3. No obstante, a la Comisión de Derechos Humanos le preocupan profundamente las violaciones del derecho a la vida, puestas claramente de manifiesto en el informe del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. Miles de vidas se pierden cada año como resultado de diversos actos de violencia, especialmente en el contexto del conflicto armado entre el Gobierno y las guerrillas, así como por la acción de los grupos paramilitares. Semejante conflicto entraña abusos y violaciones graves y constantes del derecho humanitario por parte tanto de los agentes públicos como de los grupos guerrilleros, persistiendo estos últimos en prácticas prohibidas como la toma de rehenes civiles.
4. La Comisión de Derechos Humanos reconoce que el Gobierno de Colombia ha adoptado disposiciones encaminadas a la aplicación de normas humanitarias en el conflicto, entre otras, un acuerdo con el Comité Internacional de la Cruz Roja destinado a facilitar sus actividades humanitarias en el país.
5. A la Comisión de Derechos Humanos le sigue preocupando profundamente el gran número de casos de desapariciones, como se pone de manifiesto en el informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias. La aplicación a nivel nacional de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas encuentra serios obstáculos, lo que genera impunidad
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10. La Comisión de Derechos Humanos, a la vez que alienta la labor de la Comisión Especial creada por el Gobierno de Colombia para asegurar el seguimiento y la aplicación de las recomendaciones de los relatores temáticos, considera que la aplicación práctica de tales recomendaciones y de las hechas por los grupos de trabajo sigue siendo insuficiente, y que la situación de los derechos humanos tampoco ha mejorado de manera significativa, y recuerda la resolución aprobada por la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías en agosto de 1995.
3. La Comisión de Derechos Humanos también está profundamente preocupada por la persistencia de miles de violaciones al derecho a la vida, y por la creciente participación en ella de los llamados “grupos paramilitares”. Este conflicto acarrea serios y continuos abusos y violaciones de los derechos humanos del derecho humanitario tanto por agentes estatales como por grupos guerrilleros.
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6. La Comisión de Derechos Humanos reconoce que el Gobierno de Colombia ha dado pasos para la aplicación de las pautas humanitarias en el conflicto, y saluda la continuación de su cooperación con el Comité internacional de Cruz Roja (CICR) y el facilitamiento de sus actividades humanitarias en el país.
7. La Comisión de Derechos Humanos permanece profundamente preocupada por los numerosos casos de desapariciones, como se muestra en el informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (documento E/CN.4/1997/34). La aplicación a nivel nacional de la Declaración sobre la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas enfrenta varios obstáculos, generando impunidad.
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11. Aunque alienta el trabajo de la Comisión Especial creada por el Gobierno de Colombia para el análisis, seguimiento y aplicación de las recomendaciones de los órganos internacionales de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos considera que la aplicación de estas recomendaciones, en particular aquellas de los relatores temáticos y grupos de trabajo, no es aún suficiente.
5. En este contexto, la Comisión está altamente preocupada por la gravedad y la escala de las violaciones de derechos humanos y los ataques al derecho internacional humanitario reportados por la Oficina en Bogotá.
6. La Comisión está sumamente preocupada por la persistencia e intensificación del conflicto armado interno, el cual entraña cada vez más serios y continuos abusos y violaciones de los derechos humanos y la aplicación del derecho internacional humanitario principalmente por parte de los “paramilitares” (también conocidos como “grupos de autodefensas”) y las guerrillas, así como de ciertos agentes estatales.
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8. La Comisión reconoce el conjunto de importantes políticas y medidas adoptadas y puestas en marcha por el Gobierno de Colombia en el campo de la protección y defensa de los derechos humanos y su voluntad de cooperación con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Bogotá, los relatores especiales y los grupos de trabajo de la Comisión, así como su disponibilidad de continuar y reforzarlas. No obstante lo anterior, sigue altamente preocupada por el hecho de que la situación de violencia endémica y de conflicto armado interno que afecta a muchas regiones del país haya resultado en graves consecuencias para los derechos humanos.
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10. La Comisión reconoce que el Gobierno ha dado pasos en la aplicación de las normas humanitarias en el conflicto y acoge su continua cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la facilitación de sus actividades humanitarias en el país.
11. La Comisión está altamente preocupada por la creciente y perjudicial contribución de los grupos “paramilitares” en la situación de violencia cada vez mayor en muchas partes de Colombia y en el deterioro del conflicto armado interno y por su implicación en más de la mitad de los crímenes violentos atribuidos a las partes en conflicto. Esto se refleja particularmente en el número de alarmantes matanzas de no combatientes y en el dramático incremento en el número de desplazados internos. La Comisión está igualmente preocupada por el hecho de que miembros de los grupos “paramilitares” actúan algunas veces conjuntamente o con la aquiescencia de miembros de las fuerzas armadas o de policía.
4. La Comisión reconoce las medidas adoptadas por el Gobierno de Colombia para la aplicación de las normas humanitarias en el conflicto, y acoge con beneplácito su continua cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja y la facilitación de sus actividades humanitarias en el país.
5. En este contexto, la Comisión deplora la persistencia y gravedad de las violaciones serias y generalizadas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.