Skip to main content
Noticias

La apuesta por los baldíos

By 24 de julio de 2013No Comments

El Espectador conoció el borrador del proyecto de ley que reglamenta la adjudicación y tenencia de predios del Estado

Tal y como lo advirtió el presidente Santos en su discurso de instalación del Congreso, el 20 de julio, el debate sobre los baldíos debe darse de cara al país y anunció que el Gobierno prepara una iniciativa para regular la adjudicación de este tipo de tierras que son propiedad del Estado. El Espectador conoció el borrador del proyecto de ley que versa sobre la materia y que será radicado en el Congreso en los próximos días.
 
La ley, dice el documento, “tiene como fines regular la adjudicación de baldíos, dar seguridad jurídica a la propiedad rural y garantizar la inversión en el campo”. En este sentido, ordena que el Incoder, en un término no mayor a cuatro años, realice un inventario de los baldíos, el estado de ocupación, el avalúo de los bienes y una normatividad clara sobre la manera de adjudicarlos y de usarlos.
 
Al mismo tiempo, establece que los instrumentos estipulados por dicho proyecto de ley buscan “promover el acceso progresivo de los trabajadores agrarios a la propiedad y su permanencia en ella, en condiciones que aseguren el mejoramiento real del ingreso y la calidad de vida de los campesinos y permitir el desarrollo de los distintos modelos de producción agropecuaria”.
 
El artículo tres del proyecto contempla que “la propiedad de los terrenos baldíos adjudicables sólo puede adquirirse mediante título traslaticio de dominio otorgado por el Estado, a través del Incoder”, y que “la ocupación de baldíos no constituye posesión” ni es “elemento de prescripción adquisitiva del dominio”.
 
Al mismo tiempo, define que los baldíos que no podrán ser adjudicados son: los que estén en un radio menor a 1.000 metros alrededor de donde se esté llevando la explotación de recursos no renovables; en zonas de amortiguación de los parques nacionales; en las sabanas, playones comunales y terrenos inundables; los terrenos en que estén establecidas comunidades étnicas; en zonas destinadas para obras de infraestructura por parte del Estado y en terrenos que colinden con vías nacionales.
 
El proyecto mantiene la Unidad Agrícola Familiar como unidad máxima de adjudicación. Sin embargo, antes de ser adjudicados, los predios serán asignados provisionalmente por siete años bajo condiciones de uso y aprovechamiento “adecuados y sostenibles”. De igual manera, el texto deja claro que los programas de adjudicación de baldíos reservados podrán ser adjudicados a “personas naturales, empresas comunitarias y cooperativas campesinas”.
 
Finalmente, tal y como lo anticipó El Espectador, el proyecto de ley advierte que las limitaciones y prohibiciones para la adjudicación de baldíos contenidas en la Ley 160 de 1994 sólo aplicarán para los predios adjudicados con posterioridad al 5 de agosto de 1994. En este mismo sentido, la ley permite que los baldíos y las Unidades Agrícolas Familiares sean acumulados, cuando los baldíos hayan sido adjudicados antes del 5 de agosto de 1994.

http://www.elespectador.com/noticias/politica/apuesta-los-baldios-articulo-435595

Leave a Reply