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A un paso de su aprobación, la ley estatutaria de reforma al fuero penal militar sigue dejando muchas dudas en organismos como la ONU, Amnistía Internacional y el Movimiento de Víctimas de Agentes del Estado.

El próximo lunes, la plenaria de la Cámara de Representantes debe aprobar en último debate la ley estatutaria de reforma al Fuero Penal Militar. Una iniciativa que, pese a las explicaciones del Gobierno y del mismo Congreso de la República, sigue siendo duramente criticada por activistas de derechos humanos en el país y en el mundo, y que sigue dejando dudas en organismos como la Organización de las Naciones Unidas.
 
¿Qué es lo que no les gusta si el mismo ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, ha dicho y recontra dicho que todo se ha hecho a la luz de la Constitución y el Derecho Internacional Humanitario?
 
Por ejemplo, para Amnistía Internacional, la ley “afianza la impunidad por violaciones de derechos humanos cometidas por las fuerzas de seguridad de Colombia, las cuales, ya sea a solas o en connivencia con paramilitares y los grupos de guerrilla, siguen siendo responsables de graves abusos, tales como homicidios ilegítimos, desplazamiento forzoso, tortura, secuestro o desaparición forzada, y violencia sexual”.
 
La organización no gubernamental dice que hasta ahora muy pocas personas han comparecido ante la justicia por estas violaciones y abusos de derechos humanos, y la ley propuesta protegerá a las Fuerzas Armadas del procesamiento ante tribunales civiles.
 
“Si el Congreso aprueba el proyecto, se demostrará una vez más que Colombia no está dispuesta a investigar y enjuiciar de forma genuina los delitos de derecho internacional”, expresa Marcelo Pollack, investigador de Amnistía Internacional sobre Colombia. Con advertencia de por medio: “La aprobación podría llevar a la fiscal de la Corte Penal Internacional a intervenir e investigar ella misma los delitos de derecho internacional cometidos en el país desde 2002”.
 
Por su parte, la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha criticado también la iniciativa y en un reciente informe de 21 páginas, señaló que el “ampliar la jurisdicción de los tribunales militares vulnera la separación básica entre los poderes, necesaria para la independencia del Poder Judicial”.
 
“La reforma refleja la falta de confianza y respeto entre las instituciones del Estado, lo que socava el Estado de derecho y la legitimidad del propio Estado”, agrega el documento.
 
A su vez, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), expidió hoy un documento con siete puntos concretos sobre lo que cree son las principales falencias de la ley. Entre estos, señala que lo aprobado hasta ahora propone un nuevo procedimiento penal y una reforma al Código Penal, creando nuevos delitos como el de ejecución extrajudicial, que se encontraba tipificado como homicidio en persona protegida y enmarcado en los delitos contra personas y bienes protegidos por el DIH.
 
“Esta nueva tipificación podría llevar a que los llamados falsos positivos que se cometieron antes no se entiendan como ejecuciones extrajudiciales, de tal manera que más adelante se presenten dificultades para judicializar a los responsables de estos delitos”, advierte Movice.
 
Igualmente, la organización no gubernamental dice que se pretende crear la figura del “blanco legítimo” para referirse a personas que forman parte de grupos armados y que participan en actividades hostiles, y que serán tribunales compuestos por miembros de la Fuerza Pública, quienes definirán si las personas asesinadas por uniformados, serán o no blancos legítimos: “Esto podría traer como consecuencia que casos como el de los jóvenes de Soacha podrían pasar a conocimiento de la justicia penal militar, hecho que eximiría de cualquier tipo de responsabilidad a los autores del crimen”.
 
Críticas y advertencias que, según el ministro Pinzón y el senador ponente Juan Manuel Galán, no tienen asidero, pues todas las modificaciones que se habían propuesto se hicieron. “Los cuestionamientos están desactualizados. Se hicieron cambios que consiguieron un equilibrio entre las garantías jurídicas reclamadas por los militares y la garantía de que no habrá impunidad para graves violaciones a los derechos humanos perpetradas por miembros de las Fuerzas Armadas”, insiste el mindefensa.
 
En esencia, la ley estatutaria que reforma la Justicia Penal Militar sirve para juzgar a militares y policías que comentan delitos durante el servicio. Y en lo aprobado hasta ahora, quedó establecido en la norma que los llamados “falsos positivos”, como se conoce a las ejecuciones extrajudiciales, quedan en la justicia ordinaria.
 
Asimismo, la reforma establece que la justicia ordinaria asumirá todos los delitos de lesa humanidad cometidos por miembros de la Fuerza Pública como genocidio, desaparición, violencia sexual, ejecución extrajudicial, tortura y desplazamiento.
 
En caso de duda, se establece que será un Tribunal de Garantías, integrado por cuatro miembros de la misma Fuerza Pública en retiro y cuatro jueces ordinarios elegidos por el presidente de la República mediante una terna, el encargado de decidir qué competencia judicial asume el caso en disputa.
 
Un punto que precisamente genera desconfianza, según Amnistía Internacional, que cree que aunque, en teoría, algunas violaciones de derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales, quedarán fuera de la jurisdicción militar, la reforma propuesta, “habida cuenta del control constante que las fuerzas armadas ejercen sobre las etapas iniciales de la investigación criminal, facilitará a las fuerzas armadas el definir las violaciones de derechos humanos como actos legítimos de conflicto, sometidos, por tanto, a la jurisdicción militar”.
 
Pero el ministro Pinzón riposta diciendo que “aquí no se trata de dejar contento a todo el mundo” y que se ha hecho es una serie de ajustes y modificaciones para adaptar la ley a la realidad.
 
Aún restan por discutirse 43 artículos, que lo hará la Plenaria de la Cámara el lunes. Si durante las discusiones el proyecto no sufre ninguna modificación en la Cámara de Representantes pasará a la Corte Constitucional, pero si se le hacen cambios tendrá que ir a conciliación y tras su aprobación regresará a la Corte que estudiará si se ajusta a la Carta Magna.
 

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