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Pronunciamientos

Perspectiva de los Derechos Humanos sobre la situación internacional después del 11 de septiembre

By 24 de septiembre de 2001diciembre 14th, 2021No Comments
I. Introducción:En tiempos de crisis internacional es importante mantener una perspectiva de derechos humanos. Esta nota establece algunas reflexiones desde esa perspectiva que pueden ser utilizadas en la situación actual.

II. Derechos Humanos y Terrorismo:

Los órganos de derechos humanos se han referido a los derechos humanos y al terrorismo en los últimos años.

En 1998, la Comisión de Derechos Humanos aprobó el nombramiento de un Relator Especial de la Subcomisión, señor Kalliopi K. Koufa, (Grecia), para llevar a cabo un estudio comprensivo sobre el tema.

En su última sesión, la Comisión adoptó una fuerte resolución al respecto (2001/37), y el Relator Especial presentó un avance del informe a la Subcomisión, en Agosto de 2001.

Estos textos exponen el trabajo que han realizado, a la fecha, el Consejo de Seguridad y la Asamblea General, para asumir el desafío del terrorismo internacional, en particular la resolución 1269 (1999) y la Declaración General de Medidas para la Eliminación del Terrorismo Internacional, del 9 de Diciembre de 1994.

III. Crímenes contra la Humanidad

Bajo las normas existentes del Derecho Penal Internacional, los ataques del 11 de Septiembre a los Estados Unidos pueden caracterizarse como crímenes contra la humanidad, por su naturaleza a gran escala y porque fueron dirigidos contra la población civil. La naturaleza internacional de este crimen genera la obligación para los Estados de contribuir a poner a los culpables a la disposición de la justicia.

IV. Víctimas

La Resolución de la Comisión de Derechos Humanos (2001/37) expresa la solidaridad con todas las víctimas del terrorismo. Un acercamiento desde los derechos humanos a los hechos del 11 de septiembre y sus consecuencias, debe comenzar con las víctimas y su derecho a la justicia.

Las víctimas perdieron su mayor derecho: el derecho a la vida. Más de 5000 civiles de los Estados Unidos y de otras nacionalidades fueron asesinados. Quienes provocaron esta carnicería por medio del secuestro de un avión civil, tomando el control del aparato y estrellándolo contra edificios altamente poblados, tenían como intención causar la máxima pérdida de vidas humanas.

Las víctimas y sus familiares tienen derecho a esperar que la comunidad internacional busque la respuesta a estos crímenes de la manera más pronta y efectiva. En particular, ellos tienen el derecho a ver que los responsables de estos crímenes internacionales sean juzgados y castigados bajo las reglas del debido proceso.

V. Justicia bajo la ley

Las metas prioritarias deberían incluir la identificación, el juicio y el castigo de los individuos que planearon, dirigieron, y financiaron estas atrocidades. Debe existir una acción efectiva de prevención, inclusive mediante la supresión de las organizaciones terroristas y sus redes.

La búsqueda de los responsables de los ataques debe llevarse a cabo dentro del marco de la ley y bajo la guía de las normas internacionales de derechos humanos y de derecho humanitario. Las personas inocentes tienen el derecho a esperar protección y a buscar en la comunidad internacional una acción efectiva para darle fin a la crisis.

VI. Cooperación Internacional

La manera de asegurar una cooperación internacional efectiva es actuando de conformidad con la Carta, con las obligaciones del derecho internacional y con los derechos humanos. Así mismo, ésta es la forma de asegurar una protección duradera contra el terrorismo en el mundo.

La respuesta inmediata de los Estados a los hechos ocurridos en E.U., condenando los ataques y ofreciendo su ayuda, augura una cooperación efectiva y práctica en la búsqueda de los responsables. Las Naciones Unidas, como un todo, debe seguir presionando a los Estados para que contribuyan en dicha cooperación.

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