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Tribunal Administrativo de Antioquia ordena al Inpec y la Rama Judicial indemnizar a preso.

Un fallo judicial, que condena al Inpec y a la Rama Judicial a pagar una millonaria indemnización por los daños morales en contra de la dignidad humana sufridos por un interno de la cárcel de Bellavista, abrió la puerta para que la crisis penitenciaria se convierta en una vena abierta a las arcas del Estado.

Al considerar que hubo una vulneración sistemática de los derechos del interno, al tener que dormir en el piso, privado de la atención médica adecuada y oportuna, y sin las mínimas condiciones de higiene, el Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó pagarle a William Alberto Molina Sánchez, condenado a 4 años por hurto agravado, 50 millones de pesos.

También ordenó indemnizar a su familia, que alegó haber padecido las deplorables condiciones en que se encontraba su ser querido, así como la severidad de las visitas, las extenuantes filas y hasta el pésimo trato de los guardias.

El Tribunal le dio un plazo máximo de seis meses a las instituciones del Estado para ofrecer excusas públicas por el trato infrahumano, al que, dice, fue sometido Molina por causa del hacinamiento.

«No se trata de exigir hotelería de primer nivel. Igualmente no es posible generar condiciones de relajación y esparcimiento, en la medida en que se está pagando una pena; sin embargo, no puede ser admisible que un ser humano que aspira a socializarse, sea tratado como un animal», cuestiona el Tribunal.

Molina permaneció en la cárcel de Bellavista durante casi 4 años, y en ese periodo el centro penitenciario de Medellín llegó a superar su cupo hasta en tres veces su capacidad: de 1.800 cupos llegó a recibir hasta 6.500 internos.

Desde ya, el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora prendió las alarmas y elevó una alerta al Gobierno dado a que por primera vez un fallo ordena pagar a un interno por las violaciones a la dignidad humana por cuenta del hacinamiento. «Le he pedido al Gobierno que tome medidas urgentes, porque de ser confirmada este fallo en el Consejo de Estado, son 130 mil personas reclusas que podrían acceder a indemnizaciones por la misma vía», indicó.

De hecho, en el proceso, abogados del Inpec alegaron que no es posible que, al aplicar la Ley, el mismo Estado deba contribuir a que una que persona que purgó una condena por un delito, al salir de la cárcel reciba una indemnización por ello. «Esto constituye un enriquecimiento inapropiado y lamentable para la Nación en la medida en que abre la puerta que los 54 mil condenados que estén en las cárceles tengan la opción de incoar acciones contra el Estado, provocando un colapso de la estructura económica del país», cuestionaron.

Sin embargo, el fallo asegura que no se le puede atribuir la afectación de la dignidad humana a la presencia de un interno en un penal y que el Estado está obligado, sin excepción, a garantizar los derechos de los ciudadanos: «los vejámenes padecidos por William Molina en la cárcel no son el producto de su propia culpa».

El fallo, incluso, regaña al Estado porque las condiciones de hacinamiento son consecuencia de la «aplicación del derecho a sancionar desenfrenado y sin sustento de una política criminal definida», dice, y agrega que las condiciones de hacinamiento las cárceles trasgreden la normativa internacional.

«Que no se diga que un prisionero es una persona de segunda o tercera categoría; o que un recluso, por ese solo hecho, debe correr con la infausta suerte de padecer las condiciones infrahumanas que ofrece el sistema penitenciario colombiano», cuestiona el Tribunal.

http://www.eltiempo.com/justicia/fallo-ordena-al-inpec-y-la-rama-judicial-indemnizar-a-preso_12283344-4

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