Skip to main content
El Consejo de Estado determinó que se presentó un abuso de autoridad y exceso de fuerza por parte de los militares.

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por los hechos que registraron la muerte de un hombre durante un retén militar en el cruce Nuevo Tolima, jurisdicción de San José del Guaviare en octubre de 1996.

El alto tribunal determinó que se presentó un abuso de autoridad y exceso de fuerza por parte de los soldados que le dispararon al vehículo después que no atendiera la señal de alto. En la investigación se determinó que el camión transportaba 20 bultos de “cal viva” un precursor químico cuyo tráfico está prohibido.

En el fallo se manifestó que pese a que el conductor intentó evadir la presencia de los uniformados en un retén militar, la Fuerza Pública está en la obligación de utilizar otros medios a su alcance para causar el menor daño posible. El Consejo de Estado ordenó el pago de una millonaria indemnización a los familiares de la víctima.

“Ese actuar de la víctima no constituyó la causa determinante del daño, toda vez que ante ese hecho los agentes del Estado procedieron de manera inmediata a accionar sus armas de fuego y si en realidad lo hubieren hecho solo en señal preventiva, claramente no habría resultado muerto el conductor del automotor, por la sencilla pero suficiente razón de que nadie distinto a los militares accionó un arma de fuego en el lugar de los hechos”, precisa.

En el fallo el tribunal de lo contencioso administrativo recordó que la Fuerza Pública, en cumplimiento de sus funciones, solo puede hacer uso de las armas como último recurso, después de haber agotado todos los medios a su alcance para evitar violar los derechos fundamentales de las personas.

www.elespectador.com/noticias/judicial/condenan-nacion-muerte-de-un-hombre-durante-reten-milit-articulo-538709

Leave a Reply