De acuerdo a la solicitud de la Mesa de Conversaciones en su comunicado del 17 de julio, acompañarán al grupo de víctimas monseñor Luis Augusto Castro, presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia; Fabrizio Hochschild, coordinador Residente y Humanitario de las Naciones Unidas en Colombia, y Alejo Vargas, director del Centro de Pensamiento y Seguimiento al Diálogo de Paz de la Universidad Nacional. Esta delegación estará acompañada además por Belén Sanz, representante para Colombia de ONU Mujeres; el sacerdote Darío Echeverry de la Conferencia Episcopal y Marco Romero de la Universidad Nacional.
La Conferencia Episcopal, Naciones Unidas y la Universidad Nacional destacan que la participación de las mujeres víctimas del conflicto en las dos delegaciones ha sido mayoritaria, lo cual es un reflejo de la dura realidad en la que las mujeres y las niñas colombianas son quienes han pagado el costo más alto dentro del conflicto. La participación de 16 mujeres en las dos delegaciones también refleja la forma en que ellas han luchado para preservar a sus comunidades entre el miedo y la violencia y su importante rol en la construcción de la paz.
Resaltamos igualmente cómo en las dos delegaciones conformadas hasta ahora se ha buscado visibilizar y tener en cuenta a las diferentes regiones del país. Las personas escogidas son sobrevivientes de hechos víctimizantes ocurridos en los departamentos del Chocó, Valle del Cauca, Cauca, Nariño, Caquetá, Guaviare, Meta, Huila, Tolima, Cundinamarca, Bogotá, Santander, Antioquia, Magdalena y La Guajira. Esto significa que más de la mitad de los departamentos del país han sido incluidos en las primeras dos delegaciones. Esperamos ampliar esta cobertura con las siguientes delegaciones.
De igual forma, se incluyeron personas de diferentes sectores sociales y poblacionales tratando de garantizar la presencia de afro-descendientes e indígenas, teniendo en cuenta que estas comunidades continúan sufriendo de manera desproporcionada los efectos del conflicto armado.
En la delegación actual están representados hechos víctimizantes que no figuraron en la lista anterior. Entre ellos, se encuentra la vinculación de niños, niñas y adolescentes al conflicto, un hecho sumamente grave y desgarrador para una sociedad que no los pudo proteger. Este es un tema que no siempre ha recibido la atención que merece.
También hace parte de la segunda delegación un sobreviviente de minas antipersona. El uso de estos artefactos por diversos grupos armados ha convertido a Colombia en uno de los países más afectados con más de 10,000 muertos y heridos registrados desde 1990.
También están incluidos en este grupo familiares de víctimas de ataques al sindicalismo y a la justicia, dos sectores que han sido afectados de manera sistemática por el conflicto.
Enfatizamos que en un país donde el universo de víctimas incluye a más de 6 millones de personas, es una tarea muy compleja organizar delegaciones en las que todos se sientan representados, y que mantengan un equilibrio que todos consideren justo. Esperamos que al final de este proceso, cuando hayan viajado las 60 víctimas, el país vea reflejado el conjunto de victimizaciones y se haya sensibilizado aún más frente a la importancia del reconocimiento a todas y todos los colombianos que han sufrido el mayor impacto del conflicto.
Finalmente hacemos un sentido llamado a la tolerancia y al respeto, por todas aquellas víctimas que han aceptado participar en este proceso, señalando que cualquier crítica que pueda surgir en el desarrollo de esta dinámica es responsabilidad exclusiva de los organizadores.
Segundo grupo de víctimas seleccionadas
Teresita Gaviria
Breve descripción: Su hijo, Christian Camilo Quiroz de 15 años, fue desaparecido en 1998 en Doradal, Antioquia en el año de 1998. Fundó la Asociación Caminos de Esperanza Madres de la Candelaria, que se dedica a visibilizar y esclarecer hechos de desaparición forzada.
Hecho Victimizante: Desaparición forzada. / Región: Antioquia.
Juanita Barragán
Breve descripción: Víctima de reclutamiento forzado, ingresó a la guerrilla de las Farc a los 13 años. Luego de un enfrentamiento con el Ejército, se desvinculó del grupo armado. Participó de los distintios programas que establece el gobierno y ha sido apoyada en la construcción de su proyecto de vida por la organización Benposta. En la actualidad tiene 26 años .
Hecho Victimizante: Reclutamiento y vinculación de niños, niñas y adolescentes. / Región: Tolima.
Marisol Garzón
Breve descripción: Hermana de Jaime Garzón, periodista y crítico político asesinado hace 15 años en Bogotá y en cuyo homicidio están investigados paramilitares y agentes del Estado.
Hecho Victimizante: Homicidio en persona protegida. / Región: Nacional.
Gloria Luz Gómez
Breve descripción: Hermana de Leonardo Gómez, líder estudiantil desaparecido el 14 de noviembre de 1983 y cuyo cuerpo apareció días después con señales de tortura. Es coordinadora de la Asociación Familiares de Detenidos Desaparecidos. Miembro de la Aasociación de Desplazados del Chocó – Adacho.
Hecho Victimizante: Desaparición forzada. / Región: Bogotá.
Esau Lemos Manturana
Breve descripción: Afrodescendiente desplazado de Bagadó, defensor de derechos humanos, Coordinador de la Mesa Departamental de Derechos Humanos y miembro de la Mesa Nacional de Víctimas.
Hecho Victimizante: Desplazamiento forzado, amenaza y violación de la integridad personal. / Región: Chocó.
Reinel Barbosa Cájica
Breve descripción: Víctima de mina antipersona y desplazamiento forzado. Como consecuencia de las lesiones tiene discapacidad física permanente. Es parte de la Red Nacional de Organizaciones de sobrevivientes de minas antipersona y personas con discapacidad y de la Mesa Ncional de Víctimas.
Hecho Victimizante: Víctima del empleo de armas prohibidas; desplazamiento forzado. / Región: Meta.
Gabriel Bisbicuis
Breve descripción: Gobernador indígena, pertenece a la organización étnico territorial Unidad del Pueblo Awá (UNIPA). El pueblo Awá, con presencia en Nariño, ha sufrido violaciones por parte de todos los grupos armados. La comunidad Awá es uno de los 34 pueblos indígenas protegidos a través del Auto 05 de 2009 en seguimiento a la Setencia T-025 dado el riesgo de exterminio físico, cultural y espiritual en que se encuentran.
Hecho Victimizante: Desplazamiento; amenazas; discriminación, desapariciones, muertes selectivas y actos de violencia contra grupos étnicos en especial condición de vulnerabilidad. / Región: Nariño.
María Choles Toro
Breve descripción: Víctima de violencia sexual y basada en género por parte de múltiples actores armados. Actualmente hace parte de Fundehubicol del proceso Alianza Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz-IMP, de la Mesa de Participación del Distrito de Santa Marta y de la Mesa de Participación Departamental del Magdalena. Es también delegada a la Mesa Nacional por el hecho de violencia sexual.
Hecho Victimizante: Violencia sexual y basada en género. / Región: Magdalena.
Marleny Orjuela Manjarrés
Breve descripción: Prima del Subintendente de la Policía Hernán Alexander Zambrano Manjarrés, privado de libertad por las FARC en Miraflores, Guaviare, el 3 de agosto de 1998 y liberado en el 2001. Hace parte de la Asociación de Familiares de Policías y Militares Secuestrados por la Guerrilla (ASFAMIPAZ).
Hecho Victimizante: Privación de la libertad con violación de la integridad personal. / Región: Guaviare.
Esperanza Uribe
Breve descripción: Esposa de Pablo Antonio Beltrán, juez adscrito al Distrito Judicial de San Gil, Santander. Fue asesinado junto con doce funcionarios judiciales en la “Masacre de la Rochela” el 18 de enero de 1989. El caso fue presentado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde el Estado reconoció responsabilidad internacional y homologó el “Acuerdo parcial en relación con algunas medidas de reparación” (sentencia de 11 de mayo de 2007).
Hecho Victimizante: Homicidio en persona protegida. / Región: Santander.
Yessika Hoyos Morales
Breve descripción: Defensora de Derechos Humanos, hija del sindicalista Jorge Darío Hoyos Franco, asesinado el 3 de marzo de 2001. Por ese hecho están condenados un oficial de la Policía Nacional, dos paramilitares, y en juicio un miembro del Ejército Nacional
Hecho Victimizante: Homicidio en persona protegida. / Región: Cundinamarca.
Consuelo González de Perdomo
Breve descripción: Fue secuestrada el 10 de septiembre del 2001 en la vía que de Pitalito (Huila) conduce a Neiva. En el momento del secuestro hacía parte del Congreso como Representante a la Cámara por el Departamento del Huila. Su liberación se dio en las selvas del Guaviare el 10 de enero del 2008.
Hecho Victimizante: Secuestro. / Región: Huila.
Criterios de selección para la delegación de víctimas
1.Una tarea difícil. Es muy dificil que un grupo limitado de 60 víctimas sea representativo de la totalidad de las víctimas del conflicto armado colombiano, dados los niveles de victimización en Colombia y la diversidad de victimarios y formas de victimización. Cualquier selección es discutible y podrá ser criticada. Esta selección ha sido entonces extremadamente difícil, pues era ineludible dejar por fuera a ciertas víctimas, pero ha sido una escogencia que las tres instituciones hemos realizado con la mayor seriedad y con el máximo respeto por la dignidad y el dolor de todas las víctimas.
2.Unos criterios fijados por la mesa. Las tres instituciones aclaran que ellas no definieron libremente los criterios de selección, sino que estos fueron establecidos por la Mesa de Conversaciones y hechos públicos en el comunicado del 17 de julio de 2014, que señaló que los “criterios principales para la selección de las delegaciones son el equilibrio, el pluralismo y la sindéresis, que se deben ver reflejados en la composición de cada una de las delegaciones”, y que éstas “deben reflejar todo el universo de violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH que se hayan presentado a lo largo del conflicto interno, teniendo en cuenta los diferentes sectores sociales y poblaciones, y el enfoque regional.” Y que debía tratarse de “víctimas directas del conflicto”, quienes “participarán en esa condición y no en representación de otros”. La labor de las tres instituciones fue entonces interpretar los criterios definidos por la Mesa y aplicarlos para realizar la selección de los integrantes de las delegaciones de víctimas.
3. Una interpretación conforme a los derechos humanos de esos criterios. La interpretación de los criterios establecidos por la Mesa de Conversaciones se hizo a la luz de los desarrollos normativos del derecho internacional de los derechos humanos, por lo cual, la noción de víctima directa acogida por las tres instituciones para realizar la selección es la consagrada por la Declaración de la Asamblea General de Naciones Unidas del 16 de diciembre de 2005 sobre “principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario”, por cuanto consideramos que es el documento que mejor refleja el consenso internacional sobre la materia. Esta noción de víctima corresponde además, en lo esencial, a los desarrollos legales y jurisprudenciales del derecho colombiano y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
4. La noción de víctima. Conforme a esta Declaración, es víctima “toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivamente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos o una violación grave del derecho internacional humanitario”. Y esa definición comprende igualmente “a la familia inmediata o las personas a cargo de la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para prestar asistencia a víctimas en peligro o para impedir la victimización”. Los integrantes de la Fuerza Pública y sus familiares, así como los integrantes de los grupos de la guerrilla y sus familiares, pueden entonces ser víctimas si sufrieron daños o menoscabo sustancial de sus derechos como consecuencia de violaciones manifiestas a los derechos humanos o al DIH.
5. El requisito de equilibrio. Las tres instituciones consideramos que el requisito de equilibrio implica que la selección de las delegaciones sea lo más incluyente posible, de tal manera que su composición refleje en la mejor forma posible la dinámica y las formas de victimización asociadas al conflicto armado colombiano. La selección buscó entonces que la composición de las delegaciones incluya y refleje, hasta donde sea humanamente posible, i) todas las modalidades de victimización, ii) todos los tipos de afectación, que estén incluidas víctimas de iii) todos los actores armados, que iv) haya víctimas de los distintos territorios victimizados y que puedan participar víctimas de v) todos los sectores sociales afectados, con especial énfasis en las poblaciones especialmente victimizadas, con balance y enfoque diferencial y de género.
Consideramos que era inapropiado interpretar el requisito de equilibrio como una exigencia matemática de estricta proporcionalidad según número de víctimas por tipo de afectación o por eventual responsabilidad de los distintos actores, por las siguientes dos razones: i) esto hubiera implicado que ciertas modalidades de victimización, como el desplazamiento forzado, que son cuantitativamente mayores, impidieran la participación de otras víctimas, cuyas voces consideramos que deben ser escuchadas en La Habana; ii) la determinación final del número de víctimas por formas de afectación, sectores sociales o victimarios es una tarea que correspondería a una futura Comisión de la Verdad y no a la Mesa de Conversaciones, y menos aún a la Universidad Nacional, las Naciones Unidas o la Conferencia Episcopal.
6. El requisito de pluralismo. Las tres instituciones interpretamos el requisito de pluralismo como una exigencia de que la composición de las delegaciones refleje distintas visiones ideológicas y filosóficas, y permita la participación de personas de distintos grupos sociales y étnicos con diversas visiones del mundo. Pero consideramos inapropiado intentar un pluralismo por adscripciones partidistas pues eso podría politizar indebidamente la selección de las delegaciones.
7. El requisito de sindéresis. La sindéresis es definida literalmente por el Diccionario de la Real Academia como “discreción, capacidad natural para juzgar rectamente”. Las tres instituciones interpretamos entonces ese requisito como la necesidad de que las víctimas que integren las delegaciones puedan obviamente expresar el dolor por su caso específico pero tengan la capacidad de trascenderlo a fin de mostrar como su experiencia personal puede ser emblemática y representativa de otros casos semejantes; y que por ello, aunque cada integrante de la delegación habla a nombre propio y no es en sentido estricto representante de otras víctimas, las tres instituciones consideramos que el requisito de sindéresis implica que los integrantes de la delegaciones a La Habana puedan hacer consideraciones y planteamientos más generales acerca de las exigencias de las víctimas y el proceso de paz.
8. El proceso de selección y la consulta a víctimas y sus organizaciones. Hasta donde fue posible, dadas las limitaciones de tiempo, las tres instituciones realizamos consultas a distintas organizaciones de víctimas, a fin de oír sus criterios para realizar esta selección y escuchar posibles nombres que deberían integrar las delegaciones. Todos estos elementos, generosamente suministrados por las víctimas y las organizaciones consultadas, fueron cuidadosamente tenidos en cuenta para realizar la selección, pero es importante aclarar que, conforme a los criterios señalados por la Mesa de Conversaciones, estas delegaciones no están conformadas por representantes de las distintas organizaciones de víctimas.
9. Criterios complementarios. Las tres instituciones consideramos que en caso de duda acerca de si se debía seleccionar a una víctima u otra era necesario recurrir a otros criterios complementarios, que son usuales en el campo de derechos humanos, como el principio de no discriminación y los enfoques diferenciales y de género. Por ello en caso de duda preferimos seleccionar a víctimas provenientes de poblaciones en situaciones de vulnerabilidad (grupos étnicos, mujeres, y el caso de las personas que sufrieron hechos victimizantes cuando eran niños, niñas o adolescentes y no habían alcanzando la mayoría de edad) o aquellas que tuvieran menor capacidad de hacerse escuchar en otras formas por la sociedad colombiana y la Mesa de Conversaciones. Igualmente, con el fin de lograr el mayor equilibrio y pluralismo, buscamos que, hasta donde sea posible, las personas seleccionadas reflejen distintos criterios de selección, como por ejemplo ser al mismo tiempo víctima de una modalidad de victimización, de cierto actor –o de más de un actor- y hacer parte de cierta población o de cierto territorio.
10. La discreción y la escogencia de la primera delegación. Las tres instituciones aclaramos finalmente que ya hemos avanzado en la escogencia de los 60 nombres que integrarán las cinco delegaciones que asistirán a la Mesa de Conversaciones, respondiendo a una adecuada aplicación de los criterios clarificados anteriormente en el grupo total de víctimas participantes. Tenemos la convicción de que una vez hayan viajado las cinco delegaciones y se hayan conocido todos los nombres de sus integrantes quedará manifiesta la manera como hemos cumplido con los criterios de selección. Esto sugiere que deberíamos hacer público el listado completo de las 60 personas, sin embargo, por razones de discreción, y en especial para proteger la privacidad de las víctimas seleccionadas, hemos considerado que lo más prudente es informar los nombres de cada una de las cinco delegaciones, en el momento en que cada una de ellas viaje a La Habana, con el debido tratamiento de su identidad bajo principios de protección.