Skip to main content
Informes ONU

Declaración del presidente del 55 periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia

By 2 de septiembre de 2021diciembre 2nd, 2024No Comments

Declaración de la Presidente en nombre de la Comision de Derechos Humanos (55° periodo de sesiones)

Ginebra, 22 de marzo – 30 de abril de 1999

Tema 3 del orden del día

Situación de los derechos humanos en Colombia

1. "La Comisión de Derechos Humanos acoge con beneplácito, el hecho de que las instituciones del Estado y del Gobierno hayan seguido cooperando con la Oficina permanente del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Bogotá, facilitándole la realización de sus actividades en Colombia. También acoge con beneplácito el informe analítico de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la Oficina en Colombia (E/CN.4/1999/8). Además, toma nota de un documento que contiene las observaciones del Gobierno de Colombia sobre ese informe (E/CN.4/1999/141, anexo).

2. La Comisión celebra la renovación del acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, que prorroga el mandato de la Oficina permanente en Bogotá hasta el 30 de abril del año 2000. Considera de la mayor importancia el trabajo que la Oficina está realizando en la promoción y la protección de los derechos humanos, que puede facilitar la reconciliación entre los colombianos y la búsqueda de la paz. La Comisión sigue considerando que la Oficina, cuya tarea consiste en promover y proteger los derechos humanos y observar las violaciones de los derechos humanos en el país, así como asesorar a las autoridades colombianas en la elaboración de políticas y programas, sigue desempeñando una función vital en la lucha contra las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario que se vienen perpetrando en Colombia. La Comisión espera que las actividades de la Oficina de derechos humanos de Bogotá contribuya a la larga a promover un clima de confianza entre el Gobierno y todos los sectores involucrados en el conflicto, en especial alentando un proceso de diálogo constructivo que incluya a las organizaciones no gubernamentales y demás sectores de la sociedad civil.

3. La Comisión toma nota de la voluntad permanente del Gobierno de Colombia de atribuir toda su importancia a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el informe de la Alta Comisionada, pero deplora el hecho de que no se hayan aplicado plenamente sus recomendaciones, así como las formuladas por los mecanismos temáticos y otros órganos de las Naciones Unidas. La Comisión concluye además que se precisa de una cooperación estrecha y permanente con los relatores y los grupos de trabajo temáticos, entre otras cosas, para mejorar la situación de los derechos humanos en Colombia.

4. La Comisión reconoce las medidas adoptadas por el Gobierno de Colombia para la aplicación de normas humanitarias en el conflicto, y acoge con beneplácito su continua cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja y la facilitación de sus actividades humanitarias en el país.

5. En este contexto, la Comisión deplora la persistencia y gravedad de las violaciones serias y generalizadas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

6. La Comisión toma nota de la introducción por el Gobierno de Colombia en diciembre de 1998 de una estrategia integrada de los derechos humanos que es conforme a la Declaración y Programa de Acción de Viena, y en que se destacan como motivos de preocupación el respeto del derecho internacional humanitario y las medidas destinadas a luchar contra la impunidad, la profesionalización de las fuerzas armadas, la asistencia a los desplazados internos y la seguridad de los defensores de los derechos humanos. La Comisión insta al Gobierno de Colombia a que complemente estas directrices adoptando medidas pragmáticas para ocuparse de estas esferas críticas, en especial el elevado nivel de impunidad. Acoge con agrado la manifiesta voluntad, expresada en esta Comisión por el Vicepresidente de Colombia en su nueva capacidad de Consejero del Gobierno para los Derechos Humanos, de atribuir máxima prioridad a la promoción y protección de los derechos humanos en el futuro, y poner en marcha sin dilación el plan nacional de derechos humanos.

7. La Comisión expresa la esperanza de que las conversaciones de paz entre el Gobierno de Colombia y todos los grupos implicados en el conflicto interno sean permanentes y proporcionen un impulso decisivo hasta que se alcance una paz sostenible en el país. La Comisión permanece profundamente preocupada por que no se ha concertado un cese del fuego y por los abusos cada vez más graves del derecho internacional humanitario, principalmente por parte de los "paramilitares" (también conocidos como "grupos de autodefensa" o "autodefensas") y las guerrillas. Al mismo tiempo, la Comisión deplora las violaciones de los derechos humanos cometidas por ciertos agentes estatales e insta al Gobierno de Colombia a que adopte medidas enérgicas y decisivas contra todos los agentes estatales declarados culpables de violaciones de los derechos humanos.

8. La Comisión sigue sumamente preocupada por el aumento del número de personas internamente desplazadas en Colombia y exhorta a las autoridades colombianas a que intensifiquen su acción, en coordinación con los órganos internacionales. En este contexto, toma nota con satisfacción de la cooperación establecida entre el Gobierno de Colombia y la oficina de enlace de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en Bogotá sobre la base de un memorando de entendimiento de fecha 28 de enero de 1999. La Comisión insta al Gobierno de Colombia a que busque medios eficaces para erradicar las causas del desplazamiento, en especial realizando investigaciones judiciales contra los grupos "paramilitares", considerados uno de los principales responsables. Pide al Gobierno que elabore una estrategia pública y bien financiada para solucionar los problemas del desplazamiento interno. Asimismo pide que se investiguen a fondo los crímenes contra la población desplazada e insta al Gobierno de Colombia a que adopte medidas preventivas en aquellas regiones en que se ha amenazado a la población de desplazamiento forzado.

9. La Comisión acoge con beneplácito la reducción del número de violaciones de los derechos humanos atribuidas a las fuerzas armadas y de seguridad, y a la policía, pero está preocupada porque las fuerzas armadas no han hecho realidad su intención de suspender del servicio activo a todos los miembros de sus filas que estén sometidos a investigaciones judiciales o disciplinarias oficiales por violaciones de los derechos humanos hasta que se determine si son culpables o inocentes, y de dar de baja a los que sean declarados culpables. Insta al Gobierno de Colombia a que instituya procedimientos penales contra todos los así implicados. Insta al Gobierno de Colombia a que adopte lo antes posible las medidas necesarias para garantizar un ordenamiento judicial auténticamente independiente, para garantizar el traslado de todos los procedimientos judiciales relativos a violaciones graves de los derechos humanos sometidos actualmente a la jurisdicción penal militar, a la jurisdicción del derecho común y separar las funciones de los poderes ejecutivo y judicial.

10. La Comisión insta al Congreso de Colombia a que procure que en su actual sesión se apruebe el proyecto de reforma del Código Penal Militar e insta al Gobierno de Colombia a que vele por que sea plenamente conforme al derecho internacional.

11. La Comisión deplora que el proyecto de legislación sobre las desapariciones forzadas fuera retirado del programa de una sesión de emergencia del Congreso en enero de 1999 y toma nota de que se ha vuelto a introducir. Reitera al Gobierno de Colombia la importancia de adoptar una ley por la que se tipifique como delito la desaparición forzada. Pide al Congreso de Colombia que asegure su aprobación en la sesión actual. Apela al Gobierno para que vele por que la ley sea conforme a los instrumentos internacionales, en especial con la Declaración de las Naciones Unidas sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y adopte con urgencia normas penales y disciplinarias sobre las desapariciones forzadas que las castiguen como crímenes y delitos graves y a que adopte una política penal y legislativa en relación con las violaciones de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario para aplicar las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y otros procedimientos temáticos.

12. La Comisión reitera su preocupación por la persistente violencia de los grupos "paramilitares" en Colombia. La Comisión condena enérgicamente los crímenes cometidos por los grupos "paramilitares", incluidos aquellos en que se ha determinado la responsabilidad de miembros de los "Servicios Especiales de Seguridad y Vigilancia" (llamados grupos "Convivir"). Insta al Gobierno de Colombia a que intensifique al máximo las medidas políticas, administrativas, judiciales y de otra índole en relación con los órganos oficiales sospechosos de apoyar a grupos "paramilitares", entre otras cosas iniciando actuaciones judiciales contra cualquier agente del Estado que coopere con los "paramilitares", adoptando medidas para desmantelar la estructura y los nexos entre los denominados "Convivir" y los grupos "paramilitares", y enjuiciando a sus miembros. La Comisión insta al Gobierno de Colombia a que aplique plenamente la decisión de retirar todas las licencias a todos los grupos "Convivir" y a verificar que se confisquen todas las armas en posesión de miembros de esos grupos. Mientras no se desbanden, se insta al Gobierno a que facilite información pública sobre el número actual de esos servicios, sus actividades y las medidas de control adoptadas por el Gobierno.

13. La Comisión condena inequívocamente todos los actos de terrorismo y todas las violaciones del derecho internacional humanitario cometidas por los grupos guerrilleros.

14. Observa con la más profunda preocupación que las actividades de la guerrilla siguen estando dirigidas contra los civiles (en particular la práctica totalmente inaceptable de la toma de rehenes con amenaza de muerte entre nacionales o extranjeros, que ni participan personalmente en el conflicto o su conducción ni tienen ninguna responsabilidad al respecto) y los ataques contra la infraestructura, incluidos los atentados con bombas contra oleoductos, que han causado numerosas muertes, gran sufrimiento entre la población civil y daños graves. Hondamente preocupada por atropellos recientes como el asesinato de tres defensores de los derechos humanos y el secuestro de todos los ocupantes de un aparato aéreo, atribuidos a grupos guerrilleros, pide a esos grupos que respeten las normas del derecho internacional humanitario, en especial absteniéndose de cometer asesinatos y de toda agresión contra la población civil, de las matanzas indiscriminadas, la toma de rehenes y el uso generalizado de minas terrestres antipersonal, y que cumplan sus propias promesas de no reclutar a niños. La Comisión pide a los grupos guerrilleros que demuestren que son sinceros en lo que respecta a la paz y que entablen negociaciones de paz serias y directas con el Gobierno, demostrando la misma buena voluntad para la transacción que la demostrada hasta ahora por éste.

15. La Comisión reconoce las importantes medidas legislativas adoptadas en Colombia, entre ellas la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y las normas que regulan el reclutamiento de menores de 18 años en el servicio militar obligatorio. La Comisión reconoce el hecho de que se haya presentado ante el Congreso un proyecto de ley para establecer la abolición del sistema de justicia regional. Pide al Congreso que apruebe lo antes posible para su aplicación efectiva las leyes anteriormente mencionadas. La Comisión insta al Congreso de Colombia a que ratifique lo antes posible la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción.

16. La Comisión deplora la continua existencia de elevados índices de impunidad judicial en los casos de delitos graves, en especial la incapacidad en algunos casos de llegar a una conclusión oportuna y efectiva de los procesos penales. Pide al Procurador General que enjuicie sin demora todos los casos de denuncias graves. Acoge con beneplácito los importantes adelantos logrados en varios casos de violaciones graves de los derechos humanos por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación que está investigando e inculpando a agentes gubernamentales, guerrilleros y miembros de grupos "paramilitares" responsables de violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Al mismo tiempo, sigue preocupada por la implicación de algunos agentes estatales, como lo ha demostrado la Fiscalía de la República en muchas ocasiones. Pide al Gobierno de Colombia que siga adoptando medidas con carácter urgente para corregir este problema y que adopte medidas contra las personas responsables.

17. La Comisión expresa su profunda preocupación por la grave situación creada por las agresiones contra los defensores de los derechos humanos y deplora la falta de investigaciones judiciales efectivas de esos delitos así como la falta de medidas judiciales, administrativas, de seguridad y financieras efectivas para proteger a esos defensores sociales y de los derechos humanos que se encuentran en situación de peligro. Insta al Gobierno de Colombia a que observe la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos aprobada por la Asamblea General. Pide al Gobierno de Colombia que consolide su apoyo, por conducto de todas las instituciones del Estado, a todos aquellos que promueven la defensa de los derechos humanos y en especial que aplique la Directiva Presidencial sobre el reconocimiento del trabajo de los defensores de los derechos humanos adoptada en 1997 y otras medidas adoptadas por el Gobierno para mejorar la situación de las organizaciones de defensores de los derechos humanos y protegerlas efectivamente. Alienta a las autoridades de Colombia a que establezcan un diálogo permanente con las organizaciones no gubernamentales, sociales y eclesiásticas con miras a realzar la protección de los defensores de los derechos humanos.

18. La Comisión pide al Gobierno de Colombia que atribuya la más alta prioridad a la elaboración de medidas concretas para integrar la educación en materia de derechos humanos en el programa de estudios de las escuelas y universidades de todo el país.

19. La Comisión toma nota con gran preocupación de los efectos de la violencia para la población indígena y pide al Gobierno de Colombia que adopte medidas eficaces para mejorar su protección jurídica y física.

20. La Comisión pide a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos que en su próximo período de sesiones le presente un informe detallado sobre las actividades de su Oficina, que contenga un análisis de la Oficina de Bogotá sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, de conformidad con las disposiciones del acuerdo concertado entre el Gobierno de Colombia y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la operación de la Oficina permanente en Bogotá."