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Informes ONU

E/CN.4/1989/18/Add.1 Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la visita realizada a Colombia en 1988

By 2 de septiembre de 2021diciembre 2nd, 2024No Comments

Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la visita realizada a Colombia en 1988

(NACIONES UNIDAS. Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias. Informe de la visita realizada a Colombia por dos miembros del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias (24 de octubre a 2 de noviembre de 1988), Doc. E/CN.4/1989/18/Add.1, 6 de febrero de 1989, p. 33 a 37).

'VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

123. El Grupo de Trabajo agradece al Gobierno de Colombia su invitación de visitar el país, durante unos tiempos que, sin duda, son de prueba. El Grupo agradece profundamente la ejemplar cooperación que han recibido los miembros de la misión. Es un hecho que el Gobierno ha abierto las puertas a numerosas misiones de derechos humanos de muy distinta procedencia7. La posición del Gobierno a este respecto responde al parecer a la expectativa de que el examen del comportamiento del país en materia de derechos humanos va a tener por objeto contribuir al mejoramiento de la situación. El presente informe, por lo menos, debería entenderse en ese sentido.

124. Es indudable que uno de los principales factores de desestabilización en la sociedad colombiana de hoy es el tráfico de drogas. Uno de los muchos rasgos perniciosos de la mafia del estupefaciente es que medra en un clima de inquietud cívica. Un clima social estable restaría viabilidad al tráfico. Esta puede ser una razón importante por la que los monopolios de la droga vienen fomentando sistemáticamente una situación de violencia generalizada en el país. Aun así, no son ellos la única causa. Por desgracia, mucho antes de que los barones de la droga tuvieran el poder que hoy tienen, la violencia predominaba ya en la vida cotidiana de los colombianos. Desde hace decenios las guerrillas se han lanzado a una lucha violenta. Aunque la acción subversiva ha afligido a todos los sectores de la sociedad colombiana, los miembros de la fuerza pública han sido los más gravemente afectados. Sin embargo, las denuncias de violaciones de derechos humanos cometidas por estos últimos (tortura, ejecuciones sumarias o arbitrarias y desapariciones) han estado llegando a las Naciones Unidas en virtud de diversos procedimientos desde hace bastante tiempo. La 'justicia privada", aplicada por grupos de autodefensa, escuadrones de la muerte o sicarios a sueldo, ha producido incontables víctimas de asesinato y desaparición, sobre todo en la izquierda política. Por último, hay también, como es lógico, muertes debidas a la delincuencia común, lo que no tiene nada de particular en un país donde hay tantas armas de fuego en manos de particulares.

125. Es difícil identificar las conexiones entre los diversos actores en el escenario de la violencia de un modo coherente. Esas conexiones pueden ser episódicas 0 constantes, localizadas o generalizadas. Por ejemplo, aunque es evidente que algunas actuaciones de los escuadrones de la muerte tienen relación con los traficantes de droga o con elementos del ejército, otras se realizan con objetivos políticos independientes o por mero afán de ganar dinero. Los Ocho movimientos de guerrilla del país pueden tener entre sí una manera distinta de operar incluso en su propio seno, según las circunstancias; en algunas zonas pueden hallarse en estrecha asociación con los intereses de la droga, mientras que en otras, los traficantes y los subversivos luchan entre sí.

126. Habida cuenta del complejo carácter de la sociedad colombiana, es sumamente difícil atribuir globalmente la responsabilidad de las desapariciones. La dificultad se complica por el hecho de que, aun en las ocasiones en que hay testigos oculares de los secuestros, suelen estar demasiado atemorizados para declarar o incluso para denunciar el hecho. Frecuentemente, los secuestros se llevan a cabo con precisión quirúrgica, sin dejar rastro alguno, y en muchos casos sus autores llevan ropas civiles. A menudo se menciona como secuestradores a los grupos paramilitares, aunque sus conexiones con elementos de las fuerzas armadas no puedan determinarse con absoluta certidumbre. El secuestro, corno no sea para obtener rescate, no constituye un método atractivo de eliminar adversarios para los guerrilleros. Su forma característica de actuar suele ser el asesinato puro y simple, vaya o no seguido de la eliminación clandestina del cadáver. En general, después de sopesar el material disponible, el Grupo de Trabajo opina que en la mayoría de los casos comunicados, las pruebas indirectas permiten sospechar -y las informaciones disponibles demuestran- la participación de unidades de las fuerzas armadas o de los servicios de seguridad en las desapariciones forzadas o involuntarias.

127. Una de las características más acusadas de las desapariciones en Colombia es su corta duración. En muchos casos de detención legal o de secuestro, el cuerpo de la víctima aparece a las pocas horas o días después, invariablemente torturado, a veces mutilado. Técnicamente, esos casos se considerarían "aclarados" en el lenguaje del Grupo de Trabajo aun antes de ser objeto de denuncia, pero es indudable que puede tratarse de casos de ejecución sumaria o arbitraria y de tortura. También en este caso es evidente la dificultad de deslindar estos conceptos en una situación dada.

128. Sin embargo, el Grupo de Trabajo dispone de informes de casos de desaparición en los que el destino y el paradero del desaparecido sigue siendo incierto durante mucho tiempo, como se indica en el capítulo IV. El número de esas desapariciones es importante en cualquier concepto. En la actualidad, el Grupo de Trabajo tiene 561 casos pendientes, 21% de los cuales parecen haberse producido en los dos últimos años. La Procuraduría General enumera 962 casos durante los últimos cinco años. Fuentes no gubernamentales del país cifran en 500 el mínimo de desapariciones seguras y en unas 1.000 las probables. Es difícil obtener datos más concretos. El clima de terror que predomina en gran parte del país hace que los familiares de los desaparecidos se resistan a ponerse en contacto con las autoridades. Además, las malas comunicaciones en las zonas rurales hacen problemática la formulación de una denuncia oficial. Todas estas cuestiones tienen que haber influido en el total de los casos comunicados por el Grupo de Trabajo sobre Colombia (672). Sea como fuere, aun aceptando las cifras más altas, los homicidios superan las desapariciones como método de represión.

129. Dada la envergadura del problema colombiano, la apertura de auténticas perspectivas de cambio constituye una tarea hercúlea. Las medidas que ha adoptado el actual Gobierno para poner coto a la violencia son ambiciosas. A su juicio, una de las principales causas de la violencia es la pobreza. De los 30 millones de habitantes del país, 45% son indigentes, mientras que 7.4 millones se encuentran en la pobreza absoluta8. Según este criterio, el Gobierno ha emprendido un amplio y completo "Plan contra la Pobreza". A nivel político, el Presidente Barco anunció un "Plan de Paz" en septiembre de 1988. Ese Plan incluye tres puntos principales, a saber, distensión, transición e incorporación de la guerrilla a la vida democrática. Análogamente, se procede a una importante revisión de la Constitución, que puede modificar decisivamente la singular cultura política del país. Las primeras elecciones directas de alcaldes de Colombia, celebradas en marzo de este año, formaron parte de ese mismo proceso. A nivel institucional, los tres Consejeros Presidenciales (descritos en los Capítulos III y V) constituyen rasgos destacados del empeño del Gobierno por cambiar el destino del país. Las actividades emprendidas por el Consejero Presidencial para los Derechos Humanos en materia de educación e información pública son especialmente importantes en el contexto del presente informe. La recuperación de un sistema de personeros que, a escala municipal desempeñan una función comparable a la del ombudsman, es ciertamente el proyecto más amplio y completo, aunque todavía tiene que ponerse a prueba. Estos proyectos de derechos humanos merecen el apoyo sostenido de todos los sectores de la administración, de la legislatura y del público en general. En particular, los esfuerzos del Consejero Presidencial para los Derechos Humanos por capacitar adecuadamente a los miembros de las fuerzas de orden público para que se atengan en su trabajo a lo dispuesto por la ley, se fortalecerían con el apoyo de la comunidad internacional.

130. Para muchos observadores, el Gobierno prefiere soluciones políticas a largo y mediano plazo en lugar de soluciones a corto plazo para los problemas de la violencia. Esperan que el Gobierno adopte una actitud más afirmativa para guiar al país bajo el imperio de la ley. En particular les desilusiona que no se adopte una acción más enérgica para destituir y procesar a los funcionarios del Estado que sean considerados responsables de violaciones de derechos humanos. Sin embargo, están de acuerdo en que, dadas las circunstancias y a pesar de los esfuerzos de los organismos del Gobierno, no es posible introducir cambios fundamentales en la estructura de la violencia de la noche a la mañana.

131. No sólo la violencia, sino también el grado de impunidad que, según reconoce el propio Gobierno, predomina en Colombia, parecen haber debilitado considerablemente la confianza en las instituciones públicas y contribuido de modo estimable al escepticismo en lo que se refiere a soluciones pacíficas para los conflictos sociales de Colombia. Esto no sólo es lamentable de por sí; puede incluso acelerar la espiral de la violencia aún más, ya que el pueblo puede sentir la tentación de tomarse la justicia por su mano y hacer el papel de juez y verdugo. De este modo, el problema de la impunidad puede muy bien ser una de las tareas más arduas que haya de afrontar el Gobierno colombiano. Como consecuencia, el Gobierno se ve situado ante la necesidad de garantizar el funcionamiento adecuado de las instituciones del Estado que participan en el mantenimiento del orden público y la protección' del individuo. Como esas cuestiones se hallan estrechamente relacionadas con el mandato del Grupo de Trabajo, merecen un comentario más detallado.

132. En todo país en que los militares ejercen una gran influencia en la gestión de los negocios del Estado y además tengan la responsabilidad de combatir la agitación social, hay que procurar muy especialmente que prevalezca el imperio de la ley. Colombia no es una excepción. Por una serie de decretos, emitidos en virtud del estado de sitio por gobiernos consecutivos, se han ido concediendo más poderes a las fuerzas armadas y a los servicios de seguridad en el mantenimiento del orden público.

133. El actual Gobierno ha promulgado una legislación sobre seguridad destinada especialmente a la lucha contra el terrorismo, según se indica en el capítulo III. La legislación ha reforzado la tendencia señalada en el párrafo que antecede. Ha ensanchado enormemente el círculo de los afectados por las medidas de seguridad. En consecuencia, parece haber disminuido la protección jurídica del ciudadano frente a los abusos de la fuerza pública. De este modo, se ha ido creando un conjunto de leyes cuyas ambigüedades pueden muy bien llevar al fenómeno de las desapariciones per se. Se impone la necesidad de una revisión a fondo de los poderes policiales esgrimidos por las fuerzas armadas en los servicios de seguridad, con objeto de garantizar mejor los derechos humanos del ciudadano particular. A este respecto, los miembros de la misión quedaron impresionados con el argumento, aportado por diversas fuentes, de que las fuerzas de policía se deberían separar de las fuerzas armadas y ponerlas a las órdenes del Ministerio de Gobierno.

134. Los procedimientos de hábeas corpus, destinados a impugnar ante el juez la legalidad de la detención y el encarcelamiento, han estado sometidos durante mucho tiempo a unos requisitos formales rigurosos que han dificultado la interposición de este recurso por el ciudadano particular. En virtud de un decreto reciente, descrito en el capítulo III, párrafos 57 a 63, nuevas trabas de procedimiento han impedido prácticamente la interposición del recurso de hábeas corpus en casos de desaparición. Hay que adoptar las oportunas medidas jurídicas e institucionales para volver a poner el hábeas corpus en el lugar que le corresponde.

135. Indudablemente, la más acosada de las instituciones del Estado es el poder judicial, como se dice en el capítulo II. La creación de juzgados de orden público por el actual Gobierno puede contribuir sin duda al éxito de la lucha contra el tráfico de drogas y la subversión, aunque sólo el tiempo dirá en qué medida. Además, el nuevo sistema puede aliviar la presión sobre los demás jueces, encargados de juzgar a los delincuentes comunes. Entretanto, el Gobierno podría estudiar la posibilidad de aumentar la protección física de los miembros de los tribunales e incrementar sus recursos.

136. Aunque como cuestión de principio el Grupo de Trabajo no se ocupa nunca de la responsabilidad de las desapariciones en casos concretos, le interesa, a nivel más general, que sobre los responsables caiga todo el peso de la ley. Ese interés, dicho sea de paso, está en perfecta consonancia con la resolución 33/137 de la Asamblea General y se basa en la preocupación de evitar desapariciones. Los miembros de la misión no se marchan convencidos de que la justicia penal militar funcione de un modo proporcionado a la gravedad de las denuncias formuladas contra algunos oficiales del ejército en lo que se refiere a abusos de derechos humanos. Son pocos los que han sido declarados culpables, y las penas, con dos o tres excepciones, han sido leves. Por supuesto, la desaparición como tal no figura como delito en el Código Penal Militar; pero, hasta la fecha, tampoco figura en el de ningún otro país. El Código no incluye delitos como el homicidio y la tortura. Es evidente que fue redactado para el campo de batalla, no para la administración de justicia en tiempos de paz. Análogo significado tiene la ausencia de civiles en las actuaciones. Se dice que se está efectuando una revisión importante del Código. Entretanto, la actitud del alto mando de las fuerzas armadas en lo referente a las desapariciones presuntamente causadas por sus subordinados se aclararía mucho si proclamase la determinación de castigar con todo el rigor necesario las violaciones de los derechos humanos. Esa decisión habría de confirmarse con instrucciones explícitas a todos los miembros de la fuerza pública. Por otra parte, una declaración de es(a) naturaleza no sólo expresaría la plena adhesión de las fuerzas armadas y de la policía a la defensa de los derechos humanos reconocidos en la Constitución colombiana, sino que rechazaría de modo inequívoco las desapariciones y demás actos ilegales llevados a cabo por grupos paramilitares.

137. En lo referente a la administración de justicia para personal civil, a los miembros de la misión les impresionó por el refinamiento del mecanismo existente para someter a juicio a los reos de violaciones de los derechos humanos. En teoría, la inclusión de la desaparición como un delito aparte en el Código Penal común -como pretende el Procurador General- ampliaría las posibilidades de un procesamiento eficaz. Sin embargo, parece evidente que, los logros de las instituciones interesadas no están a la altura de las exigencias de la situación. Por otra parte, se dispone de escasos recursos para averiguar el destino y el paradero de los propios desaparecidos. Dada la corta duración de muchas desapariciones, sólo una busca rápida y eficaz puede alumbrar alguna esperanza de evitar a la víctima una daño irreparable. Cuanto más tiempo pase después de la detención o del secuestro, menos posibilidades habrá de que el desaparecido reaparezca con vida. De hecho, la institución a la que incumbe esa tarea en primer lugar es la Procuraduría General, según se describe en el capítulo III. Sin embargo, la propia Procuraduría afirma que tiene gran penuria de recursos. La policía judicial, que dependía de ella antes, fue transferida el año pasado a otra institución. Aunque algunos funcionarios del Gobierno justifican la decisión desde el punto de vista de la eficacia, debería de haberse compensado con medidas que llenasen ese vacío. Hay que fortalecer la Procuraduría para que pueda funcionar con independencia y eficacia.

138. A los miembros de la misión les impresionó profundamente la valerosa actitud de los activistas de derechos humanos en Colombia. Al prestar asistencia jurídica y de otro tipo a las víctimas de la violencia, satisfacen una necesidad que no puede atender el Estado. A veces tienen que trabajar en condiciones sumamente arriesgadas. Muchos de ellos han perdido la vida. Merecen que el Gobierno les dispense un reconocimiento, un apoyo y una protección mayores que los que parece haberles prestado hasta la fecha.

139. La situación de Colombia no es envidiable. En los últimos 40 años, los estragos de los conflictos sociales han puesto a prueba continuamente la resistencia del país y han distraído sus energías de empresas que podrían haber contribuido al bienestar de la nación en general,

Colombia merece el apoyo de la comunidad internacional para salir de su actual marasmo. En todo caso, el porvenir va a ser arduo.