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«El desacato a la CIDH es muy preocupante»

By 28 de marzo de 2014No Comments
Viviana Krsticevic, directora ejecutiva del Cejil, dice que el Estado colombiano queda en el triste papel de debilitar un mecanismo de protección de derechos para sus propios ciudadanos.

Viviana Krsticevic es la directora ejecutiva del Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil, por sus siglas en inglés), una de las principales organizaciones que llevan casos ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Habla sobre el desacato por parte del Estado colombiano de las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el exalcalde de Bogotá Gustavo Petro.

¿Cómo ve la decisión del Estado?

Es muy preocupante. Primero, porque las medidas son de carácter obligatorio. Esto se deriva de un análisis de las normas que fundan la actuación de la CIDH para la resolución de casos, sus estatutos y reglamentos, y también porque así lo han aceptado la mayor parte de los estados durante décadas. El mismo Estado colombiano ha acatado y defendido la obligatoriedad de las medidas. Consideramos que es muy grave y perjudicial que Colombia no acate por lo que significa para los solicitantes, pero, más allá de eso, para todos los ciudadanos que ahora ven debilitada la protección de sus derechos, en la medida en que el Gobierno afirma que va a tener una actitud discrecional acerca de si cumple o no con una obligación internacional derivada de las obligaciones que asumió al ratificar la Convención Americana sobre DD.HH.

Es muy claro desde el punto de vista del derecho que la Comisión tiene competencia para dictar estas medidas. La competencia se la conceden la Carta de la OEA, la Convención Americana y otros tratados, además del estatuto y el reglamento de la propia Comisión. Un objetivo de las medidas cautelares es que un órgano pueda tutelar un derecho fundamental, evitar un daño irreparable al derecho mientras estudia a fondo un asunto. Uno de los aspectos que más nos preocupan es que en Colombia se diga que los derechos políticos no son fundamentales.

Lo dijo la canciller. ¿Qué opina?

Estamos en desacuerdo. La historia del continente, de autoritarismo, dictaduras y guerras civiles, hizo que tanto los derechos constitucionales como el derecho internacional, y el interamericano en particular, reconozcan y protejan especialmente los derechos políticos, en la medida en que se considera que son pilares del derecho a la democracia. Si uno mira las normas del Sistema Interamericano puede ver que los derechos políticos se consideran tan fundamentales que tienen resguardos jurídicos especiales de carácter individual y colectivo.

Quizás, en la mejor de las interpretaciones, lo que quiso decir la canciller es que los derechos políticos no son irreparables. En todo caso, eso es algo que ha contestado la CIDH en su resolución. La irreparabilidad de un derecho está vinculada a que no sea susceptible de reparación o adecuada compensación. Con los derechos políticos, la reparación pecuniaria es totalmente inadecuada para proteger o remediar el daño que se le hace no sólo a una persona que ejerce una función de voto popular, sino a quienes la eligieron.

En Colombia resultó inusual que se otorgaran cautelares para derechos políticos; usualmente se otorgan para proteger la vida y la integridad.

No es inusual en el derecho comparado que haya medidas cautelares para la protección de derechos distintos a la integridad y la vida. Quizás resulte extraño en la experiencia colombiana, en la que hay mucha gente amenazada y en mayor medida se conocen este tipo de cautelares, pero si uno mira la jurisprudencia de otros sistemas, como el europeo, hay cautelares para la protección de desalojos, del derecho a tener asistencia legal, para la libertad de expresión, para temas medioambientales. ¿Qué mensaje envía la Comisión? Que no sólo la integridad y la vida, sino también los derechos políticos, pueden estar sujetos a daños de carácter irreparable si no hay una medida que prevenga una infracción sobre los mismos.

El Estado consideró que la CIDH actuó precipitadamente.

Una de las críticas que hacen es que la justicia interna está preservando los derechos políticos porque hay recursos pendientes, entonces la actuación de la CIDH es precipitada. Frente a esto hay dos cosas fundamentales: una, que el Sistema Interamericano no mira sólo la existencia formal sino la eficacia de los recursos. La demostración de que no funcionaron los recursos es justamente que se destituyó al alcalde horas después de que se dieron las medidas. Segundo, ese argumento desconoce que el Sistema ejerce un control sobre las acciones de órganos que pueden violar los derechos, incluidos los órganos judiciales. Si los mecanismos internos están en marcha, pero no son eficaces, o si erran en la protección de derechos protegidos por la Convención Americana, eso genera la acción tutelar o el control de la existencia de una violación a los derechos por parte del Sistema Interamericano.

¿Qué consecuencias tiene para el Estado no acatar las cautelares?

Lo coloca en una situación de confrontación, de desacato de una orden obligatoria del Sistema Interamericano, y en el triste papel de debilitar un mecanismo de protección de derechos para sus propios ciudadanos, para los habitantes de toda la región.

¿Qué consecuencias tiene para el Sistema Interamericano que Colombia no acate?

Para el Sistema Interamericano es muy serio y grave que los estados desacaten. Eso mina la autoridad y la legitimidad del sistema. Los defensores de los DD.HH. estamos preocupados, no sólo por lo que esto significa para Colombia, sus procesos políticos y los derechos del alcalde y las personas que lo eligieron, sino por lo que significa para el resto de la ciudadanía y las reverberaciones que tiene sobre toda la región y sobre el propio sistema. Hay una historia de toda la región que nos lleva a considerar como relevantes los derechos políticos y la democracia. En el contexto colombiano es especialmente preocupante porque es un país muy desigual, que tiene conflicto armado, que tiene una tradición profunda de apego a la institucionalidad y de rescatar como fundamental el Estado de derecho y el apego a las obligaciones internacionales; eso quiebra parte de la que ha sido una posición histórica del Estado colombiano.

www.elespectador.com/noticias/elmundo/el-desacato-cidh-muy-preocupante-articulo-483394
 

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