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La Corte Suprema tumbó una decisión del Tribunal de Justicia y Paz de Medellín.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó restituirle dos predios en Urabá a sus víctimas. Tumbó así una decisión de primera instancia del Tribunal de Justicia y Paz de Medellín que había negado la restitución de esos predios considerando que los negocios jurídicos a través de los cuales se transfirieron las propiedades eran válidos y legales.


Se trata de las fincas 'Quién como Dios' y 'Déjala Quieta', ubicadas en Turbo, en el Urabá antioqueño. El Tribunal de Medellín les había negado la restitución a dos reclamantes considerando que "no declararon haber sido amenazados o presionados para vender sus tierras, situación que elimina el despojo".

A esa decisión se opuso la Fiscalía y la Unidad de Víctimas quienes reiteraron que los dos reclamantes sí fueron despojados de sus tierras con el uso de la violencia.

La Sala Penal de la Corte consideró que los argumentos de la Fiscalía y de las víctimas son ciertos, y que los mismos excomandantes paramilitares, entre ellos Salvatore Mancuso, a quien los Castaño le habían ordenado conseguir los predios para conformar una base paramilitar, confirmaron que la región de Tulapa, ubicada entre los municipios de San Pedro, Turbo y Necoclí, se convirtieron desde 1995 en zona de influencia paramilitar.

Dice la Corte que en esas tierras, entre los años 1995 y 1998 el Fondo Ganadero de Córdoba en cabeza de Benito Osorio (hoy capturado), Salvaore Mancuso y Fredy Rendón Herrera, de manera directa o a través de testaferros adquirieron muchos predios en la región de Tulapa para asegurar su dominio ilegal.

Los dineros para adquirir esos bienes, según lo documentan los expedientes, provinieron de Sor Teresa Gómez, de Funpazcor.

La Corte asegura entonces que los dos reclamantes vendieron los predios a testaferros de los paramilitares. "Le asiste razón a los impugntantes al insitir en la restitución del inmueble porque aunque al momento de transferir el derecho de dominio, Remberto López Ubames no fue objeto de una amenaza en particular, la venta sí se produjo como consecuencia directa del desplazamiento forzado del que fue víctima con ocasión de la incursión a sangre y fuego del grupo paramilitar dirigido por el clan Castaño", dice el fallo de la Corte.

En el fallo la Corte no ordena compensar a quienes hoy tenían en su poder los predios considerando que al adquirirlos "no se demostró que obraron de buena fe".

http://www.eltiempo.com/politica/justicia/ordenan-restituir-dos-predios-despojados-por-salvatore-mancuso-en-uraba/15262176

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