban varias veces como sindicadas personas pertenecientes a organizaciones de derechos humanos y de sindicatos.
En noviembre del año pasado se suscribió un acta de entendimiento entre el Fiscal General de la Nación y la Oficina para ayudar al cumplimiento de las recomendaciones del Alto Comisionado en relación con el diseño e implementación de una carrera fiscal, así como con el fortalecimiento de la Unidad de Derechos Humanos y DIH. La Oficina espera que la Fiscalía pueda demostrar resultados concretos antes de fin de año en esta materia.
En cuanto a la política de lucha contra la impunidad, las actividades desplegadas por la Vicepresidencia y su Programa de lucha contra la impunidad y el trabajo en el seno del Comité Especial de impulso de las investigaciones de violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH, lograron algunos avances en las investigaciones; principalmente mediante el desarrollo de diligencias judiciales que permitieron capturas y resoluciones de acusación. Es de esperar que estos avances resulten, ojala prontamente, en procesos judiciales finalizados. Si no el país estará perdiendo una oportunidad importante para contrarrestar la impunidad.
Las políticas económicas y sociales
Esta recomendación está dirigida a defender y promover los derechos al trabajo, a la educación, a la salud, y a la vivienda.
En lo que va del año se ha registrado un crecimiento de la economía . Sin embargo, el panorama social continúa mostrando altos niveles de pobreza e inequidad. La disponibilidad, el acceso, la permanencia y la calidad de los derechos al empleo, a la vivienda, a la salud y a la educación distan de ser satisfactorios. Persisten altas cifras de desempleo y subempleo, la situación hospitalaria y pensional continúa agravándose y la cobertura del sistema de salud sigue siendo baja. En materia de derecho a la vivienda se observó un repunte en la construcción, éste benefició particularmente a los estratos 4, 5 y 6, mientras que en los estratos 1, 2 y 3 persiste la insuficiente disponibilidad de vivienda propia y de acceso a los subsidios.
Una observación preliminar es que hacen falta mayores medidas por parte del Estado colombiano y los sectores económicos para honrar adecuadamente los derechos económicos y sociales.
La promoción de una cultura de derechos humanos
Estas recomendaciones están dirigidas a la creación en Colombia de una cultura más sólida de respeto a los derechos humanos, y a favorecer el establecimiento de políticas públicas coherentes en la materia.
Durante el año, el Gobierno ha realizado acciones encaminadas al diseño del Plan Nacional de Acción en materia de derechos humanos, estableciendo una metodología de trabajo basada principalmente en la consulta y la concertación con las instituciones estatales y con la sociedad civil. El diseño del plan está previsto para finales de 2004 y, por lo tanto, la evaluación del mismo deberá ser realizada en su momento. Para que este plan sirva se requieren altos grados de concertación con todos los sectores de la sociedad.
El Ministerio de Educación conjuntamente con la Defensoría del Pueblo, y con la contribución de la Oficina, están desarrollando un plan promisorio de educación en derechos humanos para las escuelas y los colegios en Colombia.
El asesoramiento y cooperación técnica de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado
Estas recomendaciones están dirigidas a todos los sectores de la sociedad colombiana para aprovecharse más adecuadamente de la asesoría y cooperación de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado.
La Oficina continúa esperando el cronograma de implementación de todas las medidas necesarias para honrar las recomendaciones por parte del Vicepresidente de la República, los ministros concernientes, el Alto Comisionado para la Paz y de las demás entidades estatales. Se debiera haber presentado el cronograma antes del 1 de julio de 2004. La no existencia de este cronograma dificulta tanto la implementación como el seguimiento de las recomendaciones.
La Oficina ha mantenido una serie de reuniones con el Gobierno para promover la implementación y el seguimiento de las recomendaciones. Sin embargo, la calidad de la interlocución se ha visto debilitada por la falta del cronograma necesario. También se puede notar que el Gobierno debe aprovecharse mejor de los recursos de asesoría y cooperación técnica en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario.
Estos puntos fueron especialmente enfatizados en la declaración del presidente de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Conclusión
Como balance general podría señalarse que ha habido algunas recomendaciones que han recibido impulsos de las instituciones –unas mediante compromisos acordados en declaraciones o documentos escritos y otras a través de acciones puntuales- y otras que no han generado avances concretos.
La Oficina espera un renovado impulso en los meses que restan. De esta forma, se puede facilitar el cumplimiento de los compromisos que el Estado colombiano solemnemente ha asumido.
https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/09/po0454.pdf