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Escrito por Michael Reed Hurtado

Crítica abierta a una ley hecha a la medida para que los militares y policías de Colombia se juzguen entre ellos mismos, tanto en los casos de delitos graves como en las pequeñas causas. Una ley para crear impunidad haciendo una pantomima de justicia.

Juez y parte

Se ha vuelto a hablar de justicia penal militar (JPM) porque el gobierno acaba de sancionar un nuevo tramo del armadijo jurídico que amplía y fortalece el fuero penal militar: la Ley 1765 del 23 de julio de 2015.


Esta ley complementa el Código Penal Militar (Ley 1407 de 2010), vigente pero sin aplicación. Las normas de la nueva ley son prosaicas, regulan parcialmente el laberinto burocrático y administrativo de la JPM, lo llenan de órganos de moda en el derecho penal, y organizan un aparato paralelo (pero desigual) al de la administración de justicia para investigar, juzgar y sancionar a los militares y policías.

La Ley 1765 es solo una parte del vuelco en la JPM que lidera el gobierno. Como no pudo hacerlo mediante un cambio burdo en la Constitución (acto legislativo no. 02 de 2012) que la Corte declaró inexequible (sentencia C-740/2013), lo está haciendo por la vía de los cambios aparentemente menos aparatosos.

Esta ola de reformas parece parca y mesurada, pero está llena de argucias jurídicas y sigue firme en el propósito de ampliar y robustecer el fuero para que militares y policías sean juzgados por los suyos y bajo reglas que solo ellos pueden entender.

La nueva Ley hace parte del escudo legal contra un principio básico del derecho internacional y constitucional que no gusta en Colombia, según el cual la JPM solo debe ser utilizada para aquellas conductas que por su naturaleza atentan contra bienes jurídicos propios del orden militar.
¿Y el Estado de derecho?

A punta de cuentos, eufemismos, símiles, ambigüedades y mucha repetición, la JPM ha sido incorporada al mundo jurídico y político colombiano como una forma aceptable de justicia.

Pero en la realidad la JPM no es justicia y no hace parte de la Rama Judicial. Es más bien un instrumento del Ejecutivo, de las Fuerzas Militares y de la Policía.

Desde hace varios años, el gobierno pretende ampliar la cobertura de la JPM y utilizarla para proteger a los militares y policías involucrados en causas penales ante la justicia ordinaria. Aunque no le ha sido fácil, parece que por fin lo ha logrado.

Pero los costos son altísimos: las bases del Estado de derecho se han violado, incluyendo el principio de la separación de poderes, el del debido proceso (como el juez natural), el de la transparencia y el de la rendición de cuentas.

La nueva Ley hace parte de la remodelación de la JPM, la adorna con nuevos órganos, como la Fiscalía General Penal Militar y Policial y un Cuerpo Técnico de Investigación militar y policial, para crear un universo paralelo de supuestos fiscales, investigadores, jueces, defensores, e incluso carceleros, especiales y marciales.

En vez de asegurar una investigación competente e independiente sobre actos ilícitos en el servicio público, la nueva norma robustece al ministerio de Defensa para que dependencias suyas, con nomenclatura penal moderna, lleven a cabo una averiguación interna conducida por pares de los investigados.

Como el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General no servía a sus intereses, se creó un nuevo cuerpo de investigación militar y policial. Este supuestamente investigará y aportará los elementos necesarios para las investigaciones de la JPM. Pero hay un detalle que diferencia a este cuerpo del de la Fiscalía: que depende del ministerio de Defensa.

Los órganos administrativos que crea esta Ley son costosos adefesios para lavar la ropa sucia en casa. El andamiaje entero de la JPM no se monta para juzgar los delitos típicamente militares, sino para tapar crímenes graves que resultan de la corrupción y la violencia ilegítima por parte de agentes de la Fuerza Pública.

Poner en marcha esta Ley (y los órganos que crea), junto con el efecto acumulado de los cambios jurídicos y administrativos dentro del ministerio de Defensa, será nefasto para los derechos humanos y la administración pública.

Los malabares y argucias jurídicas no pueden cambiar el hecho de que la JPM es una dependencia administrativa del ministerio de Defensa. No importa cuánto la disfracen o maquillen, la JPM nunca tendrá la independencia orgánica que se requiere para administrar justicia.

La separación de poderes es una premisa del Estado de derecho que no puede anularse con himnos marciales ni con adornos retóricos. La autonomía e independencia de la administración de justicia no se reducen a las declaraciones, sino a las garantías concretas para que los investigadores y los jueces sean genuinamente imparciales en vez de actuar con “espíritu de cuerpo”.
Torciendo el derecho

No hay nada particularmente escandaloso en la Ley 1765: su lenguaje es anodino y su contenido es sumamente aburrido. Pero para quienes han seguido el debate saltan a la vista los varios micos y sapos en el laberinto de órganos dependientes del ministerio de Defensa que administrarán justicia.

Para los constitucionalistas es claro que la JPM es la excepción y la jurisdicción ordinaria es la norma. Sin embargo, después de todos los entuertos jurídicos y debates públicos dirigidos y amañados, la norma no parece tan clara.

Muchos (con poder de decisión e influencia) han caído en la trampa o han vendido el cuento de que la excepción se puede volver norma si la JPM logra parecerse a la justicia. La Ley 1765 de 2015 es parte de una maniobra elaborada que acabó por subvertir la Constitución y el derecho internacional para convertir la excepción en la regla.

Poco a poco se ha ido torciendo el derecho: la “necesidad militar” o las conveniencias del “conflicto interno” se arguyen para justificar lo ilegítimo. A punta de repetición, la mayoría de los colombianos ha llegado a creer que la JPM es un aparato de justicia; la ficción se ha vuelto realidad y se ha echado a andar a un Frankenstein administrativo.

Los civiles ignorantes

La ampliación del alcance de la JPM se justifica porque “solo un militar puede juzgar a otro militar” toda vez que sus acciones pasan por consideraciones especialísimas que los civiles no podemos comprender.

Con esta lógica los banqueros tendrían que juzgar a los banqueros, sólo los médicos a los médicos, o solo los obispos al sacerdote acusado de pederastia.

La JPM cobija delitos presuntamente cometidos por militares y policías activos contra la administración pública, contra la vida y contra la población civil, entre otros. Además de los delitos propios de la disciplina o el servicio militar (razonablemente asignados a la JPM) –como la insubordinación, la desobediencia, el abandono del servicio, o el delito de centinela– la nueva y recargada JPM asume competencias sobre la devastación (contra bienes civiles, como hospitales o archivos), el homicidio, el peculado, el hurto y todos los delitos comunes cuando se considere que estos fueron cometidos en relación con el servicio. Es claro que militares y policías buscan ser juzgados bajo otro rasero y por un aparato administrativo dependiente de su ministerio cuando cometan delitos en el ejercicio de sus funciones.

Puesto en otro contexto, este arreglo es el sueño de un alcalde corrupto: robar “en el marco de sus funciones” (es decir valiéndose del hecho de ser alcalde) para poder ser investigado y juzgado, no por un órgano de la administración de justicia, sino por una audiencia de sus pares, que puede entender las presiones y las dificultades que enfrenta un burgomaestre.

Además, en estos casos, el castigo será a la medida, en una cárcel hecha y dirigida por carceleros que comprenden al culpable. Algo tan absurdo para los alcaldes como para los militares. Y sin embargo es esto lo que nos han vendido y lo ha quedado consignado en el derecho colombiano.

Insólito y escandaloso

Como están las cosas, a menos que la Corte Constitucional defienda los valores básicos del Estado de derecho, la fantasía seguirá siendo realidad, y la JPM (que no es jurisdicción) administrará justicia para los militares y los policías.

Todo esto es insólito y escandaloso, pero se ha normalizado y nadie se desconcierta. Se escandalizan más los protectores de la JPM con la crítica a su engendro que los ciudadanos y las ciudadanas que tendrían que oponerse a tan aparatoso engaño.

En este espacio me he referido principalmente a la justicia por militares para militares, pero vale la pena recordar que el engendro también cubre la forma especial de justicia por policías para policías: una justicia verde y camuflada, paralela, una especie de para-justicia.

Todo este engendró no se armó para investigar y juzgar delitos típicamente militares; eso siempre ha existido y nadie lo ha puesto en duda. Los cambios se han hecho para que la JPM cobije los delitos comunes cometidos por militares y policías en el marco del servicio.

Se ha creado un mecanismo administrativo, llevado a cabo por pares, para investigar y juzgar a funcionarios públicos que delinquen en el ejercicio de sus funciones. No es más y no es menos. Suena horrible, pero esa es la verde verdad.

http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/8704-la-justicia-penal-militar-y-policial-justicia-que-no-es-justicia.html

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