“…Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes…”
Declaración Universal de Derechos Humanos
Declaración Universal de Derechos Humanos
Después de la Segunda Guerra Mundial la tortura, al ser un delito contra la dignidad y la integridad de las personas, fue considerada como un “Crimen de Lesa Humanidad”.
El crimen de la tortura ha sido calificado como un trato degradante que ningún ser humano debe estar obligado a soportar.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos prohíbe de manera absoluta la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Por medio de esta prohibición, se protege un derecho inderogable de la persona, que es el derecho a la integridad personal, física y psíquica.
Existe una amplia normativa internacional que busca aumentar la efectividad para prevenir la tortura, investigar y castigar a los culpables y reparar los derechos de las víctimas.
Todas estas normas envían un claro mensaje a los Estados: no existe justificación legal alguna, ni siquiera en momentos de emergencia o conflicto armado para practicar la tortura y mucho menos para dejar en la impunidad a sus perpetradores.