“Entre enero y agosto del año pasado, 48 casos de ejecuciones extrajudiciales, o falsos positivos, se trasladaron de la jurisdicción ordinaria a la militar, a pesar de que el Gobierno había asegurado que esto no ocurriría”. Esta fue una de las duras conclusiones a las que llegó la oficina de la alta comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas en Colombia en su informe anual, que presentó recientemente. ¿Pero cuáles son esos 48 casos que pasaron de la justicia ordinaria a la militar y preocupan a la ONU? (Ver recuadro).
El Espectador consultó estos expedientes y muchos de ellos se tratan de discutidos casos en donde la Fiscalía siempre dejó claro que deberían ser adelantados por la justicia ordinaria, porque existían todos los indicios de que fueran homicidios en personas protegidas. Ya sea porque estas supuestas “bajas en combate” habían sido baleadas por la espalda o porque los testimonios de familiares y testigos sostenían que eran personas humildes que trabajaban en el sector de la construcción o en el campo.
Aun así, el Consejo Superior de la Judicatura, el órgano encargado de dirimir los conflictos de competencia entre la justicia ordinaria y la penal militar, resolvió que deberían ser los tribunales castrenses los que juzgaran estos procesos. Todo a la luz de una “nueva realidad constitucional” —como argumentó el magistrado Henry Villarraga— que impuso, durante los ocho meses que estuvo vigente, el acto legislativo que amplió el fuero militar. Estos episodios se dieron en Caquetá, Antioquia, Putumayo, Huila ,Tolima, Meta, Cesar, Cauca, Caldas y Santander.
Uno de esos ocurrió el 17 de abril de 2007, en la vereda Angosturas, del municipio de Piamonte (Cauca). Miembros del Batallón de Infantería General Roberto Domingo Rico Díaz registraron la muerte de Manuel Antonio Zabala, en desarrollo de un supuesto combate. La necropsia del cuerpo indicó que recibió cinco disparos. Uno de ellos ingresó por la nuca, los demás por la espalda, la mejilla derecha y el pecho. Isabel Arce Barón, su esposa, declaró que no lo veía hace siete días. Se despidió y dijo que iba a cobrar una plata de una finca que habían vendido. Luego le llevaron la razón de que lo había cogido el Ejército en Yapura (Cauca) y que lo habían matado. “Me fui para Mocoa, al hospital habían traído un cadáver y era el de mi esposo. Lo reconocí por la camisa que llevaba puesta”, declaró Barón. “Al llegar a la orilla del río Caquetá, en el Cauca, personas con uniformes militares se lo llevaron, luego se escucharon unos disparos, después, un helicóptero, no se supo más”, también declaró su hermano Gabriel Antonio Zabala. A Zabala no le hicieron pruebas para saber si había disparado la subametralladora calibre 9 milímetros que encontraron al lado del cadáver.
‘La jurisprudencia Villarraga’
Durante ese período de 2013, que revisó la ONU, aún no se conocía la conversación telefónica entre el entonces magistrado Henry Villarraga, del Consejo Superior de la Judicatura, y el coronel del Ejército Róbinson González, procesado por un presunto homicidio en persona protegida. La comunicación reveló que Villarraga intentaba ayudar a González a que el proceso por este falso positivo fuera juzgado por los tribunales militares.
Luego de la polvareda que levantó la noticia, Villarraga renunció para defenderse. Sin embargo, ya había dejado una cuestionada jurisprudencia. En el caso de González tuvieron que pasar algunos meses más para que por escándalos del mismo corte lo llamaran a calificar servicios. Por lo pronto, más allá de las denuncias penales, los fallos de la Judicatura, que hoy alarman a Naciones Unidas, demuestran la clara inclinación de Villarraga para que controvertidos casos fueran juzgados por los tribunales militares.
En especial inquieta una decisión que abrió una ventana jurídica enorme para que muchos casos que ya el Consejo Superior de la Judicatura había decidido que debían permanecer en la justicia ordinaria, porque existían “serios elementos de juicio” para pensar que fueron crímenes por fuera de los actos del servicio militar, fueran revisados nuevamente y bajo otra lupa más blanda con los uniformados.
Se trata de un proceso que involucra al coronel retirado Carlos Alfonso Suárez Ortiz, vinculado a varios procesos por falsos positivos, en Manizales y el Valle del Cauca, cuando era el comandante del Batallón Ayacucho. El hecho se dio el 2 de septiembre de 2007. Ese día el Batallón Ayacucho reportó la muerte de dos hombres en la vereda La Ínsula, en Chinchiná (Caldas). De acuerdo con la versión de los militares, estos sujetos habrían disparado sus revólveres calibre 38 contra un pelotón, “obligando” a los uniformados a quitarles la vida.
Nueve días después de estos episodios, el Juzgado 57 de Instrucción Penal Militar de Manizales pidió adelantar esta investigación. La Fiscalía 57 Especializada de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario se negó a remitir el expediente, argumentando que se trató de un homicidio, porque se probó que nunca hubo combate. José Antonio González Ruiz y Carlos José López Trujillo, dos jóvenes campesinos de la región, fueron baleados y presentados como integrantes del frente Cacique Pipintá de los paramilitares.
Aun así, el Juzgado 57 de Instrucción Penal Militar volvió a pedir la competencia de este proceso, el 24 de septiembre de 2011. Después de varias vueltas, el pulso con la Fiscalía llegó al Consejo Superior de la Judicatura. Por esta razón, el 13 de junio de 2011, con ponencia del entonces magistrado Jorge Armando Otálora, actual defensor del Pueblo, esta alta corte decidió que este caso debía adelantarlo la Fiscalía de Derechos Humanos de Medellín, sobre todo porque el informe de necropsia permitía creer que estas personas fueron rematadas en indefensión. Así quedó este proceso, hasta que el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales, en una controvertida decisión, volvió a enviar este expediente, que ya estaba en audiencia preparatoria de juicio, a la Judicatura. Fue así como el 6 de junio de 2013, con ponencia del magistrado Villarraga, la Judicatura volvió a revisar este caso.
La decisión no tenía antecedentes y la justificó Villarraga diciendo que la promulgación del polémico acto legislativo que ampliaba el fuero militar, el 27 de diciembre de 2012 (el mismo que ocho meses después tumbó la Corte Constitucional), creaba un Tribunal de Garantías Penales que podía de “manera permanente dirimir estos conflictos de competencia”, pero como aún no había sido aprobada la ley que reglamentaba este acto legislativo, Villarraga en su ponencia decidió que mientras esto ocurría sería esta alta corte la que continuaría conociendo y resolviendo estos conflictos en cualquier momento.
De igual manera, Villarraga le dio un viraje a este expediente y decidió que “a la luz de esta nueva realidad constitucional” haría un rompimiento procesal: el coronel Carlos Alfonso Suárez sería procesado por los tribunales castrenses, mientras que los soldados del Ejército Francisco Javier Restrepo, Fidel Darío Reina, John Henry Henao, Geovanni Jiménez y Jorge Eliécer Quintero serían juzgados por los tribunales ordinarios.
Lo que más preocupa a la Fiscalía y a varias organizaciones defensoras de derechos humanos, incluida Naciones Unidas, es que desde que esta cuestionada decisión fue avalada por el Consejo Superior de la Judicatura, a este Tribunal ha llegado una avalancha de solicitudes de abogados que defienden militares en casos de falsos positivos para que su expediente sea nuevamente revisado. La preocupación no es menor, por eso el jefe de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, Misael Rodríguez, entuteló esta decisión diciendo que “fue un extraño raciocinio apartado de la ley y la Constitución”. Por las vueltas que da la justicia, la respuesta a esta petición la deberá decidir, entre otros, Néstor Iván Osuna, el magistrado que reemplazó a Villarraga tras su renuncia.
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