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Corte Suprema de Justicia desiste de denuncia penal contra columnista

By 27 de agosto de 2012No Comments

Esto, «en aras de contribuir al clima de ponderación y mesura que tanto necesita el país».

Los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema anunciaron este lunes que desisten de llevar ante la justicia los reclamos por injuria y calumnia contra la periodista Cecilia Orozco, que en una columna criticó recientes decisiones de ese tribunal.

Orozco y su colega María Jimena Duzán provocaron la ira de la Corteal afirmar en sus columnas que el concepto favorable de la Sala Penal en el caso de la extradición del ‘expara’ José Gelves Albarracín, el ‘Canoso’, y el relevo del magistrado auxiliar Iván Velásquez, como coordinador de la unidad de investigadores de la parapolítica, obedecían a intereses clientelistas, burocráticos y «lagartizados».
 
«En aras de contribuir al clima de ponderación y mesura que tanto necesita el país, (la Sala Penal) depone el interés personal de sus magistrados de reclamar, por vía judicial, respeto a su honra y buen nombre, empañados sin razón o argumento alguno por las citadas periodistas», indicó la Corte en un comunicado.
 
Frente al relevo del magistrado Velásquez, los miembros de la Sala Penal aclararon que se trata de un movimiento interno para «imprimir nuevos aires a los procesos cuando dan síntomas de desgaste» y anunciaron que la medida está acompañada de otras «estrategias que están siendo evaluadas».
También afirmaron que las decisiones en las que han unificado jurisprudencia tienen por objetivo interpretar en debida forma las leyes. «Los jueces no legislan, aplican la Constitución y la Ley», afirmaron, tras invitar a los periodistas en general «a la autorreflexión».
 
Este es el comunicado de la Corte
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL

COMUNICADO DE PRENSA 
 
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia reitera su enfático rechazo a los términos e inexactas afirmaciones de las columnistas María Jimena Duzán y Cecilia Orozco Tascón en la revista Semana y el diario El Espectador, respectivamente. Sin embargo, en aras de contribuir al clima de ponderación y mesura que tanto necesita el país, depone el interés personal de sus magistrados de reclamar, por vía judicial, respeto a su honra y buen nombre, empañados sin razón o argumento alguno por las citadas periodistas.
 
Los actos y determinaciones de la Sala, que pretenden deslegitimar las columnas de opinión, fueron adoptados en estricto cumplimiento de la Constitución Política y la Ley, con la misma responsabilidad, sentido de justicia, compromiso, seriedad e imparcialidad que han distinguido a esta Corte. Carácter reconocido nacional e internacionalmente y que, en los últimos años, ha servido de punto de referencia en los sistemas judiciales del continente en materia de cumplimiento de tratados multilaterales de Derechos Humanos y estándares de verdad, justicia y reparación.
 
La decisión de rotar la coordinación de la comisión que investiga los nexos de congresistas con grupos armados ilegales obedece a la idea original de imprimir nuevos aires a dichos procesos cuando den muestras de desgaste o falta de dinamismo, como viene ocurriendo en estos casos. El acierto de esta disposición, que implica la puesta en marcha de  variadas estrategias, requiere un compás de espera para evaluar su funcionamiento y efectividad.
 
La unificación de la jurisprudencia penal -plasmada en providencias al alcance de todos los ciudadanos y entregadas oportunamente a los medios de comunicación para su escrutinio- radica en el esfuerzo continuo de la Corte por interpretar en debida forma los postulados legislativos. Los jueces no legislan, aplican la Constitución y las leyes.
 
Aclarado lo anterior y por tratarse de una conducta punible de acción privada, los magistrados de la Sala de Casación Penal se abstienen de formular la respectiva querella. No obstante, aprovechan la oportunidad para invitar al periodismo colombiano a la autorreflexión bajo la premisa de que el periodista tiene una responsabilidad social, que emerge precisamente de los derechos de información y expresión, por su misma naturaleza, relativos, pues no existe un derecho fundamental a la difamación.   
 
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de agosto de 2012.

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