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Noticias

Censura judicial a “El Heraldo”

By 13 de junio de 2016diciembre 2nd, 2024No Comments

Es muy angustiante que sean magistrados de un tribunal superior quienes ahora aprovechen una acción judicial para amedrentar a periodistas que no han faltado a sus deberes.

De nuevo, los estrados judiciales están siendo utilizados como mecanismo de presión para amordazar a la prensa libre y el derecho que todos los colombianos tienen a la circulación de información sin restricciones. Esta vez, no obstante, hay un añadido que genera preocupación: quienes quieren silenciar a un medio son jueces de la República. Inaceptable en todo sentido.

El 20 de junio del año pasado, El Heraldo, periódico barranquillero con 83 años de experiencia, divulgó el contenido de un comunicado de prensa de la Fiscalía en el que se anunciaba la apertura de investigación preliminar contra dos magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, Jorge Eliécer Cabrera Jiménez y Julio Ojito Palma. Los magistrados afectados no pidieron rectificación, sino una réplica, y recibieron espacio en las páginas del medio para expresar su posición sobre los hechos. Sin embargo, no contentos con eso, Cabrera y Ojito interpusieron acción de tutela contra el diario, la cual llegó al despacho del juez sexto penal del Circuito de Barranquilla, un funcionario, por cierto, subordinado de los demandantes. Aquí empezaron los problemas.

Como resultado de la tutela, el juez sexto falló en contra del diario y de su director, Marco Schwartz Rodacki, quien fue sancionado por desacato con arresto y una multa.

Son varias las consideraciones que surgen a partir de la decisión. Primero, no sobra recordar que en ningún momento se ha cuestionado la veracidad de la información publicada por El Heraldo. La Fiscalía emitió un comunicado de prensa anunciando las investigaciones preliminares, y lo único que hizo el diario fue reproducir esa información. ¿Cuál es el derecho afectado de los magistrados? ¿En qué ha fallado el periódico con su responsabilidad social? ¿Cuál es, en últimas, la motivación de una decisión que coarta la libre difusión de información cierta?

Segundo, las libertades de expresión y de comunicación tienen limitaciones, y los medios tenemos un compromiso inquebrantable con publicar datos verificables. Cuando fallamos, aceptamos las rectificaciones y los reclamos de los afectados. Pero esas restricciones han sido definidas de manera muy clara por la Constitución y la Corte Constitucional a lo largo de años de jurisprudencia. Que la línea entre el ejercicio legítimo del periodismo y lo prohibido sea clara es un elemento esencial para asegurar que en las democracias no haya quienes abusen de su poder para censurar la información que les sea incómoda. Este caso, no obstante, parece caer en esa última situación.

Tercero, es muy angustiante que sean magistrados de un tribunal superior, capacitados en el ordenamiento jurídico, quienes ahora aprovechen una acción judicial para amedrentar a periodistas que no han faltado a sus deberes. Porque eso es lo que hace una tutela de este tipo: mover la discusión a un ámbito que utiliza un lenguaje críptico, donde claramente Cabrera y Ojito se sienten más cómodos.

Como lo pidieron la Asociación Colombiana de Editores de Diarios y Medios Informativos (Andiarios) y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), es necesario que “el Tribunal Superior de Barranquilla examine con precisión la información original y las múltiples notas aclaratorias publicadas por El Heraldo que dan lugar a que la controversia esté definitivamente resuelta y que la sanción impuesta contra el director del diario constituya un exceso del juez de primera instancia”. Defender la libre difusión de la información y el ejercicio adecuado de la acción de tutela es proteger el bienestar del país entero.

http://www.elespectador.com/opinion/editorial/censura-judicial-el-heraldo-articulo-637550