Esta asesoría ofrecida por la Oficina se verá representada en un curso, que se realizará en septiembre de este año, para capacitar formadores en derechos humanos. Se seleccionarán 35 funcionarios del ICBF, con habilidades específicas, para que reciban 80 horas de formación y pedagogía en derechos humanos. Estos formadores deberán replicar lo aprendido en las diferentes regiones en las que cotidianamente está el ICBF.
La Oficina ha firmado esta carta de entendimiento teniendo en cuenta su mandato en Colombia que establece como una de sus funciones la asesoría a las instituciones nacionales encargadas de la promoción y la protección de los derechos humanos. También siguiendo las recomendaciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, contenidas en su último Informe sobre Colombia, y en las que se refiere a la promoción de una cultura de los derechos humanos e invita al Estado a que se beneficie plenamente de la asesoría y cooperación técnica de su Oficina en Colombia.
Para la Oficina es satisfactorio que los funcionarios del ICBF reciban esta formación y además se comprometan con la protección y la promoción de los derechos humanos, ya que a este Instituto le corresponde propender y fortalecer la integración de la familia, proteger a los niños y a las niñas, y garantizarles sus derechos, y coordinar el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Se anexa acuerdo.
CARTA DE INTENCIÓN ENTRE EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR Y LA OFICINA EN COLOMBIA DE LA ALTA COMISIONADA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
El presente documento contiene las disposiciones relativas a la Carta de Entendimiento entre el Instituto de Bienestar Familiares adelante el ICBF y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en adelante la OACNUDH
De la motivación del convenio
El Acuerdo celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y sus posteriores ampliaciones, le otorga a la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el marco de su mandato de observación de la situación de los derechos humanos, la función de asesorar a las autoridades colombianas en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de violencia y conflicto armado interno del país.
Teniendo en cuenta lo previsto en el apartado V, artículo 7 literal c) que establece como función específica de la Oficina el asesorar a las instituciones nacionales encargadas de la promoción y protección de los derechos humanos con miras a fortalecer su acción.
Reconociendo que al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), conforme a lo establecido en la Ley 75 de 1968, la Ley 7ª de 1979 y El Código del Menor, entre otras disposiciones, le corresponde propender y fortalecer por la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor y garantizarle sus derechos, y coordinar el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Atendiendo, a que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el Informe Anual sobre Colombia del año 2003 formula recomendaciones relativas a la promoción de una cultura de derechos humanos e invita al Estado a que se beneficie plenamente de la asesoría y cooperación técnica de su Oficina en Colombia.
En virtud de lo antes expresado, las instituciones partes representadas por la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Doctora Beatriz Londoño Soto (en adelante ICBF)) y por el Director de la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, señor Michael Frühling, (en adelante la Oficina) convienen lo siguiente:
CLAUSULA PRIMERA: Del objetivo.
Por la presente Carta de Intención, se establece el compromiso de la Oficina de prestar asesoramiento en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario al ICBF con el objeto de contribuir al fortalecimiento institucional de ésta entidad, mediante la ejecución del proyecto de Cooperación Técnica descrito en el ANEXO A que se acompaña a la presente.
CLAUSULA SEGUNDA: De las responsabilidades de las Partes:
Para el desarrollo del proyecto anexo la Oficina se comprometen a:
• Coordinar la ejecución de las actividades establecidas en el ANEXO A;
• Cumplir el cronograma de acciones y trabajos acordados con el ICBF y descritos en el ANEXO A;
• Proporcionar los recursos humanos y materiales de capacitación necesarios para la realización de las actividades establecidas en ANEXO A.
El ICBF se compromete a:
• Acompañar la realización de las actividades establecidas en ANEXO A, a través de la sede nacional y las oficinas regionales del ICBF;
• Gestionar los recursos financieros y logísticos necesarios para la realización de las actividades establecidas en ANEXO A, lo cual se hará mediante la suscripción de convenios respectivos y con base en los recursos disponibles para tal efecto;
• Cumplir cabalmente el cronograma de acciones y trabajos conjuntos acordados con la Oficina;
• Hacer gestiones frente a otras entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas, que puedan apoyar la ejecución de la Carta de Entendimiento, en el marco de los parámetros de ejecución acordados entre la Oficina y el ICBF;
• Facilitar las condiciones para que las personas capacitadas multipliquen los conocimientos aprendidos;
• Dentro de los límites de su función a brindar la información que resulte necesaria, así como el espacio físico necesario para el desarrollo de dicha actividad.
CLAUSULA TERCERA: El método de trabajo
Cada una de las partes designará un representante y uno alterno que sirvan de interlocutores entre las mismas quienes tendrán la responsabilidad de dar seguimiento a la ejecución del proyecto descrito en el ANEXO A.
CLAUSULA CUARTA: De la interpretación
Cualquier duda de interpretación o de procedimiento que surja de la aplicación de la presente Carta será resuelta por mutuo acuerdo entre las partes.
CLAUSULA QUINTA: De la supervisión.
La supervisión de esta Carta de Intención, por parte del ICBF, estará a cargo del Jefe de la Oficina de Cooperación y Convenios, y por parte de OACNUDH, estará a cargo de la Coordinadora del Área de Cooperación y Asistencia Técnica.
CLAUSULA SEXTA: De las comunicaciones.
Las sedes declaradas para efecto de correspondencia o notificaciones serán el despacho de la Directora del ICBF ubicado en la Avenida Carrera 68 # 64c-75, Bogotá D.C. y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ubicada en la calle 114 N. 9-45 oficina 1101, Torre B, edificio Teleport, Bogotá D.C., Colombia. En caso de controversia sobre el contenido de la presente, se resolverá de común acuerdo.
EN FE DE LO ANTERIOR, las dos Instituciones, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, actuando mediante sus Representantes plenamente autorizados firman esta Carta de Intención en el día y año indicados al pie de las firmas.
Beatriz Londoño Soto
Directora General
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Michael Frühling
Director
Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Bogotá, Colombia a los días del mes de agosto de 2004
ANEXO A
1. Descripción del Proyecto
1.1 Título del Proyecto:
Fortalecimiento del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en materia de derechos humanos
1.2 Tema prioritario abordado por el Proyecto:
Fundamentos básicos en Derechos Humanos, enfoques pedagógicos y estrategias de multiplicación.
1.3 Localización del Proyecto:
Aunque si bien el proyecto tendrá cobertura nacional, las actividades se ejecutarán en Bogotá y en alguna de las zonas donde se efectuarán las réplicas.
1.4 Resumen:
El proyecto busca dejar una capacidad institucional instalada en el ICBF mediante la capacitación en materia de derechos humanos a sus funcionarios. Esta capacitación estará a cargo de la OACNUDH. Implica un proceso de selección de un grupo de formadores, funcionarios del ICBF, quienes después de cumplir con una capacitación de ochenta horas y una evaluación satisfactoria asumirán la responsabilidad de llevar a cabo cursos básicos en derechos humanos a los funcionarios de ICBF en las diversas regiones del país.
2. Objetivos y Resultados
2.1 Objetivo General
Se habrá promovido una cultura de derechos humanos en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
2.2 Objetivo Específico
Los funcionarios del ICBF habrán sido capacitados en derechos humanos y pedagogía de la enseñanza de los mismos.
2.3 Resultados
Resultado 1: 35 funcionarios del ICBF habrán sido capacitados en derechos humanos y su pedagogía y acreditados como formadores.
Resultado 2: El ICBF habrá promovido y difundido los derechos humanos en las diversas regionales de su institución, a través de 3 réplicas del curso básico sobre la materia.
3. Contexto
El enfoque constitucional vigente en Colombia concibe el Estado como garantista del ejercicio real de los derechos políticos, sociales, económicos y culturales de todo ciudadano. Así mismo, promueve los principios y derechos como marco jurídico y promotor del cambio.
La Constitución Política de 1991 consagra como fin primordial del Estado el bienestar de todos los colombianos, y convoca la participación integral de tres actores: el Estado, el ciudadano colombiano y las diversas instituciones sociales que representan la Sociedad Civil.
La Constitución Nacional promulga en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño, el criterio de Protección Integral, desde la dimensión de garantía de los derechos de la niñez y de su protección en cuanto se encuentren en condiciones especialmente difíciles, de igual forma promulga la corresponsabilidad del Estado, la Sociedad y la Familia en la obligación de proteger y asistir a la niñez para garantizar su desarrollo armónico e integral.
Es así como desde la Constitución Política de 1991, Colombia incorpora principios, derechos y garantías de la Protección Integral, partiendo de reconocer la niñez como sujeto de derechos, como personas en proceso de formación y activas en el ejercicio de derechos, asumiendo las exigencias que implica la formación de la niñez hacia la autonomía y la libertad.
Desde 1968 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ha sido la entidad estatal encargada del desarrollo de la política de infancia y niñez. Es un establecimiento público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Salud, hoy de la Protección Social. La Ley 7 de 1979, formula principios fundamentales para la protección de la niñez, establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y reorganiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. En el artículo 12 define el Bienestar Familiar como un servicio público a cargo del Estado y que se prestará a través del “Sistema Nacional de Bienestar Familiar“.
Particular importancia merece la Ley 7 de 1979, la cual es explícita en señalar que si bien el ICBF es la entidad rectora del Sistema nacional de Bienestar Familiar, la prestación de este servicio es de competencia de todas las entidades que hacen parte de este Sistema.
Así, en el marco de este desarrollo normativo e institucional, Colombia como Estado parte de instrumentos y compromisos en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario ha promovido escenarios y estrategias para la movilización social y el cambio cultural, la educación, la adecuada administración de los recursos y los servicios, y la adecuada aplicación de la legislación.
En este sentido, la formación de los Defensores de Familia del ICBF en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario se convierte en un escenario de aplicación de las normas internacionales y nacionales relacionadas y, se constituye en una herramienta fundamental en el quehacer diario de sus actividades.
4. Beneficiarios
Los beneficiarios directos del proyecto serán 35 defensores y servidores públicos del ICBF
Los beneficiarios indirectos serán los usuarios del ICBF a nivel nacional, regional y zonal.
Para la selección de los 35 formadores se tendrá en cuenta lo siguiente:
• La motivación y compromiso con los derechos humanos
• Las capacidades y competencias pedagógicas básicas para ejercer como promotores de Derechos Humanos.
• El perfil sobre la formación académica y experiencias de intervención comunitaria.
• La participación de mujeres y hombres.
• Compromiso de las regionales para brindar espacios de réplica
• Continuidad de los funcionarios capacitados por un tiempo determinado en sus lugares de trabajo
Los candidatos deberán para ello cumplir con diligenciar el formato de selección (3 preguntas orientadoras)
5. Descripción de las actividades
RESULTADOS | DESCRIPCIÓN |
Resultado 1 | 1.1 Conformación del Equipo de trabajo interinstitucional.
1.2 Apertura de la convocatoria por parte del ICBF. 1.3 Selección de los candidatos a formadores por parte de ambas instituciones. 1.4 Logística por parte del ICBF. 1.5 Taller de formación en materia de DH y pedagogía en DH |
Resultado 2 | 2.1 Elaboración de un calendario de las réplicas por parte del ICBF. 2.2 Selección del número de réplicas y lugar del acompañamiento 2.3 Acompañamiento |
6. Metodología
Intervenir desde un enfoque pedagógico centrado en la perspectiva de Derechos, en donde se promuevan de manera participativa el intercambio y la apropiación de contenidos, buscando con ello potenciar en los participantes las capacidades y competencias básicas para que éstos se conviertan en formadores en Derechos Humanos en las regionales del ICBF
7. Duración y plan de acción
La duración del proyecto será de 12 meses
Convocatoria: Abril 2004
Selección de los participantes: última semana de mayo de 2004
Primer taller: 6 a 16 de julio de 2004.
Seminario con Dirección Técnica: 1 a 3 de septiembre de 2004.
8. Publicaciones
No están contempladas en el marco del proyecto.
9. Sostenibilidad
9.1. Políticas de Apoyo
El ICBF, como Institución pública del orden nacional creado en 1968, que tiene como misión propender y fortalecer por la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor y garantizarle sus derechos, y coordinar el Sistema Nacional de Bienestar Familiar. La participación del ICBF en la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto garantiza la sostenibilidad
9.2. Aspectos Institucionales
El ICBF, como se ha mencionado en el punto anterior, participará en la gestión de todo el ciclo del proyecto.
El proyecto se constituye en un aporte fundamental al desarrollo de habilidades y destrezas de los funcionarios del ICBF en la sensibilización, divulgación y orientación en Derechos Humanos.
9.3. Condiciones Financieras y Económicas
El ICBF se compromete a gestionar las réplicas de los talleres en las regionales.
9.4. Factores Socioculturales y políticos
No existe ninguna reticencia por parte de los funcionarios del ICBF con respecto al tema de los derechos humanos.
9.5. Dimensión de Género
Se garantizará una adecuada proporción de género en la selección de los multiplicadores
En el caso de las réplicas estarán dirigidas a todos los funcionarios del ICBF sin distinción de género ni de ninguna otra clase.
Los talleres Recursos que se dará a las mujeres para facilitar la participación: búsqueda de la proporcionalidad numérica en la conformación de los grupos.
Los contenidos de los talleres tendrán siempre en cuenta la mayor vulnerabilidad de las niñas en situaciones de conflicto
10. MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN | INDICADORES | FUENTES DE VERIFICACIÓN | |
OBJETIVO GENERAL | El ICBF contará con una capacidad institucional instalada materia de derechos humanos. |
El ICBF cuenta con un equipo capacitador estable en Derechos Humanos |
Dirección de Gestión Humana del ICBF |
OBJETIVO ESPECÍFICO | Los funcionarios del ICBF habrán sido capacitados en derechos humanos y pedagogía de la enseñanza de los mismos. |
Funcionarios del ICBF cualificados en su función de promoción y defensa de los Derechos Humanos |
Sistema de Información.
Direcciones Regionales Archivo Centros Zonales |
RESULTADO COMPONENTE 1 | 35 funcionarios del ICBF habrán sido capacitados en derechos humanos y su pedagogía y acreditados como formadores. |
80% de los servidores públicos que asisten al Taller están en capacidad de replicar el contenido del mismo |
Documento de evaluación del Curso
Archivo OACNUDH |
RESULTADO COMPONENTE 2 | EL ICBF habrá promovido y difundido los derechos humanos en las diversas regionales, a través de réplicas del curso básico sobre la materia. |
En el año 2004 se habrán realizado 3 réplicas del curso en distintas regionales ICBF
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Direcciones Regionales
Oficina de Cooperación y Convenios ICBF Archivo Centros Zonales
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https://hchr.hrev.org/wp-content/uploads/2004/08/cp0430.pdf