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Informes ONU

E/CN.4/1996/37 Informe del Relator Especial sobre la Independencia de Jueces y Abogados al 52 periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos

By 3 de septiembre de 2021diciembre 2nd, 2024No Comments

Informe del Relator Especial sobre la independencia e imparcialidad de los jueces y abogados (1995)

(NACIONES UNIDAS. Informe del Relator Especial sobre la independencia e imparcialidad de jueces y abogados, Dato Param Cumaraswamy, presentado en cumplimiento de la resolución 1995/36 de la Comisión de Derechos Humanos, Doc. E/CN.4/1996/37, lo. de marzo de 1996, p. 38)

3. Conclusión

77. Los relatores especiales de Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ONG de derechos humanos han condenado el uso de jueces 'sin rostro' por las siguientes razones: viola el principio de la independencia de la judicatura; la práctica restringe el derecho del acusado al debido proceso; y viola el derecho a un juicio justo, de manera sistemática.

4. Observaciones Preliminares del Relator Especial

78. A manera de evaluación preliminar de la justificación de los Gobiernos [del Perú y de Colombia] por el uso de los jueces sin rostro, el Relator Especial es de la opinión que tales procedimientos especiales violan la independencia e imparcialidad del sistema judicial por muchas razones. El Relator Especial, sin embargo, mantiene en mente la necesidad de proteger la seguridad de jueces individuales en casos relacionados con el terrorismo. No obstante, este tema requiere más estudio y análisis. Durante el año entrante, el Relator Especial espera llevar a cabo una misión al Perú y a Colombia para investigar estas prácticas in situ, y para realizar un examen exhaustivo a nivel mundial de prácticas similares antes de pronunciarse respecto a sus conclusiones y recomendaciones finales.

Observaciones específicas sobre Colombia

138. Teniendo presente la misión que se busca llevar a cabo al país, el Relator Especial posteriormente ahondará en más detalle sobre la situación de Colombia.