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Informes ONU

E/CN.4/1996/57 Informe del Secretario General sobre la Cooperación con los Organos de Derechos Humanos de Naciones Unidas, presentado al 52 periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos

By 2 de septiembre de 2021diciembre 2nd, 2024No Comments

Distr.GENERAL E/CN.4/1996/57 22 de febrero de 1996 ESPAÑOL Original: INGLÉS

COMISION DE DERECHOS HUMANOS
52º período de sesiones
Tema 10 del programa provisional

CUESTION DE LA VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES EN CUALQUIER PARTE DEL MUNDO, ESPECIALMENTE EN LOS PAISES Y TERRITORIOS COLONIALES Y DEPENDIENTES

Cooperación con representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas

Informe del Secretario General presentado en cumplimiento de la resolución 1995/75 de la Comisión de Derechos Humanos

INTRODUCCION

1. En su 51º período de sesiones, la Comisión de Derechos Humanos aprobó la resolución 1995/75, titulada "Cooperación con los representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas". En esta resolución, la Comisión, reiterando su preocupación por los continuos informes sobre intimidación y represalias contra particulares y grupos que tratan de cooperar con las Naciones Unidas y los representantes de sus órganos de derechos humanos y por los informes sobre incidentes en los que se han obstaculizado los esfuerzos realizados por particulares para valerse de los procedimientos establecidos bajo los auspicios de las Naciones Unidas para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, instó a los gobiernos a que se abstuvieran de todo acto de intimidación o represalia contra: a) quienes traten de cooperar o hayan cooperado con representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas o que hayan prestado testimonio ante ellos o les hayan proporcionado información; b) quienes recurran o hayan recurrido a los procedimientos establecidos bajo los auspicios de las Naciones Unidas para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales y todos aquellos que les hayan prestado asistencia jurídica con tal fin; c) quienes presenten o hayan presentado comunicaciones con arreglo a los procedimientos establecidos por los instrumentos de derechos humanos; y d) quienes sean familiares de víctimas de violaciones de los derechos humanos.

2. La Comisión pidió a todos los representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas y a los órganos creados en virtud de tratados encargados de supervisar la observancia de los derechos humanos que siguieran adoptando medidas urgentes, de conformidad con sus mandatos, para tratar de impedir que se obstaculice, de cualquier forma, el acceso a los procedimientos de derechos humanos de las Naciones Unidas y para tratar de impedir que se produzcan tales intimidaciones o represalias, así como que continuaran incluyendo en sus respectivos informes a la Comisión de Derechos Humanos, a la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías o a la Asamblea General una referencia a las acusaciones de intimidación o represalias y de impedimento al acceso a los procedimientos de derechos humanos establecidos por las Naciones Unidas, así como una relación de las medidas que hubieran adoptado a ese respecto.

3. La Comisión pidió al Secretario General que señalara la resolución a la atención de esos representantes y de los órganos creados en virtud de tratados y le invitó a que presentara a la Comisión en su 52º período de sesiones un informe con una compilación y un análisis de toda la información de que dispusiera, de todas las fuentes pertinentes, sobre presuntas represalias contra las personas mencionadas en la resolución.

I. INFORMACION RECIBIDA CON ARREGLO A LA RESOLUCION 1995/75 DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS Y MEDIDAS ADOPTADAS POR LOS REPRESENTANTES DE LOS ORGANOS DE DERECHOS HUMANOS

(…)

A. Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
(Véase E/CN.4/1996/4).

(…)

Colombia

11. Miembros de organizaciones de derechos humanos que habían colaborado en los procedimientos de derechos humanos de las Naciones Unidas siguieron siendo víctimas de intimidación y amenazas por parte de las fuerzas de seguridad. El Relator Especial envió dos llamamientos urgentes, de fechas 7 de diciembre de 1994 y 20 de enero de 1995, en nombre de Luis Guillermo Pérez Casas, Alirio Uribe Muñoz, Eduardo Carreño Wilches, Reinaldo Villalba Vargas, Pedro Julio Mahecha Avila, Rafael Barrios Mendívil y Katia Karina Niño Vargas, miembros de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", después que éstos hubieran recibido amenazas de muerte por su labor como abogados de derechos humanos. El 22 de junio de 1995 se envió un tercer llamamiento urgente solicitando su protección después del asesinato de uno de los miembros de la organización, Javier Alberto Barriga Vergel.

12. En comunicaciones de fechas 2 de febrero y 28 de marzo de 1995 el Gobierno informó al Relator Especial de que se habían iniciado investigaciones y se habían adoptado medidas para proteger la vida y la integridad física de las personas antes mencionadas. En una comunicación de fecha 22 de agosto de 1995 el Gobierno le informó además de que estaban en curso las investigaciones sobre el asesinato de Javier Alberto Barriga Vergel.

(…)

B. Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias
(Véase E/CN.4/1996/38)

(…)

Colombia

25. El 22 de agosto de 1995 el Grupo de Trabajo envió al Gobierno de Colombia un cablegrama de "pronta intervención", después de ser informado de que el Sr. Italo Rodríguez Carvajal estaba recibiendo amenazas de muerte por las medidas que estaba tomando para aclarar la desaparición y ulterior asesinato de su hermano, Alvaro Rodríguez Carvajal. Otro cablegrama de pronta intervención se envió el 14 de septiembre de 1995 en nombre de Yanette Bautista, Presidenta de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES) después de que hubiera sido intimidada y hostigada por su labor. En el mismo cablegrama el Grupo de Trabajo hizo referencia a Astrid Liliana González Jaramillo y Sandra del Pilar Ubate Monroy, que habían recibido amenazas de muerte en las que se les instaba a abstenerse de testificar ante la Fiscalía Regional de Cali en el marco de las investigaciones sobre la desaparición de John Ricardo Ubate y Gloria Bogotá. Las amenazas procedían de hombres que se habían identificado como pertenecientes a la Fiscalía General de la Nación y al Servicio de Investigaciones Judiciales e Inteligencia (SIJIN). El 4 de octubre de 1995 se envió un segundo cablegrama de pronta intervención en su favor.

(…)