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Distr. GENERAL
E/CN.4/2002/72 11 de febrero de 2002
ESPAÑOL
Original: INGLÉS*

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
58º período de sesiones
Tema 11 del programa provisional

LOS DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, EN PARTICULAR LAS CUESTIONES RELACIONADAS CON: LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL, LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, LA IMPUNIDAD

Informe presentado por el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Sr. Param Cumaraswamy, de conformidad con la resolución 2001/39 de la Comisión de Derechos Humanos

ÍNDICE

Párrafos
RESUMEN
INTRODUCCIÓN 1 – 2
I. MANDATO 3 – 6
II. MÉTODOS DE TRABAJO 7
III. ACTIVIDADES DEL RELATOR ESPECIAL 8 – 23
A. Consultas 8 – 9
B. Misiones y visitas 10 – 13
C. Comunicaciones con autoridades gubernamentales 14 – 18
D. Cooperación con organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales 19
E. Cooperación con otros procedimientos y órganos de las Naciones Unidas 20 – 23
IV. CUESTIONES TEÓRICAS 24 – 28
A. La corrupción judicial 24 – 26
B. Prácticas discriminatorias 27
C. Terrorismo 28
V. NORMAS 29
VI. DECISIONES JUDICIALES QUE SE REFIEREN A LA INDEPENDENCIA Y LA IMPARCIALIDAD DEL PODER JUDICIAL 30
VII. SITUACIÓN EN DETERMINADOS PAÍSES Y TERRITORIOS 31
VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 32 – 46
A. Conclusiones 32 – 40
B. Recomendaciones 41 – 46
Annex: Situations in especific countries or territories

RESUMEN

Este es el octavo informe anual del Relator Especial, cuyo mandato, establecido por la Comisión en su resolución 1994/41, es el siguiente:

a) Investigar toda denuncia que se le transmita e informar sobre sus conclusiones al respecto;

b) Identificar y registrar no sólo los atentados a la independencia del poder judicial, de los abogados y del personal y auxiliares de justicia, sino también los progresos realizados en la protección y el fomento de esa independencia, y hacer recomendaciones concretas, incluso sobre asistencia técnica o servicios de asesoramiento, a los Estados interesados cuando éstos lo soliciten;

c) Estudiar, por su actualidad e importancia y con miras a formular propuestas, algunas cuestiones de principio con el fin de proteger y afianzar la independencia del poder judicial y de la abogacía.

El informe contiene capítulos que tratan de los métodos de trabajo del Relator Especial, las actividades realizadas durante el año, algunas cuestiones teóricas, algunas decisiones jurídicas que se refieren a la independencia e imparcialidad del poder judicial, la situación en determinados países o territorios y las conclusiones y recomendaciones del Relator Especial. Durante el año, el Relator Especial envió varias comunicaciones, entre ellas algunos llamamientos urgentes, también en conjunto con otros relatores especiales.

Durante el año, el Relator Especial visitó Guatemala y México, y la Comisión tendrá ante sí informes especiales sobre esas misiones. El Relator Especial lamenta que la misión a Zimbabwe, que el Gobierno había aprobado, no haya podido tener lugar. Su misión a la Arabia Saudita tuvo que aplazarse a este año, por motivos de seguridad. El Relator Especial ha solicitado misiones a Grecia e Italia. Aún no ha recibido una respuesta de Sudáfrica con respecto al informe de su misión presentado a la Comisión en su 57º período de sesiones (E/CN.4/2001/65/Add.2).

Con respecto al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Relator Especial expresa su preocupación porque hasta la fecha el Gobierno no ha accedido a sus recomendaciones de que se abra una investigación judicial pública de los asesinatos de Patrick Finucane y Rosemary Nelson. Los acontecimientos registrados en Zimbabwe en relación con la independencia del poder judicial y sus repercusiones en el estado de derecho inquietan profundamente al Relator Especial. Asimismo, le preocupan los ataques del Gobierno de Malawi contra los jueces de ese país, supuestamente porque algunos de los fallos judiciales no han sido del agrado del ejecutivo.

El Relator Especial ha emprendido un estudio encaminado a elaborar directrices universales sobre la rendición de cuentas de los jueces. A este respecto, el Relator Especial está promoviendo la formulación de códigos de ética judicial en los Estados miembros y el establecimiento de mecanismos de quejas judiciales integrados sólo por magistrados titulares y/o jubilados. Esos mecanismos no deberían considerarse incompatibles con la independencia judicial.

Al Relator Especial le preocupa el posible efecto de las medidas antiterroristas sobre el estado de derecho y la independencia del poder judicial.

En general, el Relator Especial lamenta que la situación de la independencia de la judicatura y el estado de derecho siga siendo delicada en todo el mundo. En particular, le preocupan los repetidos intentos de algunos gobiernos de inmiscuirse en la independencia del poder judicial, lo que puede llegar hasta la destitución de jueces, como lo ha indicado en sus intervenciones relativas a Eritrea, Guinea Bissau, Haití, Malawi, Túnez y Zimbabwe. La situación de la seguridad de los jueces, los fiscales y los abogados en algunos países también sigue suscitando inquietud. Mediante sus intervenciones, el Relator Especial se ha enterado del asesinato de 5 jueces, 5 fiscales y 1 abogado. Muchos otros han sido amenazados. Entre sus recomendaciones, el Relator Especial insta a los gobiernos a que adopten las medidas apropiadas para proteger la seguridad de los jueces, los fiscales y los abogados, y a que hagan todo posible para capturar a los autores de esos actos y llevarlos ante la justicia.

Con respecto a Zimbabwe, el Relator Especial insta a la Comisión a que examine los acontecimientos ocurridos en ese país, entre otras cosas en relación con la independencia de la judicatura y las repercusiones sobre el estado de derecho, y adopte las medidas apropiadas.

En el caso de Timor Oriental, el Relator Especial exhorta a los Estados miembros de la Comisión a que presten la debida atención a la provisión de recursos financieros y de otra índole para la rápida reconstrucción de ese país, en particular de la infraestructura para un sistema de justicia sólido e independiente.

El Relator Especial reitera su anterior recomendación de que se abra una investigación judicial pública e independiente sobre los asesinatos de Patrick Finucane y Rosemary Nelson en Irlanda del Norte.

INTRODUCCIÓN

1. El presente informe se presenta en cumplimiento de la resolución 2001/39 de la Comisión de Derechos Humanos. Es el octavo informe anual que el Relator Especial presenta a la Comisión desde que ésta estableció su mandato en la resolución 1994/41, mandato que fue renovado por la resolución 2000/42 de la Comisión y refrendado por decisión 2000/264 del Consejo Económico y Social (véanse también los documentos E/CN.4/1995/39, E/CN.4/1996/37, E/CN.4/1997/32, E/CN.4/1998/39, E/CN.4/1999/60 y E/CN.4/2000/61 y E/CN.4/2001/65).

2. El capítulo I del presente informe se refiere a las atribuciones para el cumplimiento del mandato. El capítulo II trata de los métodos de trabajo aplicados por el Relator Especial en el desempeño de su mandato. En el capítulo III se reseñan las actividades desarrolladas por el Relator Especial en el marco de su mandato en el último año. En el capítulo IV se examinan brevemente algunas cuestiones teóricas que, a juicio del Relator Especial, son importantes para el desarrollo de un poder judicial independiente e imparcial. En el capítulo V se describen diversas normas y directrices para los jueces y abogados que han aprobado o están en vías de aprobar diversas asociaciones del mundo. El capítulo VI contiene un breve resumen de decisiones judiciales en que se afirman la importancia y el principio de la independencia judicial. El capítulo VII se refiere a las comunicaciones con las autoridades gubernamentales y a las observaciones del Relator Especial acerca de la situación en determinados países, que, este año, se resumen en el anexo. En el capítulo VIII figuran las conclusiones y recomendaciones del Relator Especial.

(…)

III. ACTIVIDADES DEL RELATOR ESPECIAL

(…)

C. Comunicaciones con autoridades gubernamentales

14. Durante el período que se examina (30 de noviembre de 2000 a 30 de noviembre de 2001), el Relator Especial transmitió 13 llamamientos urgentes a los Gobiernos de los siguientes Estados: Eslovaquia, Estados Unidos, Fiji, Haití, Italia, Malawi, Pakistán, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Sudáfrica, Túnez y Zimbabwe (2).

15. A fin de evitar la duplicación innecesaria con las actividades de otros relatores temáticos y por países, el Relator Especial se unió durante el año que se examina a otros relatores especiales y grupos de trabajo para transmitir 27 llamamientos urgentes en favor de particulares a los Gobiernos de los 16 países siguientes: la Argentina, junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; el Brasil (2), uno junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el Relator Especial sobre la tortura, y otro junto con el Relator Especial sobre la tortura; Camboya, junto con el Representante Especial sobre la situación de los derechos humanos en Camboya; Colombia (3), uno junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, otro junto con este Relator Especial y con el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, y un tercero junto con el Relator Especial sobre la tortura y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; Croacia, junto con el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Bosnia y Herzegovina, la República de Croacia y la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro), el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; la República Democrática del Congo, junto con el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Democrática del Congo; Egipto (4), uno con el Relator Especial sobre la tortura y el Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, otro junto con el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, otro junto con el Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, y un cuarto junto con el Relator Especial sobre la libertad de opinión y de expresión; Guatemala (4), tres junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, y uno con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; la República Islámica del Irán (2), junto con el Representante Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; la Jamahiriya Árabe Libia, junto con el Relator Especial sobre la tortura; el Perú, junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, el Relator Especial sobre la tortura y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; el Sudán, junto con el Presidente-Relator del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, el Relator Especial sobre la tortura y el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán; Swazilandia, junto con el Relator Especial sobre la libertad de opinión y de expresión; Túnez, junto con el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; Turquía (2), uno con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer y el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, y otro junto con el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y el Relator Especial sobre la libertad de opinión y de expresión; la República Unida de Tanzanía, junto con el Representante Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos; y Viet Nam, junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.

16. El Relator Especial dirigió 33 comunicaciones a las autoridades de los siguientes países: Argentina, Austria, Azerbaiyán, Belarús, Colombia, Chad, Egipto, Eritrea, España, Etiopía, Guatemala (4), Guinea Bissau (2), Indonesia, Liberia, México (2), Nicaragua, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Árabe Siria, República Checa, Sri Lanka, Sudáfrica (3), Sudán, Timor Oriental, Túnez y Zimbabwe (2). El Relator Especial también envió cuatro comunicaciones conjuntas a los siguientes países: Colombia (2), junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Guinea, junto con el Relator Especial sobre la tortura, el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el Relator Especial sobre la libertad de opinión y de expresión; y Swazilandia, junto con el Relator Especial sobre la libertad de opinión y de expresión.

17. El Relator Especial recibió respuestas a los llamamientos urgentes de parte de los Gobiernos de Camboya, Colombia, Croacia, Egipto, Eslovaquia, Fiji, Guatemala, el Pakistán, el Perú, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Árabe Libia, Sudáfrica, Swazilandia, Túnez, Turquía y Viet Nam.

18. Se recibieron respuestas a las comunicaciones de parte de la Argentina, Australia, Austria, Belarús, Chile, Egipto, España, Etiopía, Guatemala, Indonesia, México, Nueva Zelandia, el Pakistán, la República Checa, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Sri Lanka, Sudáfrica, el Sudán, Timor Oriental y Yugoslavia. Se recibieron también otras comunicaciones de los Gobiernos de Sri Lanka y el Reino Unido.

(…)

Annex

SITUATIONS IN SPECIFIC COUNTRIES OR TERRITORIES

CONTENTS

Párrafos
Introduction 1 – 2
Argentina 3 – 6
Australia 7 – 8
Austria 9 – 11
Azerbaijan 12 – 13
Belarus 14 – 16
Brazil 17 – 19
Cambodia 20 – 22
Chad 23 – 24
Chile 25 – 26
Colombia 27 – 36
Croatia 37 – 39
Czech Republic 40 – 42
Democratic Republic of the Congo 43 – 44
(…)

Introduction

1. This document contains brief summaries of the urgent appeals and communications transmitted to governmental authorities between 30 November 2000 and 1 December 2001, as well as of replies to the allegations received between 24 December 2000 and 30 December 2001. In addition, the Special Rapporteur takes note in this document of the activities of other mechanisms which are related to his mandate. Where he has deemed it necessary, the Special Rapporteur has included his own observations. He wishes to emphasize that the appeals and communications reflected in this document are based exclusively upon information that has been transmitted to him directly. Where information was insufficient, the Special Rapporteur was not in a position to act. He also recognizes that problems concerning the independence and impartiality of the judiciary are not confined to the countries and territories mentioned in this document. In this regard, he wishes to emphasize that readers of the present report should not interpret the omission of a particular country or territory from this document as indicating that the Special Rapporteur considers that there are no problems with the independence of judges and lawyers in that country or territory.

2. In preparing this report, the Special Rapporteur has taken note of the reports submitted to the Commission by the country special rapporteurs/representatives and independent experts.

(…)

Colombia

Communications to the Government

27. On 6 December 2000 the Special Rapporteur sent a joint urgent appeal with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions concerning the kidnapping of judicial officials. Jorge Betancur, prosecutor, Jairo Carvajal Pérez, judicial secretary, and Dora Múñoz Pérez, judge of the municipality of Amalfi, Antioquia, were kidnapped on 27 November 2000 by a group of armed men in Amalfi. It was alleged that the kidnapping was in connection with their criminal investigations. The Special Rapporteurs also expressed their concern over the reported kidnapping of another prosecutor in the municipality of Frontino on 4 November 2000.

28. On 6 February 2001, the Special Rapporteur sent a joint urgent appeal with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions and the Special Representative on human rights defenders concerning Oscar Rodas Villegas, a human rights lawyer, who had been threatened with death if he did not stop his investigations into human rights violations. Reportedly, on 24 January 2001, his wife had been abducted by three men and a woman, all armed, who, after having threatened her and her family, let her go with a message for her husband that he had until 17 February to leave. They also referred to the death of Mr. Rodas’ brother in September 2000, asking whether Mr. Rodas had understood that message.

29. On 12 July 2001, the Special Rapporteur sent a joint urgent appeal with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions and the Special Representative on human rights defenders concerning lawyers Alirio Uribe Múñoz, Luis Guillermo Pérez Casas and Maret Cecilia García, from the "José Alvear Restrepo" lawyers collective, as well as human rights lawyer Alvaro Iván Prieto, who were reportedly subjected to death threats from a paramilitary group. It was also alleged that Luis Guillermo Pérez Casas had been the subject of continuous harassment, and that he had frequently been followed since he started working on the Mapiripán massacre in 1997.

30. On 24 August 2001, the Special Rapporteur sent a communication concerning the threat to the autonomy of the Human Rights Unit of the Prosecutor’s office, which was established to investigate and prosecute human rights violations. According to the information received, the new Prosecutor General, Luis Camilo Osorio, who took up office on 31 July, made a public statement on 2 August attacking the Director of the Unit, Dr. Pedro Díaz, for a decision to order the detention of (retired) General de Río (for human rights violations allegedly committed as commander of the 17th Brigade in Carepa, Antioquia), and demanding his resignation. Reportedly, the Vice-Director of the Unit also resigned, as has the former Director, Virgilio Hernández, who was heading the National Anti-Corruption Unit. It was also reported that the Inter-American Commission on Human Rights had issued interim measures of protection, through which the Government was requested to take all necessary measures to protect their security and that of their families. Victims and witnesses of human rights violations were allegedly now reluctant to continue working with the Human Rights Unit, as they feared that giving their testimony might have negative consequences for their security.

31. On 10 September 2001, the Special Rapporteur sent a joint intervention with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions regarding the assassination of prosecutor Yolanda Paternina in the evening of 29 August 2001. Reportedly, Ms. Paternina had been receiving death threats since she started investigating the massacre of 27 civilians on 17 January 2001 in the municipality of Chengue (Sucre) by a paramilitary group. It had been suggested that army officers might have been implicated in this massacre.

32. On 8 November 2001, the Special Rapporteur, together with the Special Rapporteur on extrajudicial, summary or arbitrary executions, sent a communication regarding the assassination of prosecutor Carlos Arturo Pinto on 1 November in Cúcuta. Reportedly, prosecutor Carlos Arturo Pinto was investigating cases related to paramilitary massacres that have been taking place in the region since 1999. According to the information received, his predecessor, the prosecutor María del Rosario Silva Ríos, was also killed on 28 July 2001. Reportedly, 16 members of the armed forces are being tried for complicity with paramilitary groups in the murder.

Communications from the Government

33. On 13 March 2001, the Government replied to the urgent appeal of 6 December 2000. It informed the Special Rapporteur that the three kidnapped persons had been released on 4 December 2000. Criminal investigations have been opened and the Government will keep the Special Rapporteur informed of the outcome.

34. On 10 April 2001, the Special Rapporteur received a reply to the joint urgent appeal of 6 February, concerning Oscar Rodas Villegas. The Government stated that a criminal investigation had been opened, but that the perpetrators had not yet been identified. According to the Government, the evidence in the case of Mr. Rodas’ brother showed that he had died in the course of a robbery. The Government added that Mr. Rodas had left the country.

35. On 4 September 2001, the Government replied to the joint urgent appeal of 12 July. With regard to protective measures, the Government indicated that several meetings were held to determine the institutional responsibilities. It was decided that individual measures of protection would come under the responsibility of the Minister of the Interior, whereas the office of the Vice-President would be responsible for political measures. Several meetings have been held with the interested parties in order to attend to the requests of the lawyers in question, and special emphasis has been given to their request in relation to the intelligence files. Because the case has been presented to the Inter-American Commission on Human Rights, which had ordered measures of protection, the Government requested the Special Rapporteurs to close the case.

Observations

36. The Special Rapporteur thanks the Government for its replies. He continues to be deeply concerned about the level of violence against judges, prosecutors and lawyers in Colombia, which is undermining the rule of law in the country. The investigations into the various attacks on the safety and security of lawyers and prosecutors described above do not appear to have progressed. He is also concerned about information that the dismissed Director of the Human Rights Unit, Dr. Pedro Díaz, fled the country for fear of his safety.